El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 de julio de 2004, acordó lo siguiente:
Primero. - Resolver parcialmente, de acuerdo con los informes obrantes en el expediente, las alegaciones formuladas en el trámite de información pública de la modificación aislada número 2 del vigente Plan General de Ordenación Urbana, que afectan a determinaciones urbanísticas tras el informe previo favorable de la Comisión Jurídica Asesora en el sentido siguiente:
Segundo. - Habida cuenta del dictamen favorable de la Comisión Jurídica Asesora de fecha 15 de junio de 2004 exclusivamente en cuanto afecta a suelo no urbanizable de especial protección y a zonas verdes, aprobar con carácter definitivo las modificaciones aisladas del vigente Plan General de Ordenación Urbana, que se enumeran a continuación y que son una parte de las contenidas en el expediente denominado Modificación Aislada Número 2 del documento de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza, según proyecto redactado por el Departamento de Ordenación y Gestión Urbanística de fecha Marzo de 2003, modificado por otro de fecha en abril de 2004.
Cuarto. - No aprobar definitivamente la modificación aislada:
45.01. - Cambio de una porción de zona verde SGV. 45.04, para ampliación del equipamiento escolar 45.05. (En el barrio de La Almozara, junto al río Ebro) a la vista del informe desfavorable de la Confederación Hidrográfica del Ebro a la presente modificación y sin perjuicio de que se estudie la ubicación que señala la Confederación Hidrográfica del Ebro en su informe.
Quinto. - Aceptar las condiciones impuestas por la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón en relación a la modificación aislada 86.03, en cuanto la condición impuesta a las parcelas edificadas al sur de la carretera de Castellón excluidas del ámbito de la G-86-6 del barrio de la Cartuja.
Sexto. - Remitir al Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón las justificaciones contenidas en los informes del Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación a las modificaciones 55.01 y 85.01 y de los que se remitirá copia. Asimismo se acepta la recomendación contenida en el acuerdo del Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón en el sentido que los expedientes de modificación no deberán, salvo supuestos especiales, incluir distintos cambios en distintas áreas de referencia, con alteraciones de carácter heterogéneo y diverso alcance, tramitación y requisitos materiales.
Séptimo. - De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, y el artículo 143 del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, en materia de organización, planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños municipios del Reglamento de Planeamiento, y del régimen de publicación de la revisión del vigente Plan General de Ordenación Urbana, se publicarán el acuerdo de aprobación definitiva de la presente modificación y, en cuanto se vean afectadas por el presente acuerdo, las normas urbanísticas que se modifican, junto con las modificaciones de los siguientes anejos: anejo 3: planeamiento recogido; anejo 4: áreas y fichas de ordenación; anejo 8: suelos pertenecientes a los sistemas de espacios libres y equipamientos y servicios, deberán ser objeto de publicación en el BOPZ.
Octavo. - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística, en materia de organización, planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños municipios, deberá remitirse a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Zaragoza copia de los documentos integrantes de la modificación aislada número 2 del documento de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza aprobada definitivamente.
Noveno. - Según dispone el artículo 145 del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, de Planeamiento Urbanístico, el acuerdo de aprobación definitiva se inscribirá en el libro registro de instrumentos de planeamiento y gestión urbanística.
Décimo. - Dar traslado del presente acuerdo al Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón, a las Administraciones sectoriales que han informado el expediente y a los distintos servicios municipales.
Undécimo. - Facultar a la Alcaldía-Presidencia para que adopte las resoluciones pertinentes en orden a la ejecución del presente acuerdo. Igualmente se procede a la publicación de las modificaciones de los siguientes anexos: Planeamiento recogido en el capítulo 3.3 de las normas urbanísticas, anejo IV-áreas y fichas de ordenación, anejo VI-condiciones de ordenación del suelo urbanizable y anejo VIII-suelos pertenecientes a sistemas de espacios libres y de equipamientos y servicios, según el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Lo que se comunica para general conocimiento y efectos, advirtiéndose que la anterior resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, previo recurso de reposición potestativo ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con lo previsto los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Zaragoza, 14 de febrero de 2005. - El secretario general, P.D.: El vicesecretario general, Luis Giménez Abad.
IDENTIFICACIÓN
ÁREA | HOJA | ANTES P.G.86 | P.G.86 | TRAMITACIÓN | INSTRUMENTO | APROB.DEFINITIVA | PUBLICACIÓN | EXPEDIENTE | PRESCRIPCIONES |
50-53 | L-13 | SUP 50-53/1 | Aprobado | PP | 29/03/99 | 09/06/99 | 3.199.192/92 | (42) | |
71 | N-12, N-13 | SUP 71/1 | Aprobado | PP | 26/01/96 | 28/10/96 | 3.151.528/91 | (43) | |
71 | N-12, N-13 | SUP 71/2 | Aprobado | PP | 28/05/92 | 15/09/94 | 3.093.460/90 | (44) | |
Actur 4 | J-11 | Actur 4-DGA | Aprobado | PE | 29/12/95 | 08/03/96 | 3.017.283/95 | (39) |
PRESCRIPCIONES:
(39) Se mantiene la vigencia del plan especial en el ámbito representado en los planos de calificación y regulación del suelo, con las modificaciones grafiadas en relación con su delimitación y con las zonas verdes.
(42) Se modifica la ordenación de la manzana delimitada por las calles del Marqués de la Cadena, de San Juan de la Peña, de Mas de las Matas y de Matilde Sangüesa, según se indica en el plano MA 53.01.
(43) El equipamiento de código 71.15 pasa a ser zona verde para incorporarse a la 71.13, según se expresa en el plano de calificación.
(44) El equipamiento de código 71.19 pasa a ser zona verde, según se expresa en el plano de calificacion.
Áreas y fichas de ordenación
ÁREA DE INTERVENCIÓN: F-55-2 | Superficie total (m2): 15.890,00 Viarios y espacios que se conservan y no computan edificabilidad (art. 105 LUA): 0,00 Superficie aportada: 15.890,00 |
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO | Avenida de Cataluña. C/ Santa Fe. |
OBJETIVOS DE LA ORDENACIÓN | - Ordenación con bloques aislados de la misma altura y posición que los situados enfrente. |
CONDICIONES VINCULANTES | - Cesión del suelo afectado por la ampliación de la Avenida de Cataluña. - Continuar la calle de nueva apertura creada en el área de intervención colindante G-55-1. - Realizar la ordenación en coordinación con la de los terrenos colindantes de la fábrica de Filtros Mann. |
GRADO: 8 | Edificabilidad real si suelo bruto (m2/m2): 1,35 Aprovechamiento medio sector (m2/m2): 12,27 % aprovechamiento municipal: 10 Usos y tipología de la edificación: A2 Densidad (viv/Ha): 115 Altura máxima: B 7 Plazo para presentar planeamiento de desarrollo: 4 años |
RESERVAS PARA VIVIENDAS PROTEGIDAS | % s/edificabilidad real total (incluido aprovechamiento municipal): 18,18 |
CESIONES DE SUELO (% sobre suelo bruto): | Dotaciones: Viarios: 41,50 (incluido vías colectoras) Zonas verdes: (mínimo vinculante) Cesión total (mínimo vinculante, sin SG):41,50 Sistemas Generales adscritos: |
HOJA DEL PLANO DE REGULACIÓN | L-13/M-13 |
OBSERVACIONES: | Se deberán regularizar las parcelas resultantes con las colindantes del ámbito de Filtros Mann. |
ÁREA DE INTERVENCIÓN: F-57-11 | Superficie total (m2): 12.848,00 Viarios y espacios que se conservan y no computan edificabilidad (art. 105 LUA): 0,00 Superficie aportada: 12.648,00 |
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO | Carretera de Madrid, junto a la Casa Tutelar Buen Pastor y C/ Vesubio. |
OBJETIVOS DE LA ORDENACIÓN | - Sustitución del suelo industrial existente por uso residencial y compatibles. - Obtención de suelo de Sistema General junto a la Carretera de Madrid. - Obtención de espacios libres y viarios locales. |
CONDICIONES VINCULANTES | - El Plan Especial estudiará la ampliación de la red viaria que enlace con la existente en el entorno. La Urbanizacion de la via colectora del Sistema General frente a la carretera de Madrid será realizada y costeada por este área. - Los terrenos de Sistema General no aportarán edificabilidad al área. - Hasta que se apruebe el Plan Especial, se considerarán usos tolerados restringidos los existentes en la actualidad, cuando estén implantados amparados por Planes Generales anteriores y por las correspondientes licencias. - Combinar aparcamientos y línea de vegetación en el frente a la Carretera. - Frente a la zona consolidada del Barrio se edificará con tipología A 1/3. Frente a la carretera de Madrid se edificará con tipología A2. |
GRADO: 8 | Edificabilidad real si suelo bruto (m2/m2): 1.350 Aprovechamiento medio sector (m2/m2): 1.0223 % aprovechamiento municipal: 10 Usos y tipología de la edificación: A2, A1/3 Densidad (viv/Ha): 115 Altura máxima: B 1, B 3 Plazo para presentar planeamiento de desarrollo: 4 años |
RESERVAS PARA VIVIENDAS PROTEGIDAS | % s/edificabilidad real total (incluido aprovechamiento municipal): 30 |
CESIONES DE SUELO (% sobre suelo bruto): | Dotaciones: 0 Viarios: 28 (incluido vías colectoras) Zonas verdes: 21 (mínimo vinculante) Cesión total (mínimo vinculante, sin SG): 49 Sistemas Generales adscritos: 12,25% |
HOJA DEL PLANO DE REGULACIÓN | H-15/H-16 |
OBSERVACIONES: |
ÁREA DE INTERVENCIÓN: G-55-1 | Superficie total (m2): 9.170,00 Viarios y espacios que se conservan y no computan edificabilidad (art. 105 LUA): 1.387,00 Superficie aportada: 7.783,00 |
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO | Avenida de Cataluña y c/ Santa Fe e Isla de Mallorca, entre un área residencia y otra industrial. |
OBJETIVOS DE LA ORDENACIÓN | - Rematar la estructura urbana y viaria integrándose en ella. - Separar la nueva área residencial de la industrial existente con nueva calle. |
CONDICIONES VINCULANTES | - Urbanizar los viales. - Normas de aplicación de la zona A2 en general salvo las que contradigan al plano. |
SUPERFICIE EDIFICABLE EN CADA PARCELA (m2): | a) 5.945, h) 3.491, c) 8.000 , m) 3.300 |
GRADO: | Plazo para presentar proyecto de reparcelación: 2 años Sistema de Actuación: Compensación Aprovechamiento medio sector (m2/m2): 2.422 Remisión a zona: A2 Densidad (viv/Ha): 200.00 Altura máxima: B 7 % aprovechamiento municipal: 10 |
RESERVAS PARA VIVIENDAS PROTEGIDAS | % s/edificabilidad real total (incluido aprovechamiento municipal): 30 |
CESIONES DE SUELO (% sobre suelo bruto): | Dotaciones: Viarios:47,50 (incluido vías colectoras) Zonas verdes: (mínimo vinculante) Cesión total (mínimo vinculante, sin SG): 48 Sistemas Generales adscritos: |
HOJA DEL PLANO DE REGULACIÓN | L-13 |
OBSERVACIONES: | En la cesión total se incluye un 0,50% de un espacio residual, que se califica como A6/2 sin aprovechamiento, destinado a regularizar la alineación con la parte que se afecta a la parcela colindante. |
ÁREA DE INTERVENCIÓN: G-58-4 | Superficie total (m2): 79.630,00 Viarios y espacios que se conservan y no computan edificabilidad (art. 105 LUA): Superficie aportada: 79.630,00 |
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO | Entorno Ciudad Escolar Pignatelli. |
OBJETIVOS DE LA ORDENACIÓN | - Facilitar el acceso y uso público de los equipamientos y espacios libres existentes desde la Vía Hispanidad y el Corredor Verde. - Completar la malla viaria interior en la parte norte para evitar recorridos en fondo de saco y mejorar las condiciones de accesibilidad a los equipamientos existentes. - Diversificar usos, introduciendo el uso residencial para evitar los problemas de ausencia de vida urbana e insegurirdad nocturna derivados de la existencia de un solo uso. - Criterios de urbanización de las calles coherentes con el Corredor Verde Oliver-Valdefierro. - Prolongar la c/Ntra Sra. de los Ángeles hasta su conexión con el Corredor Verde y la c/Dalia. - Cesión para uso público como zona vede de la parte del ámbito que limita directamente con el Corredor Verde, espacio que se incorporará al nuevo parque que llegará hasta la c/Biel. - Mantenimiento en la guadería de uso de equipamiento compatible con el uso residencial propuesto en la fachada del Corredor Verde. |
CONDICIONES VINCULANTES | - Se considerarán usos tolerados restringidos los existentes en la actualidad cuando estén implantados amparados por Planes Generales anteriores y por las correspondientes licencias. - El trazado del viario peatonal se ajustará a los límites de propiedad de la parcela de equipamiento. - Zona A2/3 edificabilidad existente. - Zona A2/1; 1.50 m2/m2 sobre parcela neta. máximo vivienda 1.25 m2/m2. - En lo no regulado por las determinaciones anteriores se remite a zona G. |
SUPERFICIE EDIFICABLE EN CADA PARCELA (m2): | a) 4.900 m2 b) 1.550 m2, c) 6.325 m2. |
GRADO: | Plazo para presentar proyecto de reparcelación: 4 años Sistema de Actuación: Compensación Aprovechamiento medio sector (m2/m2): 0.1479 Remisión a zona: A2/1 y A2/3 Densidad (viv/Ha): Altura máxima: B 4 % aprovechamiento municipal: |
RESERVAS PARA VIVIENDAS PROTEGIDAS | % s/edificabilidad real total (incluido aprovechamiento municipal): |
CESIONES DE SUELO (% sobre suelo bruto): | Dotaciones: 45,50 Viarios: 27 (incluido vías colectoras) Zonas verdes: 17 (mínimo vinculante) Cesión total (mínimo vinculante, sin SG): 89.50 Sistemas Generales adscritos: |
HOJA DEL PLANO DE REGULACIÓN | I-16 |
OBSERVACIONES: |
ÁREA DE INTERVENCIÓN: G-71-5 | Superficie total (m2): 4.211,00 Viarios y espacios que se conservan y no computan edificabilidad (art. 105 LUA): 0.00 Superficie aportada: 4.211,00 |
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO | Calle Salvatella. Avenida El Día |
OBJETIVOS DE LA ORDENACIÓN | - Ordenar los viarios. - Dar salida a las calles en fondo de saco. - Zona verde. |
CONDICIONES VINCULANTES | - Zona verde en lado Este, por donde pasa un colector. |
SUPERFICIE EDIFICABLE EN CADA PARCELA (m2): | a) 1.540, b) 1.970 |
GRADO: | Plazo para presentar proyecto de reparcelación: 2 años Sistema de Actuación: Compensación Aprovechamiento medio sector (m2/m2): 0.8335 Remisión a zona: A1/4 Densidad (viv/Ha): 75.00 Altura máxima: B 2 % aprovechamiento municipal: 0 |
RESERVAS PARA VIVIENDAS PROTEGIDAS | % s/edificabilidad real total (incluido aprovechamiento municipal): 0 |
CESIONES DE SUELO (% sobre suelo bruto): | Dotaciones: Viarios: 33 (incluido vías colectoras) Zonas verdes: 10 (mínimo vinculante) Cesión total (mínimo vinculante, sin SG): 43 Sistemas Generales adscritos: |
HOJA DEL PLANO DE REGULACIÓN | N-13 |
OBSERVACIONES: | La ordenación comprende el área de movimiento de la edificación como ocupación máxima en plantas alzadas, estableciendo un retranqueo de 3 metros en la fachada sur de la parcela a), y definiendo las demás alineaciones a las calles rodadas (Huerta Honda y Salvatella) como fijas. |
ÁREA DE INTERVENCIÓN: G-86-6 | Superficie total (m2): 22.338,00 Viarios y espacios que se conservan y no computan edificabilidad (art. 105 LUA): 0.00 Superficie aportada: 22.338,00 |
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO | La Cartuja Este de la Muralla. |
OBJETIVOS DE LA ORDENACIÓN | - Completar paseo perimetral de la muralla en su lado Este. - Obtenr la zona verde 86.24 entre el barrio y la carretera de Castellón. - Obtener edificio de equipamiento público dentro del recinto histórico. |
CONDICIONES VINCULANTES | - Paseo junto a la muralla. - Altura 2 planta, de acuerdo con la Ordenanza Especial del entorno de la Cartuja. - Edificabilidad sobre parcela neta 1.25 m2/m2. - El área está situada en el entorno protegido del Conjunto Histórico-Artístico de la Cartuja de la Concepción, por lo que tendrán que seguir la tramitación que señale la Ley 3/1999, de Patronato Cultural Aragonés. Además, habrá de estarse a los dispuesto en el artículo 6.3.4 de las Normas Ubanísticas del Plan General de Ordeancion Urbana. |
SUPERFICIE EDIFICABLE EN CADA PARCELA (m2): | a) 6.125, b) 3.350, c) 1.675 |
GRADO: | Plazo para presentar proyecto de reparcelación: 2 años Sistema de Actuación: Compensación Aprovechamiento medio sector (m2/m2): 0,4538 Remisión a zona: A1/4.2 Densidad (viv/Ha): Altura máxima: B 1 % aprovechamiento municipal: 10 |
RESERVAS PARA VIVIENDAS PROTEGIDAS | % s/edificabilidad real total (incluido aprovechamiento municipal): 18,18 |
CESIONES DE SUELO (% sobre suelo bruto): | Dotaciones: 1,61 Viarios: 37,12 (incluido vías colectoras) Zonas verdes: 21,31 (mínimo vinculante) Cesión total (mínimo vinculante, sin SG): 60,04 Sistemas Generales adscritos: |
HOJA DEL PLANO DE REGULACIÓN | N-20 |
OBSERVACIONES: | - La dotación del edificio histórico de la portería (86.20) calificado de equipamiento público, comprende además del suelo el edificio que al estar catalogado de interés monumental debe conservarse. - La zona verde 86.24 es el suelo que resta por ser obtenido entre el barrio y el trazado definitivo de la obra de desdoblamento de la carretera de Castellón (N-232). |
GRÁFICOS DE LAS MODIFICACIONES DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA
EMPLAZAMIENTO | DATOS DE LOS SECTORES | CESIONES | OBSERVACIONES | |||||||
ÁREA REF. | SECTOR | HOJA | ZONA | SUPERFICIE (m2) | VIARIO (m2) | ZONA VERDE (m2) | OTRAS DOTACIONES (m2) | CESIONES TOTALES (%) | ||
Carretera Madirid junto Casa Tutelear Buen Pastor | 57 | H-57-2 | S U P R I M I D A |
ÁREAS DE SUELO URBANIZABLE NO DELIMITADO RESIDENCIAL
ÁREA | HOJA | SITUACIÓN | SUPERFICIE (m2) | SUPERFICIE (Ha) |
38/4 | L17, L18 | Tercer y Cuarto Cinturón | 543.271 | 54,32 |
38/5 | L17 | Cª Castellón, FF.CC. | 155.111 | 15,51 |
44/1 | H13 | Cª de Logroño | 133.451 | 13,34 |
56/4 | H13 | Cª del Aeropuerto | 49.322 | 4,93 |
56/5 | G14, G15 , H14, H15 | Cª de Madrid-Ronda Norte | 2.627.540 | 262,75 |
59/1 | I18, I19 | Fuente de la Junquera | 197.606 | 19,75 |
59/3 | J18, I19 | Cº de Cuarte | 168.832 | 16,88 |
61/1 | H13 | Cª de logroño-AVE | 95.301 | 9,53 |
61/2 | G12, G13 | Cª de Logroño- Urbanizaciones | 384.608 | 38,46 |
68/1 | K18, L18, K19 | Tercer y Cuarto Cinturón | 646.952 | 64,69 |
ALFOCEA-1 | G7 | Alfocea | 30.994 | 3,10 |
CASETAS-1 | C8 | Casetas Este | 138.724 | 13,87 |
CASETAS-2 | B8 | Casetas exterior | 107.544 | 10,75 |
GARRAPINILLOS-1 Y 2 | C11 | Garrapinillos | 238.655 | 23,86 |
JUSLIBOL-1 | J10 | Juslibol | 123.612 | 12,36 |
LA CARTUJA-1 | N19 | La Cartuja Oeste | 123.775 | 12,38 |
LA CARTUJA-2 | N19, O20 | La Cartuja Este | 189.781 | 18,98 |
MONTAÑANA-1 Y 2 | N10 | Montañana | 239.308 | 23,93 |
MOVERA-1 Y 2 | N14, N15 | Movera | 408.548 | 40,86 |
MONZALBARBA-1 Y 2 | F9 | Monzalbarba Noroeste | 284.784 | 28,48 |
PEÑAFLOR-1 | P2 | Peñaflor sur | 53.526 | 5,35 |
SAN GREGORIO-1 | L10 | San Gregorio Sur | 244.430 | 24,44 |
SAN GREGORIO-2 | L10 | San Gregorio Norte | 362.034 | 36,20 |
SANTA ISABEL-1 | N12 | Santa Isabel | 245.422 | 24,54 |
SANTA ISABEL-2 | N13 | Santa Isabel | 295.397 | 29,53 |
SAN JUAN-1 | M7, N7 | San Juan de Mozarrifar | 102.563 | 10,25 |
SAN JUAN-2 | M7, M8 | San Juan de Mozarrifar | 268.066 | 26,80 |
VILLAMAYOR-1 | Q10 | Villamayor | 109.527 | 10,95 |
VENTA DEL OLIVAR-1 | F11, F12 | Venta del Olivar | 88.672 | 8,87 |
VILLARRAPA-1 | A5 | Villarrapa | 35.860 | 3,59 |
ORLA OESTE 89/3 | G16, G17 | Cª de Madrid- Montecanal | 3.589.107 | 358,91 |
VALDESPARTERA 89/4 | H17, H18, I18 | Valdespartera | 2.421.925 | 242,19 |
TOTAL= | 14.704,148 m2 | 1.470,41 Ha |
ÁREA 59-3
Delimitación: El área constituirá un único sector. Se permite su agrupación con el 59-1 en un único Plan Parcial agrupando las dotaciones en la franja libre de la margen izquierda del Huerva.
Usos compatibles: Vivienda y complementarios, usos terciarios y mixtos solamente en el borde la Carretera de Valencia.
Usos Incompatibles: Industria.
Accesos: Nuevo trazado del camino de Cuarte, a ejecutar con cargo al sector, por el pié de la ladera del monte de Torrero que cruzan los terrenos y la ampliación de viario existente entre carretera de Valencia y la fuente de la Junquera.
Organización Interna: El Plan Parcial resolverá con cargo al sector los desagües de la vaguadas de la ladera del monte de Torrero que cruzan los terrenos. el actual camino de Cuarte en el tramo más póximo al río quedará restringido a uso ocasional, bicicletas, etc.
El desarrollo de los Suelos Urbanizables incluidos en las zonas de Servidumbres Aeronáuticas legales ( y demás afecciones físicas, eléctricas, lumínicas, atmosféricas, acústicas, químicas,...) reqerirá informe previo y vinculante del Ministerio de Fomento.
Sistemas generales inmediatos: Los necesarios para resolver los accesos y la franja verde del Huerva.
Sistemas generales exteriores: Preferentes los de la franja verde del Huerva.
Servicios urbanísticos:
Grupos de Uso:
CÓD. | HOJAS DEL PLANO | LOCALIZACIÓN, IDENTIFICACIÓN O EMPLAZAMIENTO | SUPERFICIE (m") | SISTEMA GENERAL O LOCAL | PÚBLICO (PUB) | PRIVADO (PV) | GRUPOS DE USO | OBSERVACIONES | ||||||||||||
ZV | ED | EE | ES | EA | EC | ERe | EEs | SP | SI | SA | SD | ER | ||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | ||||||||
Área de Referencia 37 | ||||||||||||||||||||
37.18 | K-17, K-18, L-17 | Zona verde | 20.189 | SG | X | X | ||||||||||||||
Área de Referencia 43 | ||||||||||||||||||||
43.17 | K-12 | Dotaciones procendentes del Plan Parcial 43/F | 1.319 | SL | X | X | Planeamiento Recogido | |||||||||||||
Área de Referencia 50 | ||||||||||||||||||||
50.07 | L-13 | Dotaciones procendentes del Plan Parcial 50-53/1 | 14.983 | SL | X | X | Planeamiento Recogido | |||||||||||||
50.08 | L-13 | Dotaciones procendentes del Plan Parcial 50-53/1 | 1.700 | SL | X | X | Planeamiento Recogido | |||||||||||||
50.13 | L-13 | Dotaciones procendentes del Plan Parcial 50-53/1 | 985 | SL | X | X | Planeamiento Recogido | |||||||||||||
50.18 | L-13 | Dotaciones procendentes del Plan Parcial 50-53/1 | 1.087 | SL | X | X | ||||||||||||||
Área de Referencia 53 | ||||||||||||||||||||
53.05 | L-12 | Dotaciones procendentes del Plan Parcial U-53/1 | 10.493 | SL | X | X | Planeamiento Recogido | |||||||||||||
Área de Referencia 58 | ||||||||||||||||||||
58.21 | Suprimida | |||||||||||||||||||
Área de Refencia 71 (Barrio de Santa Isabel) | ||||||||||||||||||||
71.13 | N-12 | Dotación procedente de SUP 71/1 | 9.257 | SL | X | X | Planeamiento Recogido | |||||||||||||
71.15 | N-12 | Dotación procedente de SUP 71/1 | 4.034 | SL | X | X | Planeamiento Recogido | |||||||||||||
71.19 | N-13 | Dotación procedente de SUP 71/2 | 708 | SL | X | X | Planeamiento Recogido | |||||||||||||
71.39 | N-13 | Dotación procedente del Plan Especial U-71/8 | 504 | SL | X | X | Planeamiento Recogido | |||||||||||||
Área de Referencia 83 (Barrio de San Gregorio) | ||||||||||||||||||||
83.04 | L-10, L-11 | Zona verde | 209.375 | SG | X | X | ||||||||||||||
83.05 | L-10 | Hospital Royo Villanova - Instituto Anatómico Forense | 67.552 | SG | X | X | X | |||||||||||||
Área de Referencia 85 (Barrio de Movera) | ||||||||||||||||||||
85.14 | 42 | Residencia de Ancianos | 13.257 | SL | X | X | 85.14 y 85.15 comparten 6.319 m2 | |||||||||||||
85.15 | 42 | Piscinas y campo de fútbol municipales del Barrio de Movera | 20.601 | SL | X | X | de acceso adem´s de sus propias superficies. | |||||||||||||
Área de Referencia 86 (Barrio de la Cartuja) | ||||||||||||||||||||
86.04 | N-19 | Pabellón Deportivo | 7.602 | SL | X | X | ||||||||||||||
Área de Refencia: Actur - Área 4 | ||||||||||||||||||||
A.4.02 | J-11 | Dotación procedente Plan Especial Acutr Área 4 | 78.691 | SG | X | X | Planeamiento Recogido | |||||||||||||
A.4.03 | J-11 | Dotación procedente Plan Especial Actur Área 4 1/2 | 294.828 | SG | X | X | Planeamiento Recogido | |||||||||||||
A.4.04 | Suprimida | |||||||||||||||||||
Área de Referencia Actur - Área 15-17 | ||||||||||||||||||||
A.15/ 17.01 | K-13, K-14 | Club deportivo Helios | 65.825 | SG | X | X | Planeamiento Recogido |