¿Qué debo tener en cuenta a la hora de firmar el contrato privado de compra?


En primer lugar un contrato tan importante como es el de adquisición de una vivienda nueva, generalmente el de mayor contenido económico que realizamos a lo largo de nuestra vida, SE DEBE LEER EN TODAS SUS CLAUSULAS, y no firmarlo si se tienen dudas o no se entienden algunas de sus cláusulas, antes de recibir el asesoramiento necesario para entenderlo. Es esencial exigir que el contrato contenga de forma clara: El precio total de venta, los impuestos que gravan la operación y la forma de pago. Referencia expresa al aval bancario o póliza de seguro que garantiza las cantidades que se prevé anticipar, así como la cuenta especial a través de la cual el comprador entregará dichas cantidades. Fecha concreta de entrega de la vivienda. NO se debe permitir que la fecha de entrega se determine en función de otra fecha no cierta, por ejemplo: 30 meses desde la obtención del certificado final de obras. Son abusivas y por tanto nulas, las condiciones generales que, impongan al comprador la obligación de subrogarse en el préstamo hipotecario del promotor, así como aquéllas que impongan al comprador la obligación de hacerse cargo de la comisión de cancelación de dicho préstamo, por no haberse subrogado en aquel.