¿Cómo debo dar de baja mi póliza de seguro?


La duración de los contratos de seguro, se hace constar en las Condiciones Particulares de la póliza, generalmente es anual. Posteriormente las pólizas se prorrogan automáticamente por anualidades, salvo que una de las dos partes comunique a la otra con dos meses de antelación al vencimiento de la anualidad, su deseo de no prorrogar la misma y poder fin al contrato. Por ello si desea dar de baja una póliza debe fijarse en la fecha de vencimiento de la misma que se hace constar en las condiciones particulares de la póliza que firmó en su día, y comunicar por escrito de forma fehaciente a la Compañía, con dos meses de antelación a la fecha de vencimiento su deseo de no prorrogar la misma. Si esta comunicación no se hace en plazo y de forma que pueda acreditarse, la Compañía girará el recibo de la prima correspondiente a la siguiente anualidad, y aunque usted devuelva el recibo, la Compañía se lo reclamará.