Urbanismo

Cambio de Titularidad de Licencias de Funcionamiento de actividades sujetas a la Ley 11/2005, Reguladora de los Espectáculos Públicos , Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón


Descripción

Solicitud del cambio de titularidad de una Licencia de Funcionamiento exigida para el ejercicio de las actividades recogidas en la Ley Urbanística de Aragón y sujetas a la Ley 11/2005, Reguladora de los Espectáculos Públicos , Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón, sin modificación de la actividad.

Los cambios de titularidad de actividades con licencia, comunicación o declaración en vigor están sujetas a comunicación previa.

La comunicación previa es aquel documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de la Administración municipal urbanística competente sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o el inicio de una actividad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 23 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Pago


Tasa según Ordenanza Fiscal nº 13.

Plazo de Resolución


Las comunicaciones previas producirán los efectos que se determinen en cada caso por la legislación correspondiente y permiten el reconocimiento o ejercicio de un derecho o bien el inicio de una actividad, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.

Formas de tramitación


Presencial

Lugar de Presentación

Información Municipal de Urbanismo
  • Direccion: Vía Hispanidad, 20 50071
  • informacionurbanismo@zaragoza.es
  • Atención presencial
  • 976 721074
  • Horario
    • Información General de Urbanismo: de 08:30 a 14:00 h. (La solicitud de turno para atención presencial finaliza a las 13:30)
    • Información Técnica de Urbanismo: de 08:30 a 13 h
    • Registro de Urbanismo: 08:30 a 13:30 h.
    • Ingresos urbanísticos (caja): de 8,30 a 13 h.

Documentación

  1. Instancia-formulario normalizada.
  2. Fotocopia del NIF/DNI
  3. Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
  4. Copia del documento de ingreso de la Autoliquidación de la Tasa (Ordenanza Fiscal 13).
  5. Declaración, (en el caso de no estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) y no ejercer la actividad, que recogerá el epígrafe(s) en el que se encuadrará), incluyéndolo en el apartado correspondiente del impreso de solicitud (modelo 430) o copia del alta en el mismo si ya ejerce la actividad, o de alta en el Censo (Modelo 036 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria).
  6. Comunicación, por escrito, del titular de la licencia (o autorización de puesta en funcionamiento) y del nuevo solicitante de la transmisión de la misma e incluirá declaración en la que se manifieste no haber realizado cambios ni modificaciones respecto a la licencia concedida. Esta comunicación podrá realizarse: mediante comparecencia de ambos ante funcionario de esta Gerencia de Urbanismo, mediante documento notarial; mediante reconocimiento de firma en entidad bancaria o mediante cualquier otro medio admitido en Derecho.
    En caso de que no se comunique, ambos serán responsables solidarios de los daños que puedan derivarse de su actuación (art. 151 del R.B.A.S.O.)
  7. Certificado del seguro de responsabilidad civil emitido conforme al art. 4 del Anexo I del Decreto Autonómico 13/09 reglamento que regula los Seguros de Responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos.
     

Proceso

Acceder a Pasurban: Programa de Ayuda a solicitudes para cumplimentar los impresos
  1. Cumplimentar el impreso de Comunicación Previa (modelo 430)
  2. Autoliquidación de la Tasa
  3. Entrega de documentación en los Negociados de Información y Atención al Ciudadano
  4. Notificación de la resolución al solicitante.

Preguntas Frecuentes

  • Se puede aplicar cuando se den las siguientes circunstancias:

    • Que la actividad que se va a desarrollar sea la misma que se venía desarrollando.
    • Que no se realicen obras.
    • Que no se hayan modificado las condiciones de la licencia que tenía concedida el anterior titular.
    • Que no se hayan modificado las instalaciones y continúen las mismas condiciones de los proyectos o certificados anteriores.

    Cuando se toma en traspaso un establecimiento y no se cumple lo anterior hay que solicitar una nueva licencia y ésta estará en función del tipo de actividad y de local, de que se trate. Para un cambio de titularidad se precisa comunicarlo previamente (modelo 430).

    1. Instancia normalizada (modelo 430) que incluye, entre otros, los datos de Identificación y de notificación (número, piso, letra, código postal,teléfono, mail).:
    2. Etiqueta o en su defecto fotocopia del N.I.F. o del D.N.I.
    3. Actividad y antecedentes (Número de expediente municipal de la licencia objeto de transferencia de titularidad o fotocopia de la misma).
    4. AAcreditación de representación tanto a título particular, profesional o legal (nombramiento de administrador o de apoderado para las entidades con personalidad jurídica -S.A., S.L.) o documento de constitución de la sociedad civil o de la comunidad de bienes.
    5. Copia del documento de ingreso de la autoliquidación de la Tasa por Apertura/Actividad de la Ordenanza Fiscal nº 13 ( 50%).
    6. Declaración (en el caso de no estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.)y no ejercer la actividad, que recogerá el epigrafe(s) en el que se encuadrará) o copia de alta en el mismo si ya ejerce la actividad, o de alta en el Censo (Modelo 036 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria-AEAT-).
    7. Comunicación, por escrito, del titular de la licencia (o autorización de puesta en funcionamiento) y del nuevo solicitante de la transmisión de la misma e incluirá declaración en la que se manifieste no haber realizado cambios ni modificaciones respecto a la licencia concedida. Esta comunicación podrá realizarse: mediante comparecencia de ambos ante funcionario de esta Gerencia de Urbanismo, mediante documento notarial; mediante reconocimiento de firma en entidad bancaria o mediante cualquier otro medio admitido en Derecho.

    En caso de que no se comunique, ambos serán responsables solidarios de los daños que puedan derivarse de su actuación (art. 151 del R.B.A.S.O.)

    EJEMPLOS

    Un local de 30 m2 con licencia de apertura concedida para oficina y se pretende instalar una tienda de congelados. No cabe aplicar el cambio de titularidad ya que se cambia de actividad (pasa de administrativo a comercial) precisando licencia de actividad clasificada si los motores a instalar superan 30 CV de potencia. Puede precisar realizar obras, con lo cual necesitaría licencia urbanística de acondicionamiento
    Una actividad que pasa de padre a hijo con licencia concedida en 1970.- No cabe cambio de titularidad, porque precisa una nueva licencia puesto que la normativa de prevención de incendios es de 1981.

  • Según la Ordenanza Municipal de Distancias Mínimas y Zonas Saturadas para Actividades Reguladas en la Ley 11/2005, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, no se le concederá cambio de titularidad, pues necesita licencia urbanística nueva y en zona saturada no se permiten nuevas solicitudes o modificaciones, salvo las actividades existentes en el momento de la declaración de zona saturada pertenecientes a los epigrafes III-1 (Bares y cafeterías) y III-7 (Restaurantes) que carezcan, en este último caso de equipo de música o dispongan de amenización musical hasta 75 dB (A).

    En estos últimos casos pueden legalizar, ampliar o modificar sus instalaciones y obras.
    Por tanto, se podría acceder al cambio de titular, previa legalización.

Última actualización: 2021-02-23

Descarga: Datos Abiertos

Órgano gestor


Servicio de Licencias de Actividad

  • Vía Hispanidad, 20 - 50071
  • 976 721044
  • De 8.30 a 12,30h.