Decreto de la Alcaldía de 9 de septiembre de 2016, por el que se modifica la Organización y Estructura de la Administración del Ayuntamiento de Zaragoza y la adscripción de los Organismos públicos municipales

  • Aprobación Definitiva

    Alcaldía
    09 septiembre 2016

    BOPZ
    219 22 septiembre 2016

  • Modificación (Decreto de Alcaldía de 17.01.2017) , el 17 enero 2017
    , el 17 enero 2017
    Afecta a:
    La letra b) del párrafo 2.2 del apartado quinto, que establece la organización y estructura del Área de Economía y Cultura.
  • Modificación (Decreto de Alcaldía de 28.07.2017) , el 28 julio 2017
    , el 28 julio 2017
    Afecta a:
    • Apartado Primero, párrafo 2.2.b)
    • Apartado Sexto, párrafo 2.2, se adiciona nueva letra a); y párrafo 2.2.h)
    • Apartado Séptimo
  • Modificación (Decreto de Alcaldía de 21.03.2018) , el 21 marzo 2018
    Publicada en BOPZ , el 12 abril 2018
    Afecta a:
    Apartado Sexto (Área de Urbanismo y Sostenibilidad)
    Apartado Séptimo, párrafo 3.2, letras b y c.
    Modificación relación de puestos de trabajo
  • Modificación (Decreto de Alcaldía de 04.06.2018) , el 07 junio 2018
    Publicada en BOPZ , el 18 junio 2018
    Afecta a:
    Apartado Quinto, párrafo 3.2 (Agencia Municipal Tributaria)

Texto Consolidado (incluye las modificaciones Aprobadas Definitivamente)

Decreto de la Alcaldía de 9 de septiembre de 2016, por el que se modifica la organización y estructura de la Administración del Ayuntamiento de Zaragoza y la adscripción de los organismos públicos municipales

En virtud de lo establecido en el artículo 124.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y artículos 39, 55, 59, 151, 155, 161 y 205 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Zaragoza, dispongo:

PRIMERO.-Áreas de Gobierno.

La Administración del Ayuntamiento de Zaragoza queda estructurada en las siguientes Áreas de Gobierno:

Alcaldía.

  • Presidencia y Derechos Sociales.
  • Participación, Transparencia y Gobierno Abierto.
  • Economía y Cultura.
  • Urbanismo y Sostenibilidad.
  • Servicios Públicos y Personal.

SEGUNDO.-Área de Alcaldía.

  1. El Área de Alcaldía se organiza para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos:
    • a) Órganos directivos en los que se estructura el Área:
      • Coordinación General del Área de Alcaldía.
    • b) Dependen orgánicamente de la Alcaldía, conforme a las previsiones del Reglamento Orgánico, los siguientes órganos directivos:
      • La Secretaria General del Pleno, con dependencia funcional de la Presidencia del Pleno del Ayuntamiento.
      • La Intervención General Municipal con dependencia funcional del Consejero de Economía y Cultura.
      • La Jefatura de la Asesoría Jwídica Municipal, que ostentará el nivel orgánico de Coordinación General de Área.
      • El/La titular de la Oficina de apoyo a la Junta de Gobierno Local, con dependencia funcional de la Concejalía-Secretaría de la Junta de Gobierno Local.
  2. Coordinación General del Área de Alcaldía.
    • 2.1. Corresponde a la Coordinación General del Área de Alcaldía, además de las funciones establecidas en el Reglamento Orgánico municipal, las siguientes:
      • Asistir y asesorar a la Alcaldía-Presidencia en el ejercicio de sus funciones de dirección del Gobierno y de la administración municipal, así como en aquellos otros asuntos o materias que ésta disponga.
      • Proporcionar a la Alcaldía-Presidencia el asesoramiento y la información que resulte necesaria para el desempeño de sus competencias.
      • El seguimiento y la supervisión del cumplimiento de los objetivos, programas, planes y actividades fijados a las diferentes Áreas de Gobierno, organismos públicos y sociedades municipales, con la finalidad de facilitar a la Alcaldía-Presidencia la coordinación de la acción de gobierno.
      • Recabar de todos los órganos del Ayuntamiento cuanta información sea necesaria para el cumplimiento de las funciones que tiene asignadas.
      • La coordinación administrativa de los órganos directivos del Ayuntamiento (Coordinaciones y Direcciones Generales) y de los organismos públicos y sodedades mercantiles municipales.
      • Coordinar, a través de la Dirección de Comunicación, la acción informativa del Ayuntamiento y de los organismos públicos y sociedades municipales.
      • Coordinar y supervisar las actuaciones en materia de protocolo.
      • Impulsar y coordinar las relaciones del Ayuntamiento de Zaragoza con otras instituciones u organismos públicos, asociaciones de municipios, redes de ciudades y Ebropolis, así como las relaciones internacionales del Ayuntamiento de Zaragoza.
      • Atender personalmente a los miembros de la Corporación y órganos directivos en cuantos asuntos le sean planteados para la consideración y resolución por la Alcaldía­Presidencia.
      • El control de la entrada y despacho de cuanta documentación y correspondencia se dirija directamente a Alcaldía-Presidencia, y en especial las comunicaciones de los miembros de la Corporación y Grupos Politicos Municipales, así como de los expedientes administrativos originados en el ámbito de la Alcaldía-Presidencia.
      • La dirección y evaluación de las unidades adscritas.
      • La elaboración, seguimiento y control del presupuesto anual que se le asigne.
      • La elaboración de proyectos de disposiciones, acuerdos y convenios respecto de las materias en el ámbito de sus funciones.
      • Ejercer las competencias que le sean atribuidas por las disposiciones legales o delegadas por la Alcaldía-Presidencia o el Gobierno de Zaragoza.
    • 2.2. Dependen de la Coordinación General de Alcaldía, para el desarrollo de las funciones establecidas en el apartado anterior, las siguientes unidades:
      • a) Dirección del Gabinete Técnico de la Alcaldía, a la que corresponden las siguientes funciones:
        • Prestar asistencia administrativa y apoyo técnico para el ejercicio de las funciones auibuidas a la Coordinación General del Área de Alcaldía.
        • Preparación y tramitación de los acuerdos y demás asuntos que la Alcaldía­Presidencia eleve al Pleno del Ayuntamiento y al Gobierno de Zaragoza.
        • Facilitar a la Alcaldía-Presidencia la información, asistencia y documentación que resulte necesaria para el desempeño de sus competencias y, en especial, la relativa a las sesiones del Pleno y a las reuniones del Gobierno de Zaragoza.
        • Tramitación de los expedientes originados en el ámbito de la Alcaldía-Presidencia.
        • Asistencia y apoyo administrativo a la Junta de Portavoces.
        • Control y archivo de la documentación, expedientes, escritos y demás correspondencia oficial que se dirija a la Alcaldía-Presidencia.
        • Realizar aquellas otras funciones que le encomiende la Coordinación General del Área de Alcaldía.
        Para el desempeño de las funciones establecidas en el apartado anterior se integra en la Dirección del Gabinete Técnico de Alcaldía la Oficina Técnica de Alcaldía.
      • b) Oficina de Estudios y Asesoramiento Económico, a la que corresponden las siguientes funciones:
        • Diseñar e implantar el Sistema de Información Económica Municipal (SIEM).
        • La coordinación técnica del Observatorio de la Contratación y el impulso y propuesta de medidas de optimización de la contratación, en coordinación con el Departamento de Patrimonio y Contratación.
        • La elaboración de la propuesta y seguimiento, a nivel municipal, del Plan Estratégico de Subvenciones y de la información a suministrar a las bases de datos de subvenciones, nacional y municipal.
        • Asesorar a las áreas, organismos públicos y sociedades municipales en materia económica, previa petición al Area de Alcaldía, y en colaboración con los servicios o unidades gestoras, sobre los asuntos relativos a la mejora de la gestión de los servicios, la eficiencia en la prestación de los mismos, los mecanismos de ajuste económico y los procesos de internalización de servicios externalizados.
        • Elaborar informes y planes de creación, reestructuración y racionalización del sector público corporativo y empresarial local.
        • Desarrollar informes internos -económicos, de gestión o de calidad de servicio- con objeto de verificar el estado y cumplimiento de los planes y programas de actuación de los servicios municipales, organismos públicos y sociedades municipales.
        • Analizar la repercusión ciudadana y social de los servicios que se prestan con el fin de poder optimizar los recursos municipales empleados.
        • Seguimiento y control de la actuación de las entidades incluidas en el sector público local, así como de los organismos públicos y otras entidades en las que participe minoritariamente el Ayuntamiento de Zaragoza, sin perjuicio de las funciones propias de la Intervención General.
      • c) Dirección de Comunicación, a la que corresponden las siguientes funciones:
        • Facilitar a la Corporación su relación con los medios de comunicación social.
        • La preparación, programación y ejecución de la política de comWlicación del Ayuntamiento.
        • La realización, coordinación y difusión de los comunicados, campañas y notas informativas del Ayuntamiento.
        • La información sobre las actividades del Ayuntamiento a los medios de comunicación social. También, será responsable de la información ofrecida a través de medios informáticos.
        • La dirección y coordinación de la acción informativa de las Áreas de Gobierno, y de los organismos públicos y sociedades municipales.
        • Las relaciones con Jos medios de comunicación social.
        • El tratamiento documental y archivo de las informaciones sobre temas municipales aparecidas en los medios de comunicación.
      • d) Oficina de Relaciones Internacionales, a la que corresponden las siguientes funciones:
        • Coordinar y supervisar las relaciones internacionales del Ayuntamiento.
        • Coordinar las relaciones bilaterales o multilaterales, directas o a través de organizaciones internacionales, de carácter municipal o de cualquier otra naturaleza.
        • Impulsar y coordinar el desarrollo de proyectos por parte de las diferentes Áreas del Ayuntamiento, así como la búsqueda de fondos para su financiación, en colaboración con el Departamento de Financiación del Área de Economía y Cultura.
      • e) Protocolo de la Corporación, al que corresponden las siguientes funciones:
        • La organización, coordinación y dirección de los actos protocolarios que se generen en el ámbito institucional del Ayuntamiento de Zaragoza.
        • La coordinación y supervisión del protocolo en los organismos públicos y sociedades mercantiles locales del Ayuntamiento de Zaragoza.
        • La asistencia y asesoramiento a los miembros de la Corporación y del Gobierno Municipal en los actos protocolarios organizados por el Ayuntamiento de Zaragoza.
        • Tutelar la correcta aplicación de las normas fijadas en el Reglamento de Protocolo, Ceremonial, Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Zaragoza
        • La colaboración en los actos protocolarios realizados por otras Instituciones Públicas o entidades privadas en los que participe el Ayuntamiento o concurran miembros de la Corporación o del Gobierno Municipal.
      • f) Las demás unidades administrativas y los puestos que se determinen en la relación de puestos de trabajo, así como el personal eventual de la Alcaldía y el Gobierno municipal.
  3. Otros órganos directivos dependientes orgánicamente de la Alcaldía.
    • 3.1. Secretaría General del Pleno, con dependencia funcional de la Presidencia del Pleno del Ayuntamiento y a la que corresponde el desempeño de las funciones legalmente atribuidas. Para el ejercicio de dichas funciones se integra en la Secretaría General del Pleno el Servicio de Asuntos Generales, al que corresponde la suplencia y sustitución del Secretario General del Pleno, en sus funciones, en los casos de ausencia de éste por cualquier motivo, la secretaría de las comisiones plenarias cuando no la desempeñe el Secretario General, el seguimiento, control y remisión de los expedientes derivados de actuaciones del Justicia de Aragón y Defensor del Pueblo, la tramitación administrativa de los expedientes y documentación relacionados con el Tablón de Edictos, expedición de certificados de la Secretaria, reconocimientos de firmas, compulsas, documentos acreditativos de la pervivencia, bastanteo de poderes con excepción de los exigidos en los procedimientos de contratación sujetos al Real Decreto Legislativo 3/2011 que corresponderán a la Asesoría Juridica, y otras relacionadas con la fe pública en general y actuaciones similares, y cualquier otra que le sea encomendada o delegada por la Secretaria General de Pleno.
    • 3.2. Intervención General Municipal, con dependencia funcional del Consejero de Economía y Cultura, que ejercerá el control interno de la actividad económico financiera de las entidades que integran el sector público municipal en los términos establecidos por la normativa vigente. La Intervención General se estructura en las siguientes unidades:
      • a) Oficina de Intervención. Ejercerá la función interventora en sus modalidades de intervención formal y material. La función interventora tiene por objeto controlar, antes de que sean aprobados, los actos de la Administración de la Entidad Local y de sus organismos autónomos, cualquiera que sea su calificación, que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y la inversión o aplicación en general de sus fondos públicos, con el fin de asegurar que su gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso Para el apoyo en el ejercicio de tales funciones, en la Oficina de Intervención se integra el Servicio de Intervención.
      • b) Oficina de Control Financiero. Ejercerá el control financiero, teniendo por objeto verificar el funcionamiento de los servicios del sector público local para comprobar el cumplimiento de la normativa y directrices que los rigen y, en general, que su gestión se ajusta a los principios de buena gestión financiera, comprobando que la gestión de los recursos públicos se encuentra orientada por la eficacia, la eficiencia, la economía y la calidad, y por los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en el uso de los recursos públicos. El control financiero se ejercerá mediante el control permanente y la auditoría pública.
      • c) Oficina de Evaluación y Coordinación.Ejercerá la función de evaluación relacionada con el sUimmstro de infonnacíón a órganos externos como el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, la Intervención General de la Administración del Estado, el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Aragón o el Banco de España, la emisión de los informes de ejecución presupuestaria, estabilidad presupuestaria, verificación de la regla de gasto, sostcniblídad y mantenimiento de la deuda financiera, plazos de la morosidad, período medio de pago a proveedores de todos los entes incluidos en el sector público municipal, y el control y coordinación de la actividad económico financiera de los m1smos. Las Jefaturas de cada una de las Oficinas anteriormente mencionadas podrán asistir, indistintamente, en sustitución de el/la titular de la Intervención General, a las sesiones de los órganos municipales y de sus organismos públicos y sociedades mercantiles.
    • 3.3. Asesoría Jurídica Municipal. La Asesoría Jurídica es el órgano administrativo responsable de la asistencia jurídica a la Alcaldía-Presidencia, a la Junta de Gobierno Local y a los órganos directivos, comprensiva tanto del asesoramiento jurídico como de la representación y defensa en juicio del Ayuntamiento, correspondi éndole las funciones establecidas en el artículo 129 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y artículos 160 y 161 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Zaragoza, la dirección y coordinación de los servicios de asistencia jurídica de las Áreas de Gobierno, velando por el mantenimiento del principio de unidad de criterio en el desempeño de estas funciones, la elaboración de directrices de técnica normativa, y la emisión de los informes previos sobre la adecuación a los principios de buena regulación de los proyectos y proposiciones normativas y de los estatutos de los organismos públicos o sociedades municipales, en los términos establecidos en el Decreto de 23 de mayo de 2012. La Asesoría Jurídica también podrá asumir el asesoramiento jurídico y la representación y defensa en juicio de los organismos públicos y sociedades municipales. La Asesoría Jurídica estará integrada por su titular, la Jefatura de la Asesoría, que ostentará el nivel orgánico de Coordinación General de Área, la organización administrativa adscrita y el Cuerpo de Letrados asesores. Asimismo, depende de la Jefatura de la Asesoria Jurídica Municipal el Servicio de Tramitación de Asuntos Judiciales, al que corresponde realizar el control, seguimiento y remisión de todos aquellos expedientes que se tramiten ante los tribunales de justicia.
    • 3.4. Oficina de apoyo a la Junta de Gobiemo Local, cuyo titular ejercerá las siguientes funciones:
      • Las funciones de apoyo a la Concejalia-Secretaría de la Junta de Gobierno Local establecidas en el artículo 126.4 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como la supervisión previa de los expedientes que se elevan a dicho órgano.
      • Asegurar, en coordinación con la Asesoría Jurídica municipal, la unidad de criterios jurídico-procedimcntales en la tramitación de los expedientes administrativos competencia del Gobierno municipal.
      • Las de fe pública de los actos y acuerdos de los órganos unipersonales y las demás funciones de fe pública, salvo aquellas que están atribuidas a la Secretaria General del Pleno, a la Concejalía-Secretaria de la Junlta de Gobierno Local y a la Secretaria de los .Consejos de administración de las entidades públicas empresariales.
      • La remisión a la Administración del Estado y a la de la Comunidad Autónoma de copia o, en su caso, extracto de los actos y acuerdos de los órganos decisorios municipales, con excepción de los adoptados por el Pleno y/o sus Comisiones.
      • Desempeñar el cargo y las funciones de secretaria de los organismos públicos del Ayuntamiento de Zaragoza y del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
      • La formalización de los contratos en documento administrativo.
      • El asesoramiento al Gobierno municipal en materia de organización y funcionamiento de los órganos municipales, a excepción del Pleno y sus Comisiones.
      • La gestión del Tablón de Edictos municipal y de la publicación de los anuncios de notificaciones en el Tablón Edictal Único de:l Boletín Oficial del Estado.
      • La expedición de documentos acreditativos de la pervivencia y la autorización de los documentos que deban ser legalizados para surtir efectos en el extranjero.
      • En casos excepcionales de ausencia, por motivo de enfermedad u otra causa, sustituir a la Secretaria General del Pleno en el desempeño de las funciones de Secretaria en la sesión plenaria correspondiente.

TERCERO.-Área de Presidencia y Derechos Sociales.

  1. El Área de Presidencia y Derechos Sociales se organiza para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos:
    • a) Concejalías-Delegadas integradas en el Área:
      • Concejalía Delegada de Educación e Inclusión. -Concejalía Delegada de Vivienda y Deporte.
    • b) Organismos autónomos locales adscritos al Área:
      • Patronato Municipal de Educación y Bibliotecas. -Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial.
    • c) Órganos directivos en los que se estructura el Área:
      • Coordinación General del Área de Presidencia y Derechos Sociales.
  2. Coordinación General del Área de Presidencia y Derechos Sociales
    • 2.1. Corresponde a la Coordinación General del Área de Presidencia y Derechos Sociales las funciones establecidas en el Reglamento Orgánico Municipal, en las materias competencia del Área.
    • 2.2. Dependen de la Coordinación General del Área de Presidencia y Derechos Sociales, para el ejercicio de sus funciones, las siguientes unidades:
      • a) Oficina Técnica de Planificación y Programación del Área de Derechos Sociales, a la que le corresponden las siguientes funciones:
        - Asistencia técnica a la Coordinación del Área y/o las jefaturas de servicio, en lo referente a Comisión de Pleno del Área, planificación de presupuestos y de recursos hwnanos, control estratégico (cuadros de mando, informes programados, memorias ...), Consejo Sectorial de Acción Social, Observatorio Social, Mapa de Recursos Sociales y aquellas que se le encomienden.
        - Gestionar la convocatoria de subvenciones y convenios nominativos de Acción Social.
        - Soporte técnico, junto con los servicios directamente implicados, a la planificación interadministrativa, transversal, sectorial y/o territorial que afecte al Área.
      • b) Servicio Administrativo de Derechos Sociales, le corresponde la asistencia y apoyo jurídico-administrativo en la tramitación de los expedientes de los servicios que integran el Área. Tramitación de subvenciones. Elaboración y tramitación de Ordenanzas y sus modificaciones en materias propias del Área. Elaboración del Orden del día de la Comisión de Pleno, redacción del acta. Secretaría del Consejo Sectorial de Acción Social. Soporte administrativo y jurídico en expedientes del Patronato Municipal de Educación y Bibliotecas.
      • c) Servicio de Servicios Sociales Comunitarios, al que corresponde la gestión de los servicios sociales municipales de prestación territorializada que se determinen entre los incluidos en el Catálogo de Servicios Sociales Municipales. Los principales servicios gestionados son Información, Valoración y Orientación Social, Prevención e Inclusión generalista, Animación Comunitaria y Participación. Le corresponde también la gestión de los programas recurso en el ámbito de la Dependencia, Prestaciones Sociales Domiciliarias, Familia, Menores e Infancia, Prestaciones económicas y técnicas, Inserción Sociolaboral y Servicios para Mayores desde la Oficina del Mayor. Estos servicios se prestan a través de diferentes redes de centros: Red de Centros Municipales de Servicios Sociales, (C.M.S.S.), Red de Centros Municipales de Tiempo Libre y Ludotecas, Red de Centros de Convivencia para Personas Mayores.
      • d) Servicio de Servicios Sociales Especializados. Los principales servicios gestionados son los de Información y Orientación especializada, servicios de Atención Psicosocial, Rehabilitación. Tutelares, Alojamiento permanente o temporal y de Apoyo para la Inclusión Social , Cooperación al Desarrollo y aquellos que se detenninen de entre los del Catálogo de Servicios Sociales Municipales. Presta sus servicios a través de Centros especializados: Casa de las Culturas, Centro Municipal de Atención y Prevención de las Adicciones (CMAP A), Centro Municipal Promoción de la Salud (CMPS), Escuela Jardinería El Pinar, Albergue Municipal, Casa de Amparo, Casa Abierta y viviendas tuteladas.
      • e) Unidades integradas en la Concejalía de Delegada de Educación e Inclusión:
        • 1º Servicio de Juventud, que asume la planificación y gestión de los programas dirigidos específicamente a jóvenes que fomenten su desarrollo personal y la participación comwütaria, el asociacionismo, la solidaridad, el uso positivo del ocio, el fomento de sus iniciativas, y todos aquellos programas orientados a su emancipación, integración social y laboral. Desde el Servicio de Juventud se gestionan: El Centro de Información para jóvenes: CIPAJ y punto móvil informativo, la Red Municipal de Casas de Juventud, el proyecto de Integración de espacios escolares (PIEESS) de primaria, educación especial y secundaria. Así mismo, se gestionan los Programas de fomento del asociacionismo, los dirigidos al ocio inclusivo y alternativo, los de impulso de actividades creativas, artísticas y culturales producidas por jóvenes que incluye, entre otras, el Programa de apoyo a la emancipación e integración social y laboral, Programas de asesoramiento jurídico en materia de vivienda, asociacionismo, empleo, Programas de asesoramiento y apoyo psicológico, sexual, Programas relacionados con la consecución de los objetivos explicitados por el Plan Joven.
        • 2º Servicio de Educación, al que corresponde la gestión de Escuelas Artísticas y Conservatorios Municipales. Colabora con el resto de Unidades y servicios municipales en el desarrollo didáctico de sus propuestas educativas recogiendo la oferta de actividades educativas complementarias dirigida a todos los Centros Escolares de la ciudad y la Guía de Recursos Educativos. Es responsable del impulso de Zaragoza como Ciudad Educadora con su participación en la Red Estatal de Ciudades Educadoras (RECE) y en la Asociación Internacional de Ciudades Educadoras (AlCE), así como del desarrollo de los programas relacionados con el concepto de Ciudad Educadora. Además el servicio presta el apoyo de conserjería y mantenimiento operativo en centros educativos de enseñanza obligatoria de titularidad pública. Gestiona los siguientes centros de servicios: Escuela Municipal de Música y Danza, Escuela Municipal de Teatro, Conservatorio Municipal Elemental de Música, Conservatorio Municipal Elemental y Profesional de Danza.
        • 3º Servicio de Igualdad, al que corresponde desarrollar las políticas públicas de igualdad de género en torno a la promoción de la situación de la mujer, colectivo LGTBI y de la igualdad de géneros. Esto incluye el desarrollo de políticas y acciones encaminadas a detener y revertir de forma integral las condiciones que sostienen la situación de desigualdad, eliminando la discliminación, fomentando la con·esponsabilidad y haciendo de la diversidad la base de la convivencia . Fomentar políticas dirigidas al empoderamiento como vía de equiparación de derechos a través de programas de emancipación y de integración social y laboral, así como la generación de expeliencias y medidas que fomenten la inclusión de los géneros dentro del espacio público. Además visibiliza y conciencia de la necesidad de una igualdad real y efectiva para posibilitar la eliminación del machismo como normalidad social, abordando la violencia machista desde una perspectiva integral que responda a las necesidades de atención y apoyo a las víctimas y su entorno, así como a la sensibilización de la sociedad. Desde el Servicio de Igualdad se gestionan: los Programas de atención de violencias machistas, Plan de igualdad y programas relacionados, Programas de formación e inclusión, Programas de promoción, sensibilización y concienciación, Programas de diversidad afectivo-sexual y Casa de acogida y pisos tutelados.
        • 4º También dependen de la Concejalía de Educación e Inclusión: Zaragoza Activa y el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial. Igualmente se integra la Oficina Técnica que desarrolla las funciones de asesoramiento y apoyo técnico a la Comisión delegada de Igualdad y la Oficina Técnica de Empleo, Emprendimiento e Inclusión Social.
      • f) Unidades integradas en la Concejalía Delegada de Deporte y Vivienda:
        • Servicio de Instalaciones Deportivas, al que corresponde la planificación y gestión de instalaciones deportivas de titularidad municipal, la gestión y ordenación del uso deportivo y el mantenimiento operativo de dichas instalaciones. Realiza el control de la ejecución de los contratos de servicios externalizados.
        Gestiona la siguiente tipología de Instalaciones Deportivas Municipales: Red de Centros y Pabellones Deportivos Municipales (CDM y PDM). Red de Campos Municipales de Fútbol (CMF). Instalaciones Deportivas Federativas o Especializadas, singulares de ciudad como Campo Municipal de Rugby, Campo Municipal de Béisbol, Patinódromo Municipal. y aquellas otras que se le encomienden.

CUARTO.-Área de Participación, Transparencia y Gobierno Abierto.

  1. El Área de Participación, Transparencia y Gobierno Abierto se organiza para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos:
    • a) Concejalías-Delegadas integradas en el Área: -Concejalía Delegada de la Policia Local, de la que dependen el Cuerpo de la Policía Local y las demás unidades administrativas y puestos que se determinen en la relación de puestos de trabajo, sin perjuicio de la superior jefatura que corresponde al Alcalde.
    • b) Órganos directivos en los que se estructura el Área: -Coordinación General del Área de Participación, Transparencia y Gobierno Abierto.
  2. Coordinación General del Área de Participación, Transparencia y Gobierno Abierto
    • 2.1. Corresponde a la Coordinación General del Área de Participación, Transparencia y Gobierno Abierto las funciones establecidas en el Reglamento Orgánico Municipal, en las materias competencia del Área.
    • 2.2. Dependen de la Coordinación General del Área de Participación, Transparencia y Gobierno Abierto, para el ejercicio de sus funciones, las siguientes unidades:
      • a) Departamento de Participación, Transparencia y Gobierno Abierto, al que corresponde:
        - El desarrollo, coordinación, seguimiento y evaluación de las acciones a efectuar por el Ayuntamiento de Zaragoza conforme a lo establecido en las normas sobre transparencia y acceso a la información pública.
        - Ejecutar las directrices, objetivos y políticas de participación que se acuerden por los órganos municipales competentes
        - El asesoramiento jurídico a la Oficina Técnica de Participación, Transparencia y Gobierno Abierto y a la sede electrónica municipal en relación con la implementación de la Ordenanza de Administración Electrónica y la Ordenanza de transparencia y libre acceso a la información, colaborando en la consecución del principio de publicidad activa establecido en la normativa reguladora de la transparencia y libre acceso a la información.
        - El asesoramiento jurídico en el diseño, puesta en marcha y coordinación de los procesos participativos que se impulsen y en la consecución de espacios permanentes de participación y colaboración ciudadana.
        - La asistencia jurídico-administrativa en los ámbitos de actuación de la Consejería, incluyendo la elaboración de informes jurídicos, propuestas de acuerdos o disposiciones y la coordinación jurídica de las unidades administrativas integradas en el área.
        - Coordinar la acción técnica, económica y jurídico-administrativa que se desarrolle por los servicios integrados en el departamento, en especial la elaboración de informes de carácter jurídico. Para apoyo en el ejercicio de estas funciones, en el Departamento de Participación, Transparencia y Gobierno Abierto, se integran las siguientes unidades:
        • 1º Servicio de Distritos, al que corresponde la planificación, gestión y coordinación de los órganos territoriales en que se organiza el Ayuntamiento de Zaragoza, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento de órganos Tenitoriales y de Participación Ciudadana, el censo de Entidades Ciudadanas, subvenciones, convenios y otros instrumentos de apoyo a la participación ciudadana.
        • 2º Servicio de Centros Cívicos, al que corresponde la planificación, gestión y coordinación de los Centros Cívicos, el impulso de la participación ciudadana y la promoción de la actividad de ocio y cultura efectuada desde los Distritos.
        • 3º 0ficina Técnica de Participación, Transparencia y Gobierno Abierto, a la que corresponde:
          - El diseño, estudio de viabilidad, puesta en marcha y seguimiento de los procesos de participación, encuesta ciudadana y presupuestos participativos impulsados por la Consejería de Participación, Transparencia y Gobierno Abierto u otras Áreas de Gobierno.
          - La coordinación con las distintas áreas, servicios y unidades administrativas del Ayuntamiento relacionadas o implicadas en el desarrollo de procesos participativos, digitales, presenciales y mixtos a través de la plataforma de Gobierno Abierto y de la red de centros de proximidad del Ayuntamiento.
          - El control de calidad y la gestión de la Sede Electrónica, la plataforma de Datos Abiertos, la plataforma de Gobiemo Abierto y el Portal Corporativo, teniendo por objeto verificar el acceso uníversal a los contenidos y servicios que se dan a través de la sede y comprobar el cumplimiento de la normativa y directrices que los rigen, así como el cumplimiento de la obligaciones de publicidad activa establecida en la Ordenanza de transparencia y libre acceso a la información y demás normativa aplicable.
          - Las funciones atribuidas a la Oficina Técnica del Consejo de la Ciudad y la Oficina Municipal de Apoyo al Ciudadano.
          - Depende de la Oficina Técnica de Participación, Transparencia y Gobierno Abierto la unidad del Cuerpo Municipal de Voluntariado por Zaragoza
        • 4º La Unidad de Planes Integrales.
      • b) Servicio de Redes y Sistemas, con las funciones de modernizar, explotar, mantener y conservar los Sistemas de Información Corporativos en el nivel de servidores, puestos de trabajo, bases de datos y redes de comunicaciones corporativas (voz fija y móvil y datos), incluidas las instalaciones de telefonía de los edificios y dependencias municipales; definir, planificar, desarrollar, implantar y mantener las aplicaciones informáticas corporativas y departamentales que constituyen el Sistema de Información Municipal; el desarrollo técnico de las actuaciones destinadas a la implantación y soporte de la Administración electrónica; y la promoción y el uso del software libre.
      • c) Servicio de Ciudad Inteligente, con las funciones de coordinar los proyectos de ciudad inteligente y aquellos relacionados con la promoción, impulso y difusión de la economía del conocimiento, potenciar la utilización de las nuevas tecnologías para la prestación de servicios públicos más eficientes, la cultura de la ciencia, la tecnología y la innovación entre la ciudadanía, la capacitación y la alfabetización digital y tecnológica, el Centro de Arte y Tecnología, el Centro de Incubación Empresarial, y la gestión de la tarjeta ciudadana y la red WiFi municipal.
      • d) Servicio de Modernización y Desarrollo Organizativo, al que corresponde el diseño, propuesta e implantación de actuaciones tendentes a la modernización de la Administración Municipal en orden a una mayor eficacia en la gestión, la coordinación y desarrollo de la administración electrónica, rediseño, simplificación y mejora de los procedimientos administrativos y los procesos de trabajo municipales y el mantenimiento, actualización y modemización del archivo municipal.

QUINTO.-Área de Economía y Cultura.

  1. El Área de Economía y Cultura se organiza para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos:
    • a) Organismos autónomos locales adscritos al Área de Economía y Cultura:
      • Patronato Municipal de las Artes Escénicas y de la Imagen.
      • Patronato M1micipal de Turismo.
    • b) Órganos directivos en los que se estructura el Área:
      • Coordinación General del Área de Economía y Cultura, del que dependen los siguientes órganos directivos:
      • Dirección General de Economía.
      • Dirección General de Cultura
  2. Coordinación General del Área de Economía y Cultura.
    • 2.1. Corresponde a la Coordinación General del Área Economía y Cultura las funciones establecidas en el Reglamento Orgánico Municipal, en las materias competencia del Área.
    • 2.2. Dependen de la Coordinación General del Área Economía y Cultura las siguientes unidades:
      • a) Departamento de Financiación, al que corresponden las siguientes funciones:
        • La elaboración de los programas relativos a la política económica municipal.
        • La elaboración y seguimiento de la información necesaria para el diseño de la misma.
        • El análisis y seguimiento de las previsiones y sistemas de financiación del municipio.
        • El seguimiento y evaluación de los programas cofinanciados por fondos europeos.
        • La evaluación de las políticas económicas del sector público local.
        • La formulación de los proyectos de programación económica.
        • El análisis, diseño y seguimiento de la política global de los ingresos.
      • b) Departamento de Contratación y Patrimonio, al que corresponde la coordinación y dirección de la actividad municipal en las siguientes materias
        • Contratación de grandes obras, concesiones de obras y de servicios, de gestión de servicios públicos, contratos privados, contratación de los seguros de la corporación y del mediador de los mismos.
        • Contratación de obras, servicios, suministros.
        • La implantación de la contratación electrónica.
        • Coordinación de la gestión del patrimonio del Ayuntamiento de Zaragoza, no afecto al Patrimonio Municipal del Suelo y todas las demás actuaciones de gestión sobre el patrimonio. .
        • Formación y conservación del Inventario General de Bienes al que se incorporan como Anexos, un ejemplar de los inventarios separados de los bienes y derechos pertenecientes a las entidades con personalidad jurídica propia y dependientes del Ayuntamiento de Zaragoza.
        • Formación del Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo.
        • Coordinación de la actividad administrativa, asegurando el funcionamiento normal de la misma y de los servicios comunes a todas las unidades administrativas.
        Para el ejercicio de tales competencias, en el Departamento de Contratación y Patrimonio se integran los siguientes servicios:
        • 1.º Servicio de Contratación, al que corresponde la tramitación de los expedientes de contratación de obras, servicios, suministros, administrativos especiales y privados y la realización de los actos de gestión derivados de los expedientes de contratación que licite el Ayuntamiento.
        • 2.º Servicio de Patrimonio, al que corresponde la formación del Inventario, la gestión del patrimonio no afecto al Patrimonio Municipal del Suelo, incluidos los contratos derivados de la misma, así como los contratos de seguros, y la tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial.
      • c) Departamento Jurídico de Economía y Hacienda, al que corresponden las siguientes funciones:
        • Prestar asistencia jurídica al Área y los organismos y entidades adscritas.
        • Prestar asistencia administrativa y apoyo técnico para el ejercicio de las funciones atribuidas al Área.
        • Realizar el seguimiento, control, coordinación y asistencia jurídica en las actuaciones de fiscalización externa.
        • La interposición y defensa municipal de reclamaciones económico-administrativas y realizar el asesoramiento técnico y las actuaciones de contenido juridico en materias propias del Área que por su relevancia e incidencia requieran su participación.
        Para el ejercicio de tales competencias, en el Departamento Jurídico de Economía y Hacienda se integra el siguiente servicio:
        • Servicio Administrativo de Economía, al que corresponde la elaboración de informes técnicos, jurídicos y administrativos acerca de los asuntos encomendados al Área en materia de Economía y Hacienda; el seguimiento y control de la ejecución presupuestaria de las partidas de ingresos y gastos asignadas al Área, así como sus propuestas de modificación; el control sobre los procesos de contratación impulsados desde el Área en materia de Economía; la elaboración y supervisión de los anteproyectos de ordenanzas municipales y otra normativa reglamentaria del Área en materia de Economía; impulsar la implantación y seguimiento de los programas de mejora continua y calidad de los departamentos y servicios del Área en materia de Economía; redactar y tramitar los convenios y conciertos interadministrativos e interinstitucionales promovidos desde el Área.
      • d) Unidades integradas en la Dirección General de Cultura:
        • lº Servicio de Cultura, al que corresponde las siguientes funciones: la gestión de los Museos y las Salas de Exposiciones municipales, la conservación, investigación y difusión de las colecciones y recursos museográficos de los Museos Municipales y aquellas acciones relativas al campo de las artes plásticas y a su difusión, la gestión del patrimonio cultural municipal de carácter mueble, la conservación, restauración, investigación y difusión de dicho patrimonio y la producción y edición de las publicaciones municipales.
        • 2º Servicio Administrativo de Cultura y Turismo, al que corresponde la asistencia técnico-administrativa en las distintas iniciativas y propuestas en estas materias y en concreto las siguientes funciones: la tramitación de convenios nominativos y subvenciones de su competencia: bases, valoración de las solicitudes, y propuestas de adjudicación y llevar a cabo la gestión procedimental y administrativa de expedientes pertenecientes al Patronato de Zaragoza Turismo, al Servicio de Cultura, la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural y el Patronato de Artes Escénicas y de la Imagen, con elaboración de infotmes, actas, realización de propuestas a los diversos órganos de gobierno, elaboración de pliegos administrativos en los procedimientos de contratación, asistencia técnico-administrativa en cualquier asunto relacionados con dichos organismos y servicios municipales. Para el desarrollo de sus funciones se integra en el Servicio la Unidad Administrativa de Cultura.
  3. Órganos de gestión económico-financiera integrados en el Área:
    • 3.1. Unidad Central de Presupuestación.La titularidad y funciones de presupuestación corresponden al Consejero de Economía y Cultura, funciones que podrán ser objeto de delegación en el Coordinación General del Área. La Unidad Central de Presupuestación es el órgano responsable de la elaboración de anteproyectos de presupuestos, seguimiento y control de la ejecución de los mismos y de su liquidación. Para el ejercicio de estas competencias en la Unidad Central de Prcsupuestacíón se integra, bajo la coordinación del Coordinación General del Área de Economía y Cultura, el siguiente servicio:
      • Servicio de Presupuestos, al que corresponde la gestión de las acciones relacionadas con el ciclo presupuestario y, en particular, la elaboración del anteproyecto del Presupuesto General, el diseño de las estructuras presupuestarias, la instrumentación del Presupuesto, la tramitación de las modificaciones presupue~i:arias, la preparación de la documentación relativa al desarrollo de instrucciones presupuestarias, la realización de estudios para la implantación de proyectos económicos y el análisis de servicios en orden a su mayor eficacia.
    • 3.2. Agencia Municipal Tributaria. La Agencia Municipal Tributaria. La Agencia Municipal Tributaria, cuya titularidad corresponde a la directora general de Economía, es el órgano responsable de ejercer como propias las competencias que a la Administración Tributaria Local le atribuye la legislación tributaria para la consecución de una gestión integral del sistema tributario municipal, regido por los principios de eficiencia, suficiencia, agilidad y unidad en la gestión.
      Le corresponden las siguientes funciones:
      • La gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los actos tributarios municipales, salvo la revocación, que corresponderá al con sejero del Área.
      • La recaudación en período ejecutivo de los demás ingresos de derecho público del Ayuntamiento.
      • La tramitación y resolución de los expedientes sancionadores tributarios relativos a los tributos cuya competencia gestora tenga atribuida.
      • El análisis y diseño de la política global de ingresos públicos en lo relativo al sistema tributario municipal.
      • La propuesta, elaboración e interpretación de las normas tributarias propias del Ayuntamiento.
      • El seguimiento y la ordenación de la ejecución del presupuesto de ingresos en lo relativo a ingresos tributarios.
      • La liquidación, comprobación, investigación, valoración y recaudación de los tributos municipales.
      • La elaboración de planes de inspección.
      • La elaboración de las propuestas de resolución de los recursos que se interpongan en las materias de su competencia.
      Bajo el principio de unidad de gestión, la función de recaudación y su titular quedarán adscritos a este órgano. Para el desempeño de estas funciones se integran en la Agencia Municipal Tributaria las siguientes unidades:
      • Departamento de Hacienda, al que corresponde la dirección de las oficinas y servicios integrantes de la Agencia Municipal Tributaria, a través de los cuales esta ejerce como propias las competencias que a la Administración tributaria municipal le atribuye la legislación tributaria y las demás funciones que se le asignen, colaborar con la AEAT, Gerencia del Catastro y la TGSS, la elaboración de las propuestas y tramitación de los expedientes sobre las ordenanzas fiscales, así como la propuesta anual de Plan de control tributario.

      Para el apoyo en el ejercicio de estas competencias, en el Departamento de Hacienda se integran las siguientes unidades:

      1.º Oficina de Gestión Tributaria, a la que corresponde la recepción y tramitación de declaraciones, autoliquidaciones y demás documentos con trascendencia tributaria, la realización de devoluciones, el reconocimiento de beneficios fiscales, las actuaciones de control de obligaciones formales y de comprobación limitada, la práctica de liquidaciones tributarias de las actuaciones realizadas, la elaboración y mantenimiento de censos tributarios y demás actuaciones de aplicación de los tributos no integradas en las funciones de inspección y recaudación u otros servicios tributarios.

      Para el apoyo en el ejercicio de estas funciones, en la Oficina de Gestión Tributaria se integran los siguientes servicios:

      Servicio de impuestos inmobiliarios, al que corresponde la gestión tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles, así como la coordinación con la Gerencia del Catastro competente para la gestión catastral del mismo. También le corresponde la gestión del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana y del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, y demás ingresos de naturaleza urbanística en coordinación con los servicios municipales competentes.

      Servicio de gestión de grandes contribuyentes e impuestos sobre la actividad y vehículos de tracción mecánica, al que corresponde la gestión integral del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, así como la coordinación con el Ministerio de Interior a través de la Dirección General de Tráfico, titular del Registro Nacional de Vehículos. Le corresponde, asimismo, la gestión tributaria del impuesto sobre actividades económicas y la coordinación con la AEAT, la elaboración y mantenimiento del padrón de grandes contribuyentes del término municipal de Zaragoza y el control del cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

      2.º Oficina de Inspección Tributaria, a la que corresponde la investigación y comprobación de los tributos municipales, tanto para el descubrimiento de los hechos imponibles ignorados, como para la integración de las bases imponibles omitidas, la práctica de las liquidaciones tributarias resultantes de sus actuaciones de comprobación e investigación, la realización de actuaciones de obtención de información, asesoramiento e informe, la comprobación de valores y la realización de actuaciones de comprobación limitada, la instrucción de los procedimientos sancionadores y la elaboración y propuesta de planes de inspección y de actuaciones sobre grandes contribuyentes.

      3.º Oficina de Recaudación, a la que corresponde realizar las funciones administrativas conducentes al cobro de las deudas tributarias establecidas en la Ley General Tributaria. Su gestión en los términos del Reglamento General de Recaudación versa sobre los tributos municipales en vía voluntaria y en período ejecutivo y demás ingresos de derecho público del Ayuntamiento. Dependerá funcionalmente del jefe de la Unidad Central de Contabilidad y Tesorería, y se integrará orgánicamente en la coordinación general del Área, con competencia en la materia a través del Departamento de Hacienda.

      Para el apoyo en el ejercicio de estas funciones, en la Oficina de Recaudación se integra el siguiente servicio:

      Servicio de Recaudación de Grandes Contribuyentes y Actuaciones en Vía de Apremio. Elaborará propuestas para mejorar la eficacia recaudatoria y gestionará las actuaciones y expedientes del procedimiento ejecutivo intensificando los procedimientos en grandes deudores.

      4.° Servicio de Atención al Contribuyente, al que corresponde la información y atención integral a los ciudadanos en relación con los tributos municipales, la implantación de programas de mejora para la normalización y la simplificación de procedimientos administrativos, el mantenimiento y depuración de la información de la base de datos fiscal, y el control y seguimiento del Registro de Contribuyentes.

    3.3. Unidad Central de Contabilidad y Tesoreria. cuya titularidad corresponde al Jefe de la Unidad Central de Contabilidad y Tesorería, es el órgano responsable de ejercer como propias las competencias de contabilidad y de tesorería, salvo en lo que afecte a las funciones de recaudación, en los ténninos previstos en el articulo 135.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Corresponde a la Unidad Central de Contabilidad y Tesorería la llevanza y desarrollo de la contabilidad financiera y el seguimiento, en términos financieros, de la ejecución de los presupuestos de acuerdo con las normas generales y las dictadas por el Pleno de la Corporación. Asimismo, competerá a la Unidad Central de Contabilidad y Tesorería la inspección de la contabilidad de los organismos autónomos y de las sociedades mercantiles dependientes de la entidad local, de acuerdo con los procedimientos que establezca el Pleno. Constituyen la tesorería de las entidades locales todos los recursos financieros, sean dinero, valores o créditos, de la entidad local, tanto por operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias. Son funciones concretas de tesorería encomendadas a la Unidad Central de Contabilidad y Tesorería:

    Recaudar los derechos y pagar las obligaciones.

    Servir al principio de unidad de caja, mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y extraprcsupuestarias.

    Distribuir en el tiempo las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones

    Responder de los avales contraídos.

    Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente numeradas.

    Con respecto a la recaudación de derechos, la función de recaudación y su titular quedarán adscritos a la Agencia Municipal Tributaria, conforme a lo establecido en el artículo 135.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto responsable de ejercer la competencia de recaudación, bajo el principio de unidad en la gestión del sistema tributario local. Corresponderá al Jete de la Unidad Central de Contabilidad y Tesorería, en el ámbito de la recaudación de derechos, las funciones reservadas por nonnativa específica, en especial, le corresponderá dictar la providencia de apremio y resolver los recursos que se interpongan contra sus actos. Para el ejercicio de las funciones de contabilidad y de tesorería, excluida la recaudación, en la Unidad Central de Contabilidad y Tesoreria, con dependencia orgánica del Jefe de la Unidad Central de Contabilidad y Tesorería, se integran los siguientes Servicios:

    1º Servicio de Contabilidad, al que con·esponde las funciones de contabilización de todos los derechos, ingresos, gastos y pagos y sus modificaciones, la formación de las cuentas que deban rendirse y la elaboración de la información estadística que se derive de la contabilidad.

    2º Servicio de Tesorería, al que corresponde, bajo el principiO de caja umca, el seguimiento de los movimientos de las cuentas corrientes del Ayuntamiento en las entidades financieras, la realización de cuantos cobros y pagos corresponda a los fondos y valores de la entidad, la organización de la custodia de fondos, valores y efectos, la preparación de instrumentos de pago y acuerdos de compensación de deudas y la formación de los planes y programas de tesorería, distribuyendo en el tiempo las disponibilidades dinerarias necesarias para atender los pagos y el control de las mismas.

    3.4. Junta Municipal de Reclamaciones Económico-Administrativas. La Junta Municipal de Reclamaciones Económico-Administrativas es un órgano de gestión económico-financiera integrado orgánicamente en el Área de Economía y Cultura, dependiendo del Consejero del Área, sin perjuicio de la independencia técnica, conforme a lo previsto en el artículo 13 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, al que le corresponden las siguientes competencias:

    a) El conocimiento y resolución de las reclamaciones sobre actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos e ingresos de derecho público, que sean de competencia municipal.

    b) El dictamen sobre los proyectos de ordenanzas fiscales.

    c) En el caso de ser requerido por los órganos municipales competentes en materia tributaria, la elaboración de estudios y propuestas en esta materia.

SEXTO.-Área de Urbanismo y Sostenibilidad.

1. El Área de Urbanismo y Sostenibilidad se organiza para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos:

a) Concejalías-delegadas integradas en el Área:

  • Concejalía Delegada de Medio Ambiente y Movilidad.

b) Órganos especializados y organismos autónomos locales adscri tos al Área:

  • Gerencia Municipal de Urbanismo.
  • Instituto Municipal del Agua.

c) Órganos directivos en los que se estructura el Área:

  • Coordinación General del Área de Urbanismo y Sostenibilidad, que ejercerá el cargo de gerente de Urbanismo.

2. Coordinación General del Área de Urbanismo y Sostenibilidad.

2.1. Corresponde a la Coordinación General del Área de Urbanismo y Sostenibilidad las funciones establecidas en el Reglamento Orgánico Municipal, en las materias competencia del Área, así como las atribuidas al gerente por el Reglamento de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

2.2. Dependen de la Coordinación General del Área de Urbanismo y Sostenibilidad, las siguientes unidades:

a) Oficina Jurídico-Técnica del Área de Urbanismo y Sostenibilidad.

Su objetivo es la asistencia directa en materia técnica y jurídica al coordinador General del Área, con el fin de lograr una mayor coordinación con las unidades y servicios del Área, especialmente en la redacción y ejecución de proyectos municipales de rehabilitación, ejecución de partidas presupuestarias relacionadas con los mismos y procesos de revisión normativa.

Le corresponden las siguientes funciones:

  • Asesoramiento jurídico al Área de Urbanismo y Sostenibilidad.
  • Establecer los mecanismos de relación con otras instituciones, entidades o sociedades municipales, en especial con la Asesoría Jurídica Municipal.
  • Asistencia y colaboración en materia jurídica a los servicios y unidades integrantes del Área.
  • Propuesta y supervisión de los procesos de revisión normativa del Área, conforme a los principios de buena regulación previstos en la legislación de procedimiento administrativo común.
  • Coordinación en la elaboración de los órdenes del día de las sesiones del Consejo Municipal de Urbanismo y de la Comisión Plenaria de Urbanismo y Sostenibilidad, y de las propuestas al Gobierno de Zaragoza.
  • Control y seguimiento de las iniciativas al Pleno y Comisiones, competencia del Área.
  • Control y seguimiento de la evolución de las partidas presupuestarias del Área, incluyendo la coordinación de los presupuestos participat ivos.
    Control y seguimiento de los procedimientos de contratación administrativa
    que afectan al Área.
  • Seguimiento y coordinación de proyectos municipales de especial singularidad.
  • Elaboración de cuantos estudios e informes le encomienden en el ámbito de actuación del Área.

Para el ejercicio de tales competencias, en la Oficina Jurídico-Técnica del Área de Urbanismo y Sostenibilidad se integran, además de las unidades que se incluyan en la relación de puestos de trabajo, el Servicio Administrativo de Urbanismo al que corresponde las siguientes funciones:

  • Coordinación de actuaciones técnicas y administrativas, elaboración de propuestas en orden a conformar consultas y criterios interpretativos para conseguir un tratamiento uniforme a los diferentes contenidos jurídico-administrativos de asuntos que afectan a las competencias de los diversos servicios de la Gerencia. Impulso y tramitación del desarrollo normativo municipal urbanístico.
  • Seguimiento de actuaciones jurídico-administrativas, relaciones con la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento y Tribunales.
  • Gestión de las funciones de Secretaría del Consejo de Gerencia de Urbanismo (convocatorias, actas y demás documentos).
  • Apoyo administrativo a Servicios Técnicos, tramitación, propuesta de aprobación de proyectos, pliegos de contratación, evaluación de ofertas, inspección de obras, certificación y recepción de obras, coordinación de la información y participación ciudadana en la gestión de obras, proyectos y servicios de arquitectura e infraestructuras.

b) Dirección de Servicios de Información y Organización.

Le corresponde el desarrollo de las actuaciones necesarias en materia de información urbanística, como instrumento básico de gestión y mejora del grado de fluidez y transparencia del sistema de comunicación entre la Administración y los ciudadanos y agentes sociales; elaboración, mantenimiento y difusión de instrumentos y programas de ayuda, guías de procedimientos y documentación; y en materia de organización con carácter transversal, integral y general a toda el Área, mediante desarrollo de sistemas de objetivos e indicadores y evaluación sobre la gestión, programas de innovación y mejora, sistemas de gestión de la calidad, implantación y desarrollo de la administración electrónica, normalización, simplificación y mejora de los procesos administrativos, seguimiento y análisis de los diferentes servicios y contratas, procedimientos y recursos humanos y materiales propios del Área.
Asume las funciones de Vicegerencia de Urbanismo.

Para el ejercicio de tales competencias, en la Dirección de Servicios de Información y Organización se integran los siguientes Servicios:

1.º Servicio de Información y Atención al Ciudadano. Le corresponde desarrollar las actuaciones necesarias en materia de información y atención al público en materias urbanísticas, incluyendo el registro general de solicitudes urbanísticas, el acceso a la información pública y archivo urbanístico, la gestión del mismo, y la tramitación de determinadas actuaciones mediante comunicaciones previas y declaraciones responsables de obras y actividades, como instrumento básico de gestión a tiempo real y mejora del grado de fluidez y transparencia del sistema de comunicación entre la Administración y los profesionales y ciudadanos, usuarios de los servicios de información y gestión de la Gerencia de Urbanismo. Asimismo, le corresponde la gestión administrativa de los bienes funerarios, a través de la Oficina Administrativa de Cementerios Municipales y el desarrollo de las actividades de la Brigada municipal de actuaciones funerarias.

2.º Servicio de Información Geográfica. Le corresponde la elaboración, actualización, explotación y distribución de la información territorial e inmobiliaria que permita el conocimiento del territorio necesario para afrontar el planeamiento urbanístico, así como incorporar al sistema y plataformas municipales la información derivada del propio planeamiento. Asimismo, asiste en materia de información y descargas de datos geográficos municipales a entidades, profesionales y ciudadanos, lleva a cabo señalamiento de alineaciones y rasantes, mantenimiento de cartografía y callejero y red topográfica municipal y elaboración de ficha de información u rbanística.

3.º Servicio Jurídico de Mercados. Con dependencia funcional de la Concejalía Delegada de Medio Ambiente y Sostenibilidad, le corresponde la gestión jurídico-administrativa y la tramitación de los proyectos municipales en materia propias, el otorgamiento y posterior gestión de los títulos administrativos que facultan para el uso especial o privativo en los mercados municipales (Mercazaragoza, Central, San Vicente de Paúl, Muestra Agroalimentaria, "Rastro", "Venta Ambulante" "Plaza San Francisco"...) como bienes de servicio público, incluyendo la tramitación de las medidas de contenido técnico-administrativo, los procedimientos tendentes al restablecimiento y la protección de la legalidad en materia de mercados y la tramitación de los procedimientos para el ejercicio de la potestad sancionadora en dicho ámbito.

c) Dirección de Servicios de Planificación y Diseño Urbano.

Le corresponde las funciones generales propias del proceso planificador, proponer y redactar los criterios y normas que en materia urbanística habrán de seguirse
en el municipio y en planes metropolitanos o supramunicipales, en actuaciones concertadas, trabajos de actuación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), desarrollar los sistemas generales de la estructura territorial, la redacción o formulación de todo tipo de instrumentos de planeamiento y de gestión para el desarrollo de lo previsto en el PGOU, así como la redefinición de aquellos que, ya elaborados y/o aprobados, requieran ser modificados y siempre que se actúe por iniciativa municipal, la redacción y/o colaboración en proyectos de urbanización y de obras ordinarias, y controlar la adecuación al PGOU y a la normativa urbanística de las figuras de planeamiento urbanístico e instrumentos de gestión y de ejecución de planeamiento elaborados por iniciativa extramunicipal (particulares, otras Administraciones e instituciones, etc.) y la tramitación de los mismos.

Para el ejercicio de tales competencias, en la Dirección de Servicios de Planificación y Diseño Urbano se integran los siguientes Servicios:

1.º Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación. Le corresponde la redacción de instrumentos de planeamiento, de gestión y de ejecución de iniciativa municipal, de modificación de instrumentos urbanísticos ya aprobados, la comprobación de la documentación técnica que integre los instrumentos de planeamiento y ejecución que no sean de iniciativa municipal y la realización de los informes técnicos en ambos casos para su tramitación, así como de los convenios de planeamiento y gestión urbanística, los estudios y prospecciones relacionados con acciones urbanas de equipamientos y servicios estratégicos o interurbanos que el desarrollo del municipio demande, planificar la propuesta, impulso y ejecución de informes, estudios, colaboraciones en temas estratégicos y dotaciones sectoriales, coordinar y colaborar con otras administraciones en las materias con incidencia en el territorio o de carácter supramunicipal, proponer programas de desarrollo territorial de acuerdo con las previsiones del plan estratégico, elaborar los documentos de análisis y control de la ejecución de planes integrales.

2.º Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística. Le corresponde planificar y controlar los instrumentos de planeamiento, gestión y ejecución, participando en la redacción de aquellos de iniciativa municipal que se elaboren por los servicios o unidades de la Dirección de Planificación y Diseño Urbano para garantizar la adecuación a la legalidad y a la normativa de aplicación, tramitar los instrumentos de planeamiento, gestión y ejecución que no sean de iniciativa municipal, realizando los informes jurídicos necesarios y elaborando las propuestas de aprobación o denegación, instrumentar los convenios de planeamiento y gestión urbanística y tramitar los expedientes relativos a información urbanística, licencias de parcelación, declaraciones de interés público, autorizaciones previas a licencias y otros relacionados con el planeamiento o la gestión que no sean competencia de otros servicios.

3.º Servicio de Ingeniería de Desarrollo Urbano. Le corresponde la elaboración y formalización de propuestas en materias propias de ingeniería urbana (espacio públicos, movilidad, redes de servicios, etc.), participación en la redacción de planeamiento, gestión y ejecución, promovido por el Ayuntamiento respecto de materias propias del Servicio; redacción de los informes técnicos para la tramitación de los citados instrumentos, en los casos de iniciativa particular; la comprobación de la documentación técnica que integre los instrumentos de planeamiento y ejecución; la realización de los informes técnicos necesarios para su tramitación, y la información relativa a sus competencias en los convenios de planeamiento y gestión previstos en la legislación urbanística vigente.

d) Dirección de Servicios de Estudios y Programas de Suelo y Vivienda.

Le corresponde el seguimiento individualizado de programas del Área de Urbanismo y Sostenibilidad, la colaboración en la redacción del Programa anual de actuación de la Gerencia Municipal de Urbanismo, así como en la memoria de actividades anual y posterior seguimiento de su cumplimiento, así como su relación con otras áreas, y la elaboración de cuantos estudios e informes le encomiende la Consejería en materia de suelo y vivienda, estableciendo los mecanismos de relación con otras instituciones, entidades y sociedades municipales, en especial con la Sociedad Municipal de la Vivienda. Asimismo, le corresponde dirigir las actuaciones urbanísticas de iniciativa o intervención municipal tendentes tanto a la promoción de determinados ámbitos urbanos, como a la obtención (mediante expropiación) del suelo destinado a la localización de los sistemas generales de la ciudad y de las dotaciones locales, gestionar el Patrimonio Municipal del Suelo, impulsar las actuaciones urbanísticas que hayan de realizar los particulares u otros agentes distintos a la Administración municipal, así como la recepción, informe, tramitación y propuesta de resolución de los actos de aquellos, que requieren la previa aprobación o licencia de obras o conformidad de declaración responsable del Ayuntamiento.

Para el ejercicio de tales competencias, en Dirección de Servicios de Estudios y Programas de Suelo y Vivienda se integran los siguientes Servicios:

1.º Servicio de Administración del Suelo y Vivienda, al que corresponden las siguientes funciones:

  • La administración y custodia del Patrimonio Municipal del Suelo, con la finalidad de regular el mercado de terrenos, obtener reservas de suelo para actuaciones de iniciativa pública y facilitar la ejecución del Plan General Municipal de Ordenación Urbana vigente, regular y controlar el destino de los bienes integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo, para que sean destinados a la construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública o a otros usos de interés social, de acuerdo con el planeamiento urbanístico vigente.
  • Adquirir sistemas generales y dotaciones locales previstas en el planeamiento urbanístico para la ejecución de instrumentos de planeamiento, proyectos de urbanización y proyectos de obras ordinarios aprobados definitivamente, y otros bienes patrimoniales que resulten de interés para el municipio, mediante expropiación, permuta o compraventa.

2.º Servicio de Licencias Urbanísticas, al que corresponde el control de la adecuación a la normativa urbanística vigente de las licencias y declaraciones responsables urbanísticas: de obra nueva, rehabilitación, acondicionamiento y reforma de vivienda, consolidación de estructura, así como los actos derivados de las citadas licencias, tales como, transferencias de titularidad, renuncias, desistimientos y prórrogas de plazo, quedando incluidas las solicitudes que resulten afectadas por la mencionada legislación autonómica sectorial, que sean objeto de resol ución única.

e) Dirección de Servicios de Intervención Urbanística y Disciplina.

Le corresponde dirigir las actuaciones urbanísticas de iniciativa o intervención municipal tendentes a impulsar las actuaciones urbanísticas que hayan de realizar los
particulares u otros agentes distintos a la Administración municipal, así como la recepción, informe, tramitación y propuesta de resolución de los actos de aquellos, que requieren la previa aprobación o licencia o conformidad de declaración responsable del Ayuntamiento de actividades, proteger la edificación, fomentando su conservación y mantenimiento, proteger la legalidad urbanística y medioambiental, controlando la adecuación de las actuaciones y los títulos urbanísticos otorgados y abriendo, en su caso, los oportunos expedientes sancionadores.

Asume las funciones de Vicegerencia de Urbanismo.

Para el ejercicio de tales competencias, en la Dirección de Servicios de Gestión del Suelo e Intervención Urbanística se integran los siguientes Servicios:

1.º Servicio de Licencias de Actividad, al que corresponde el control de la adecuación a la normativa urbanística vigente de las licencias y declaraciones responsables urbanísticas: de obra nueva, rehabilitación, apertura, acondicionamiento y reforma, soportes publicitarios (carteleras, marquesinas, etc.), consolidación de estructura, incluidas las de actividad clasificada que resulten afectadas por la legislación autonómica sectorial en materia de protección ambiental y de establecimientos públicos y actividades recreativas, así como los actos derivados de las citadas licencias, tales como, transferencias de titularidad, renuncias, desistimientos y prórrogas de plazo, quedando incluidas las solicitudes que resulten afectadas por la mencionada legislación autonómica sectorial, que sean objeto de resolución única.

2.º Servicio de Disciplina Urbanística, al que corresponde la tramitación de los procedimientos tendentes al restablecimiento y la protección de la legalidad urbanística, tanto en el ámbito de la ejecución de las obras como en el ejercicio de las actividades inocuas, clasificadas y de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos. Igualmente, la tramitación de expedientes sancionadores en los mismos ámbitos. Además, la tramitación de declaraciones responsables, comunicaciones previas de apertura, licencias de ocupación y licencias o declaraciones responsables de funcionamiento y de inicio de las actividades.

3.º Servicio de Inspección Urbanística, al que corresponde el control del cumplimiento de las ordenanzas municipales reguladoras de los medios de intervención en la actividad urbanística, los deberes de edificar y de conservar la edificación y las condiciones de la actividad, vinculando a la propiedad y titulares de establecimientos su mantenimiento y control periódico; el ejercicio de la policía urbanística, el fomento a la edificación y a la conservación de espacios urbanos; desarrollo y gestión del Registro de Solares; la protección de la legalidad urbanística mediante el seguimiento técnico, control posterior y planes de inspección de los actos sujetos a licencia, comunicaciones previas y declaraciones responsables y la verificación de la correcta restauración del orden urbanístico, incluyendo la gestión de los procedimientos inspectores que se determinen. Asimismo, le corresponde la conservación del patrimonio cultural urbanístico, mediante el catálogo de elementos y conjuntos de interés, el fomento a la rehabilitación de edificios de propiedad municipal, la redacción y el control de gestión de proyectos de rehabilitación de edificios de interés y de monumentos y el fomento del deber de conservación de los edificios catalogados y de los situados en el ámbito espacial del Casco Histórico de la ciudad.

f) Dirección de Servicios de Arquitectura.

Le corresponden las competencias en materia de construcción de edificios, instalaciones y equipamientos municipales de todo género y adaptación del patrimonio arquitectónico, con el fin de dar sede a los servicios públicos que presta el Ayuntamiento, la conservación y el mantenimiento integral de los edificios, instalaciones
y, en general, del patrimonio arquitectónico del Ayuntamiento, el desarrollo de obras de adaptación funcional, mejora, actualización de instalaciones, etc., la redacción de estudios previos y anteproyectos de los equipamientos, la programación y gestión de proyectos de obras, el desarrollo de proyectos de amueblamiento y equipamiento de edificios e instalaciones, la elaboración de pliegos de condiciones técnicas, informes, etc., en materia de edificación municipal y la redacción de proyectos y obras de urbanización interior en las parcelas de equipamientos, el desarrollo de las actividades de los talleres y brigadas municipales y la gestión del laboratorio de ensayos de medio ambiente.

Para el ejercicio de tales competencias, en la Dirección de Servicios de Arquitectura se integran los siguientes Servicios:

1.º Servicio de Conservación de Arquitectura. Le corresponde gestionar el registro de equipamientos municipales y su plan director para la conservación y mantenimiento integral de los edificios, instalaciones y equipamientos municipales, y en general, el patrimonio arquitectónico del Ayuntamiento y desarrollar obras y programas de adaptación funcional, mejora, eficiencia y actualización de instalaciones, etc.

Dicha conservación comprende actividades de gestión, a través de medios propios y/o de contratas, de:

  • Mantenimiento de equipamientos municipales (arquitectura, instalaciones, climatización, ascensores, centros de transformación, etc.).
  • Limpieza de edificios y centros municipales, (centros administrativos, colegios públicos, centros soAmparo).
  • Energía necesaria para el funcionamiento cioculturales y Casa de [electricidad (alta y baja tensión), gas, combustibles líquidos, biomasa, etc.].

2.º Servicio de Talleres y Brigadas. Le corresponde desarrollar las actividades de los Talleres y Brigadas Municipales de Albañilería, Cantería, Carpintería, Fontanería, Herrería, Pintura, Transportes, Parque de Tracción y Taller Mecánico, necesarias para el mantenimiento y mejora de los centros municipales, el desarrollo de actos públicos, fiestas populares, montaje de escenarios y exposiciones, arquitectura monumental, construcción de carrozas, "stands" e infraestructuras para eventos municipales y gestión de la flota de vehículos del Ayuntamiento.

g) Dirección de Servicios de Infraestructuras.

Le corresponde la coordinación y dirección de la actividad municipal en materia de infraestructuras tanto en lo relativo al diseño y ejecución de nuevas actuaciones como a la explotación y conservación de las ya existentes, en los ámbitos de abastecimiento de agua potable, pavimentos de viarios y alumbrado púb lico.

Para el ejercicio de tales competencias, en la Dirección de Servicios de Infraestructuras se integran las siguientes unidades y Servicios:

1.º Oficina Técnica del Viario Público. Le corresponde la organización de la actividad municipal en lo relativo a vías de titularidad municipal, tanto en planificación, diseño y ejecución de obras de nueva planta como en la conservación de los distintos elementos que integran estos viarios.

Para el ejercicio de tales competencias, en la Oficina Técnica del Viario Público se integran los siguientes Servicios:

  • Servicio de Nuevas Actuaciones en Viarios, al que corresponde la propuesta y ejecución en todas sus fases de proyectos y obras relativas a nuevas urbanizaciones o de renovación de viarios ya existentes, así como la realización de todo tipo de estudios sobre propuestas en materia de innovación en materiales y procedimientos a utilizar en las infraestructuras municipales y la ejecución de todo tipo de obras en la vía pública con independencia del Servicio que las promueva; el diseño, ejecución, mantenimiento y explotación de las instalaciones correspondientes al alumbrado público y la coordinación y supervisión de las actuaciones desarrolladas por las compañías de servicios públicos en el ámbito de las infraestructuras energéticas y de telecomunicaciones.
  • Servicio de Conservación de Infraestructuras, al que corresponde la organización, gestión y control de la conservación y mantenimiento de los viarios de titularidad municipal, incluyendo todo tipo de puentes, muros y otras estructuras que forman parte de ellos, y la red de distribución de agua potable; seguimiento de proyectos y obras de urbanización de iniciativa pública y privada, incluyendo la recepción de las infraestructuras que pasen a ser de conservación municipal, así como la supervisión de todo tipo de obras realizadas en la vía pública por iniciativa de particulares o compañías de servicios.

2.º Oficina Técnica del Ciclo Integral del Agua. Con dependencia funcional de la Concejalía Delegada de Medio Ambiente y Sostenibilidad, le corresponde la organización de la actividad municipal en materia de conservación y explotación de todo tipo de instalaciones y redes de distribución de agua potable municipales, así como la coordinación con la empresa municipal que tiene encomendada la gestión del saneamiento de la ciudad de Zaragoza.

Para el ejercicio de tales competencias, en la Oficina Técnica del Ciclo Integral del Agua se integra el siguiente Servicio:

  • Servicio de Explotación del Agua Potable, al que corresponde la planificación, desarrollo, gestión y control de todo tipo de instalaciones y redes de distribución necesarias para una adecuada prestación del servicio de suministro de agua potable, incluyendo el mantenimiento y explotación de la planta potabilizadora, depósitos, bombeos e instalaciones de control de la cloración, el accionamiento de todo tipo de válvulas de la red de agua y el mantenimiento y actualización de los sistemas cartográficos y de información geográfica vinculados a la red municipal de distribu ción de agua potable.

h) Unidades integradas en la Concejalía Delegada de Medio Ambiente y Movilidad.

1.º Departamento de Planificación y Diseño de la Movilidad Urbana. Le corresponde la coordinación y dirección ejecutiva municipal en la planificación y diseño de la movilidad urbana en la ciudad de Zaragoza, sin perjuicio de las funciones de ejecución de todas las obras municipales en la vía pública que se atribuyen a la Dirección de Servicios de Infraestructuras.

Para el ejercicio de tales competencias, en el Departamento de Planificación y Diseño de la Movilidad Urbana se integra el siguiente Servicio:

  • Servicio de Movilidad Urbana, que tiene como cometido principal la planificación, la organización, la ordenación, la gestión y el control del tráfico y del transporte público desde una visión integral de la movilidad urbana. Para ello, planifica y controla la gestión de la ordenación del tráfico, de la explotación de la red viaria y del estacionamiento, en superficie y subterráneo, proyecta y controla el transporte colectivo de viajeros, gestiona el sistema centralizado del tráfico a través del Centro de Control y realiza el control técnico de las afecciones a la circulación y las ocupaciones de la vía pública y seguimiento de la contrata Bizi, así como la gestión jurídica de las acciones derivadas del control de la movilidad.

2.º Departamento de Ecología Urbana. Le corresponde la coordinación y dirección de la actividad municipal en materia de políticas de infraestructura verde, sostenibilidad, biodiversidad, protección del medio ambiente natural, rural y urbano, incluyendo zonas verdes, arbolado y jardinería de dominio y uso públ ico.

Para el ejercicio de tales competencias, en el Departamento de Ecología Urbana se integran las siguientes unidades:

  • Agencia de Medio Ambiente y Sostenibilidad, a la que corresponde la planificación, gestión, coordinación y ejecución de las actividades y directrices relacionadas con las políticas de sostenibilidad, biodiversidad, protección del medio ambiente natural, rural y urbano y prevención de la contaminación; el impulso de acciones y programas que fomenten el ahorro y la eficiencia energética; la gestión de la vegetación en la zona natural de riberas (excluida la limpieza pública) en el término municipal; la gestión de los montes patrimoniales y otros espacios forestales; los programas y actuaciones de educación, información y participación ambiental; y la tramitación de los proyectos, convenios y autorizaciones municipales en materias propias, la tramitación de las medidas de contenido técnico administrativo, los procedimientos tendentes al restablecimiento y la protección de la legalidad en materia ambiental y la tramitación de los procedimientos para el ejercicio de la potestad sancionadora en dichos ámbitos.Asimismo actuará como órgano transversal en las políticas municipales dentro de sus competencias.
  • Servicio de Parques y Jardines, al que corresponde la planificación, diseño, ejecución, organización, gestión y mantenimiento de zonas verdes, parques, jardines de dominio y uso público de la ciudad, así como de los espacios libres de dominio y uso público destinados a la plantación de arbolado y jardinería. La conservación y mantenimiento de las fuentes ornamentales y del mobiliario urbano asociado al uso de ocio y recreativo de las zonas verdes y espacios libres de dominio y uso público.
    El control de uso de espacios públicos y zonas verdes. La gestión de los viveros municipales y de las ornamentaciones de jardinería La elaboración de programas de colaboración y difusión en materia de parques y jardines.

SÉPTIMO.-Área de Servicios Públicos y Personal.

  1. El Área de Servicios Públicos y Personal se organiza para el ejercico de sus competencias en los siguientes órganos:
    • a) Órganos directivos en los que se estructura el Área:
      • Coordinación General del área de Servicios Públicos y Personal, del que dependen los siguientes órganos directivos:
        • Dirección General de Servicios Públicos.
  2. Coordinación General del Área de Servicios Públicos y Personal.
    • 2.1. Corresponde a la Coordinación General del área de Servicios Públicos y Personal las funciones establecidas en el Reglamento Orgánico Municipal, en las materias competencia del área.
    • 2.2. Dependen de la Coordinación General del área de Servicios Públicos y Personal, para el desarrollo de sus funciones, además de la Dirección General de Servicios Públicos, las siguientes unidades:
      • a) Oficina de Recursos Humanos, a la que corresponden las siguientes funciones:
        • Ejecutar las directrices, objetivos estratégicos y políticas de participación, organización y régimen interior que se acuerden por parte de los órganos municipales competentes, velando para que se cumplan las resoluciones y acuerdos.
        • Apoyar y prestar asistencia técnica y jurídico-administrativa directa e inmediata en materia de personal al titular de la Coordinación General de Servicios Públicos y Personal, así como a los demás órganos superiores y directivos del área.
        • Coordinar y supervisar la acción técnica, económica y jurídico-administrativa que se desarrolle por los servicios integrados en la Oficina, en especial la elaboración de informes y dictámenes de carácter jurídico, y la formación de informes y propuestas de resolución de recursos administrativos.
        • Impulsar la acción administrativa, velando por el adecuado funcionamiento de los servicios unidades y negociados integrados en la Oficina y proponer medidas de reforma y mejora.
        • Distribuir recursos, asignar tareas y funciones e instruir al personal adscrito a la Oficina.
        • Elaborar las bases y proponer la correspondiente convocatoria de procesos selectivos de ingreso y de promoción interna.
        • Gestionar de los procesos selectivos de ingreso, promoción interna, interinos y personal laboral temporal.
        • Asistir jurídica y técnicamente a los tribunales y comisiones de selección y valoración.
        • Colaborar con los departamentos y servicios municipales, dotando a estos de los recursos, asesoramiento y capacitación que permita a estos la dirección del personal adscrito a los mismos.
        • Controlar y coordinar la tramitación de las sentencias y demás actos judiciales y de escritos remitidos por parte de otras Administraciones Públicas, organismos o instituciones.
        • Dirigir y proponer la formación de las relaciones de puestos de trabajo y de las plantillas de conformidad con las directrices de la política de gastos de personal que se establezcan por los órganos competentes.
        • Elaborar la propuesta anual de oferta de empleo público.
        • Proponer medidas para el desarrollo de la carrera y promoción profesional de los empleados municipales y de su régimen retributivo.
        • Estudiar, informar y proponer medidas de ordenación y modernización de los procesos de gestión de personal.
    • 2.3. Para apoyo en el ejercicio de estas funciones, en la Oficina de Recursos Humanos, se integran los siguientes Servicios:
      • 1.Servicio de Gestión de Recursos Humanos, al que corresponde la elaboración de propuestas para la adecuación de los recursos humanos a las necesidades existentes, el informe sobre la idoneidad económica de las propuestas de incorporación de personal efectuadas por las áreas, la gestión económica y desarrollo de la política retributiva y presupuestaria en lo que respecta al Capítulo 1 del Presupuesto Municipal, la elaboración, formación, actualización y mantenimiento de la relación de puestos de trabajo, la plantilla, y el registro de personal, la gestión y colaboración de los procedimientos de provisión y selección de puestos de trabajo.
      • 2. Servicio de Relaciones Laborales, al que corresponde la gestión y desarrollo de las políticas de relaciones laborales, en particular las relaciones con las organizaciones sindicales, la coordinación y apoyo de los procesos de elecciones sindicales, la participación en los procesos de negociación colectiva y en las comisiones de seguimiento, la gestión del calendario laboral, jornada laboral, licencias, permisos y tramitación de cuantos expedientes se deriven del Pacto/Convenio de aplicación al personal municipal, régimen sancionador, control de presencia e incompatibilidades. En el Servicio se integra el Centro de Formación.
      • 3. Servicio de Prevención y Salud Laboral, al que corresponde ejecutar las instrucciones que reciba de la jefatura de la Oficina, velando para que se cumplan las resoluciones y acuerdos. Prestar asesoramiento técnico y administrativo en el ámbito de las funciones del servicio. Diseñar, actualizar y proponer la implantación de procedimientos para la mejora de la gestión de personal en el ámbito específico de actuación del servicio. Organizar y gestionar los recursos adscritos al servicio. Promover la mejora de la calidad de los servicios prestados por el servicio, administrado y proponiendo mejorasen el sistema informático de gestión de personal.
        Así mismo le corresponde desarrollar la política preventiva e integrar y dinamizar el Plan de Prevención de toda la estructura municipal, mediante el diseño, aplicación y coordinación de planes y programas de actuación preventiva en función de los riesgos detectados, y el diseño y aplicación de los Planes de Emergencia de los centros y dependencias municipales.
      • Servicio de Organización y Servicios Generales, al que corresponde la prestación de servicios generales comunes a la Corporación y las áreas de Gobierno, la coordinación y supervisión de los servicios de apoyo operativo externalizados, la gestión del Padrón de habitantes y el observatorio de estadística municipal. En el Servicio se integra la Oficina de Relaciones con la Ciudadanía.
  3. Dirección General de Servicios Públicos.
    • 3.1.Depende de la Coordinación General de Servicios Públicos y Personal y le corresponden además de las funciones previstas para las Direcciones Generales en el Reglamento Orgánico Municipal, las siguientes:
      • Disponer y fijar las directrices, objetivos estratégicos y políticas de servicios públicos de acuerdo con las instrucciones que se dicten de forma directa e inmediata por parte de la Consejería Delegada de área de Servicios Públicos y Personal y la Coordinación General del área de Servicios Públicos y Personal.
      • Elaborar los estudios, proyectos y directrices en materia de servicios públicos, con sujeción a las políticas que en dicha materia se dispongan por parte de los órganos de gobierno de la Corporación municipal.
      • Dirigir la acción de las unidades integradas en la Dirección, para el cumplimiento de los objetivos establecidos
      • Estudiar, asistir y asesorar a la Corporación en materias jurídicas y técnicas relacionadas con la gestión de los servicios públicos municipales.
      • Dirigir las relaciones en el ámbito de su competencia, con otras Administraciones Públicas, Organismos e Instituciones.
    • 3.2. Para el ejercicio de dichas funciones, en la Dirección General de Servicios Públicos se integran las siguientes unidades: :
      • 3.2.a) Servicio Contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil, en el que se integra el Cuerpo de Bomberos y Protección Civil, al que le corresponde las funciones atribuidas por la Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón, Decreto 158/2014, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás normativa sectorial de aplicación.
        En concreto, corresponde al Servicio extinción de incendios y protección civil, y, en general, el salvamento de personas, semovientes y bienes en caso de cualquier siniestro o situación de emergencia, la adopción de cuantas acciones y medidas se puedan emprender para evitar o atenuar aquellos riesgos, adquisición de equipos de protección individual de bomberos, así como planificar, gestionar y mantener el Plan de Emergencia Municipal y el Centro de Coordinación Operativa Municipal (CECOPAL).
      • 3.2.b) Oficina Económico-Jurídica de Servicios Públicos.
        La Oficina Económico-Jurídica de Servicios Públicos, a la que corresponden las siguientes funciones:
        • La gestión económica del área, en su contenido de asesoramiento en la elaboración de propuestas de presupuestos del área. Control de la ejecución de créditos y partidas presupuestarias y sus modificaciones. Elaboración de informes económicos de gestión y análisis de costes, en las materias que le sean encomendadas. Asesoramiento económico en todos los asuntos que se le requiera..
        • La gestión jurídica del área, en su contenido de: Soporte jurídico administrativo en la tramitación de los expedientes de servicios públicos. Elaboración de informes, dictámenes y propuestas de carácter jurídico. Asesoramiento jurídico. Redacción, tramitación y modificación de Ordenanzas y Reglamentos en materias competencia del área. Elaboración, simplificación y modelización de procedimientos. Redacción de Pliegos de Condiciones de concesiones administrativas. Propuesta de cláusulas administrativas en contratos. Redacción y tramitación de Convenios.
          El cumplimiento de dichas funciones se realizará mediante la coordinación económico-jurídica de la actividad municipal entre otras en la siguientes materias: Tramitación de la aprobación de los proyectos municipales en materia de servicios públicos.
          Otorgamiento de los títulos habilitantes para el ejercicio de actividades sometidas a autorización administrativa, incluidas las relativas al servicio del taxi. Otorgamiento y posterior gestión de los títulos administrativos que faculten para el uso especial o privativo de bienes de uso público local, incluidas las actividades comerciales circunstanciales y las concesiones administrativas en dominio público. Tramitación de las reclamaciones, en vía extrajudicial y judicial, por los daños ocasionados en bienes de propiedad municipal. Tramitación de los procedimientos para el ejercicio de la potestad sancionadora, en las materias del área, que le sean requeridas. Gestión de los servicios de limpieza pública y recogida y eliminación de residuos. Servicios contra incendios, salvamento y protección civil. Vigilancia y control de los factores medioambientales que influyen en la salud de la población de la ciudad. Los programas de consumo de competencia municipal, incluido la dirección de la Junta Arbitral de Consumo. Inspección municipal de contratas.

        • Para el desempeño de las competencias municipales en materia de salud pública, se integra en la Oficina Económico-Jurídica:
        • El Instituto Municipal de Salud Pública, al que corresponde desarrollar las actividades y servicios previstos en las diferentes normas que tengan como finalidad actuar sobre los determinantes y factores que incidan en la salud y promover y proteger la salud de los habitantes de la ciudad de Zaragoza y que sean competencia del Ayuntamiento de Zaragoza.
          Son funciones del Instituto Municipal de Salud Pública: La Inspección de establecimientos que requieran vigilancia y control sanitario. La vigilancia y control sanitario del agua de consumo humano. Inspección y control sanitario de las actividades sometidas a intervención municipal. La inspección y control sanitario de los establecimientos no permanentes y/o de temporada. Laboratorio oficial de salud pública, para la realización de los análisis de los productos, sustancias y/o elementos derivados del ejercicio del control sanitario de las obligaciones señaladas en los apartados anteriores o de los apoyos que se requieran por otros servicios municipales. El control integral de plagas con incidencia en la salud y que afecten al interés colectivo. La cooperación y coordinación con las distintas administraciones públicas, para la difusión y utilización de datos que pueden facilitar la investigación en salud pública y contribuir al Sistema de información en salud pública de Aragón. La información y atención de quejas o denuncias en las materias señaladas en los apartados anteriores o en aquellas otras que afecten a la salud pública o al interés colectivo de la población.
        • Además se integran en la Oficina Económico-Jurídica, las Unidades de Información al Consumidor, Junta Arbitral de Consumo y la Unidad de Inspección de Contratas a la que le corresponde las funciones encomendadas desde el Observatorio de la Contratación.
      • 3.2.c) Oficina del Espacio Urbano y Gestión de Residuos, a la que corresponde en el ámbito de la limpieza viaria y gestión de residuos: La planificación, organización, gestión y control de los servicios de limpieza viaria. La planificación, organización, gestión y control de la recogida, el transporte y tratamiento de los residuos. La programación y planificación de la prevención de residuos de competencia municipal.

OCTAVO.-Competencias de los Consejeros de las Áreas de Gobierno, Concejales Delegados y órganos directivos.

La Vicealcaldía, las Consejerías Delegadas de las Áreas de Gobierno, las Concejalías Delegadas y los órganos directivos ejercerán las competencias que les confiere el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Zaragoza, así como las demás competencias delegadas o atribuidas anteriormente, que continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o modificadas, entendiéndose realizadas a los órganos que resulten de lo establecido en este Decreto.

NOVENO.-Suplencias de los Consejeros Delegados de las Área de Gobierno, Concejales-Delegados y órganos directivos.

  1. En los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, los Consejeros de las Áreas de Gobierno y los Concejales Delegados podrán ser suplidos temporalmente en el ejercicio de sus funciones por otro Consejero de Área o Concejal Delegado, designado por el Alcalde mediante Decreto.
  2. Los Coordinadores Generales de Área también podrán ser suplidos temporalmente en el ejercicio de sus funciones, en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, por el Coordinador General o el Jefe de Departamento que designe el Alcalde mediante Decreto.

DÉCIMO.-Modificación de la relación de puestos de trabajo.

  1. El área de Servicios Públicos y Personal propondrá al órgano municipal competente las modificaciones de la relación de puestos de trabajo que resulten precisas para el cumplimiento de lo previsto en este Decreto.
  2. Hasta la entrada en vigor de la relación de puestos de trabajo adaptada a las modificaciones establecidas por este Decreto, los departamentos, servicios, unidades administrativas y demás puestos de trabajo se entenderán subsistentes y conservarán su actual denominación, estructura y funciones, quedando adscritos provisionalmente a los órganos determinados en este Decreto de acuerdo con las funciones que tengan asignadas.

UNDÉCIMO.-Entrada en vigor y disposición derogatoria.

  1. El presente Decreto entrará en vigor el día de su firma, debiendo inscribirse en el Libro de Decretos de la Alcaldía y publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia. Igualmente se dará cuanta al Pleno en la primera sesión que celebre.
  2. Quedan sin efecto los Decretos de la Alcaldía de 18 de junio de 2015, por el que se establece la estructura orgánica de la Administración del Ayuntamiento de Zaragoza y se adscriben los organismos públicos municipales, y de 30 de diciembre de 2015, por el que se establece la organización y estructura pormenorizada de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Zaragoza.