Decreto de la Alcaldía de 12 de abril de 2007, sobre utilización de combustibles ecológicos en los vehículos del parque de tracción municipal y de las contratas municipales.

  • Aprobación Definitiva


    12 abril 2007

Texto Vigente

Con el objetivo de impulsar un estrategia corporativa municipal que promueva la utilización de combustibles ecológicos en los vehículos destinados a los servicios públicos y contratas municipales, contribuyendo de esta manera al cumplimiento de los objetivos recogidos en la Agenda 21 Local y las diferentes estrategias institucionales que se desarrollan en la lucha contra el cambio climático y el fomento de energías limpias, dispongo:

PRIMERO.- Utilización de combustibles ecológicos en los vehículos del Parque de Tracción Municipal.

  1. Todos los vehículos nuevos que se incorporen al Parque de Tracción Municipal deberán estar adaptados para poder utilizar combustibles ecológicos, preferentemente biocarburantes.
  2. Los vehículos inferiores a 100 CV de potencia podrán ser de tipo híbrido (eléctrico/biocarburante/combustible tradicional). En este tramo de vehículos y si la tecnología lo permite, también se incorporará el hidrógeno como combustible en algunos vehículos municipales, coincidiendo con la celebración de la Exposición Internacional de 2.008.
  3. La Sección del Parque de Tracción Municipal llevará un seguimiento de los consumos y resultados de los vehículos adaptados que usen biocarburantes, debiendo formular, en colaboración con los diferentes servicios municipales, un plan de renovación del conjunto de vehículo municipales para alcanzar los objetivos anteriormente señalados.
  4. Por el Servicio de Talleres y Brigadas se propondrán las actuaciones necesarias con la finalidad de asegurar el permanente y adecuado repostaje de los referidos vehículos municipales.

SEGUNDO.- Utilización de combustibles ecológicos en las contratas de servicios públicos y obras municipales.

En los pliegos para las nuevas contrataciones de servicios públicos municipales (transporte urbano de viajeros, limpieza pública y recogida de basuras, mantenimiento de zonas verdes, etc...) o de obras municipales, se valorará dentro de los criterios de adjudicación que los vehículos y maquinaria incluidos en la contrata estén adaptados para poder utilizar combustibles ecológicos o energías limpias.

TERCERO.- Entrada en vigor y comunicación.

  1. El presente Decreto entrará en vigor el día de su firma, debiendo inscribirse en el Libro de Decretos de la Alcaldía.
  2. A los efectos de cumplimentar los aspectos contemplados en este Decreto, se notificará a todas las Áreas municipales para que sean recogidos en los correspondientes pliegos. Igualmente se divulgará el contenido de la estrategia corporativa municipal en esta materia, para general información de la ciudadanía.