Señalización Obligatoria para Locales con Equipo de Música

  • Aprobación Definitiva

    Ayuntamiento Pleno
    20 diciembre 2002

    BOPZ
    25 enero 2003

Texto Vigente

La Alcaldía-Presidencia en fecha 20 de diciembre de 2002, resolvió lo siguiente:

Primero. -Aprobar la homologación de la placa de información general exigible para las actividades de locales públicos en los que se disponga de equipo de música o en los que se desarrollen actividades musicales, conforme al artículo 50-1. de la Ordenanza para la protección contra ruidos y vibraciones.
Segundo. -La placa será de aluminio o latón de 200 x 180 milímetros y 2 milímetros de espesor, con el texto grabado en bajorrelieve. Se sujetará mediante cuatro agujeros de 8 milímetros de diámetro avellanados, para el anclaje de la placa.
Tercero. -La altura máxima de colocación en la fachada exterior del establecimiento será de 2 metros y la mínima de 1,80 metros, medidos desde la rasante de la acera.
Cuarto. -Corresponderá al titular de la licencia de apertura la conservación, mantenimiento y limpieza de la placa, en aras a asegurar que resulte perfectamente visible en todo momento y legible su contenido. En consecuencia, los Servicios municipales, en todo momento, podrán requerir la adecuación de las placas a tales condiciones.
Quinto. -Previamente a su colocación, a la placa se le incorporará un sello en seco por el departamento correspondiente del Area de Urbanismo.

En cuanto al presente acuerdo, al tratarse de un acto definitivo en vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el capítulo II del título VII de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa concordante. No obstante y con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la recepción del presente requerimiento (art. 107 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero). Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime pertinente.

Zaragoza, 8 de enero de 2003. -La jefa del Servicio, Concepción Rincón Herrando.