Organizaci�n Municipal

MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA PARA SU DEBATE Y APROBACION EN EL PLENO MUNICIPAL DE 30.10.2015

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las Cortes de Aragón aprobaron en el último pleno de la pasada legislatura la ley 5/2015 de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón en la que se modificaba el régimen por el cual las Administraciones Públicas de la comunidad autónoma de Aragón.

Diversos colectivos del ámbito social manifestaron en su día su disconformidad con un texto legal que fue aprobado sin consenso y que impone una serie de condiciones y gravámentes que dificultan y condicionan la tarea de muchas entidades cuyo trabajo en el ámbito de la acción social y atención a personas necesitadas por distintas circunstancias, resulta absolutamente crucial.

Esta disconformidad fue puesta de manifiesto claramente por estas entidades en el Consejo Sectorial de Acción Social de este Ayuntamiento celebrado el pasado 8 de octubre. En concreto las entidades denuncian tres puntos de esta ley que consideran de especial relevancia:

En primer lugar, la ley destila una intencionalidad claramente desconfiada y paterna lista hacia el tejido social aragonés y zaragozano, a pesar de que su trayectoria avala la confianza en su trabajo y acredita un reconocimiento sin paliativos por su ingente tarea de apoyo a la Acción Social dentro de la ciudad y la comunidad autónoma.

En este sentido, por un lado la ley no permite que se consideren gastos subvencionables los intereses de los préstamos que las entidades deben solicitar para ejecutar sus proyectos debido a la tardanza con la que se tramita habitualmente el pago efectivo de las subvenciones.

Esto implica, naturalemente un gasto que deben afrontar las entidades desde sus recursos propios, algo que se agrava con el hecho de los proyectos presentados sólo puedan ser subvencionados hasta el 80% del mismo, debiendo el 20% restante, ser financiado con recursos propios de la entidad. Naturalmente, ese umbral impide a las entidades de tamaño medio o pequeño abordar sus propios proyectos.

Por último, la ley impone asímismo la obligación, en aquellos proyectos cuyo importe supere los 50.000 euros la realización de una auditoria externa la cual. aun cuando puede ser considerada gasto justificable dentro de la subvención, supone detraer un importe medio de 3.000 euros del importe del proyecto, mermando de ese modo el alcance del mismo.

Nos encontramos de esta forma ante una ley que limita seriamente la capacidad de las entidades sociales de desarrollar su actividad social con plenitud y eficacia. Una ley que fija trabas administrativas que, bajo el pretexto de un mayor control financiero, implica gastos y desvíación de los importes concedidos del fin último de la subvención a gastos de gestión y/o burocráticos.

Por ello, solicitamos que el Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza apruebe la siguiente:

MOCiÓN

  1. Instar al Gobierno de Aragón a impulsar una reforma consensuada de la ley 5/2015 de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, que elimine las limitaciones y trabas administrativas que el actual texto incorpora y que implican una merma del alcance de los proyectos de Acción Social desarrollados por los colectivos y entidades sociales.

Fdo: Carlos Pérez Anadón