Ayuntamiento

Tablón Municipal

Servicio de Administración de Suelo y Vivienda

Aprobar inicialmente la expropiación de la finca resultante nº 19.1 del Proyecto de Reparcelación del Área de Intervención G-44-2

El Consejo de Gerencia con fecha 25 de julio de 2018 ha acordado lo siguiente:

PRIMERO. Aprobar inicialmente la expropiación de la finca resultante nº 19.1 del Proyecto de Reparcelación del Área de Intervención G-44-2, con una superficie de 4.719,30.-m2, propiedad en una participación indivisa de 77,78% de la Entidad Mercantil "Explotaciones Agropecuarias e Industriales Glam, S.A." (GLAMSA), en una participación indivisa de 11,11% de Don Manuel Sancho Gañarul y en una participación indivisa de 11,11% de Don José Antonio Sola Romeo, como consecuencia de la vulneración de las condiciones que rigieron la liberación de la expropiación para los propietarios de terrenos incluidos en dicho ámbito urbanístico, entre las que constaba el impago de las cuotas de urbanización, asumiendo la Entidad "Zaragoza Alta Velocidad 2.002, S.A." la condición jurídica de beneficiaria de la expropiación y, de conformidad con lo determinado en el art. 18 de la vigente Ley de Expropiación forzosa y 17 de su propio Reglamento, señalar un plazo de quince días, que comenzará a contarse desde aquél en que aparezca la última publicación del anuncio del presente acuerdo, para que todas las Corporaciones, Entidades y particulares que pudieran resultar interesados, formulen ante la Alcaldía, por escrito y de modo razonado, cuantas reclamaciones estimen pertinentes sobre la necesidad de ocupación de los terrenos afectados. Igualmente cualquier persona podrá formular alegaciones, si bien a los solos efectos de la subsanación de los errores que, en su caso, se pudieran detectar. Vulnerando
La finca objeto de expropiación queda descrita de la siguiente forma:
"PARCELA M-17.1. - Parcela edificable en la ciudad de Zaragoza, término de la Almozara, situada al Oeste de la Estación Delicias, dentro del futuro Barrio del Oeste, se corresponde con parte de la Manzana 19 del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución Única del Área de Intervención G-44-2, calificada como Parcela Residencial Vivienda Colectiva y Otros Usos Compatibles en la Zona A2, Grado 1. Tiene forma ligeramente trapezoidal. Tiene una superficie de cuatro mil setecientos diecinueve metros con treinta decímetros cuadrados (4.719,30.euros). Linda: Norte, zona verde pública, calificada como sistema local, que separa la finca de viario público de sistema general que comunica la finca con la comunicación del Corredor Verde- Valdefierro con el ángulo noroeste de la unidad de ejecución; Sur, con zona verde pública, calificada como sistema local, que separa la finca de la finca resultante número 17; Este, viario público de nueva apertura, calificado como sistema local, que separa la finca de la finca resultante número 18; y Oeste, finca resultante 19.2 de este Proyecto de Reparcelación, adjudicada a Zaragoza Alta Velocidad 2.002, S.A.".

SEGUNDO. El contenido del apartado anterior se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en un periódico local de publicación diaria y en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.

TERCERO. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones sin que se hayan producido o resueltas las que se formulen, se aprobará definitivamente la expropiación de la finca descrita en el apartado primero del presente acuerdo, de conformidad con el artículo 21 de la Ley de Expropiación Forzosa.

CUARTO. Solicitar a los propietarios de los bienes sujetos a expropiación que, en el indicado plazo de alegaciones, pongan en conocimiento de la Corporación expropiante la posible existencia de titulares de derechos de ocupación o arrendamientos en las fincas afectadas, indicando en dicho supuesto nombre y domicilio de dichos afectados, con aportación de los contratos de arrendamiento o títulos que legitiman dichos derechos de ocupación y con expresión de las rentas que se satisfacen por dicho concepto, todo ello con el fin de iniciar el procedimiento para el desahucio en vía administrativa reseñado en los arts. 64 y ss. del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón.

QUINTO. Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Sostenibilidad o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.

I. C de Zaragoza,30 de julio de 2018
ELTITULAR DEL ORGANO DE APOYO AL GOBIERNO DE ZARAGOZA P.D. DE FECHA 23 DE AGOSTO DE 2017 EL DIRECTOR DE ESTUDIOS Y PROGRAMAS DE  SUELO.Y VIVIENDA, P.A. Fdo. Pedro Marín Ballabriga 

Fecha de Publicación del Tablón Municipal: 22/08/2018