Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

Licencias Urbanísticas. Nueva edificación (X404)

CONCEPTO

Comprende los siguientes supuestos:
Obras de nueva planta: son obras mayores consistentes en la construcción de una nueva edificación sobre un suelo vacante.
Obras de sustitución: son obras mayores consistentes en la construcción de una nueva edificación cuando previamente se ha derribado una edificación existente o parte de ella, sin que entre la demolida y la nueva se mantenga, en términos generales, una especial relación de similitud.
En determinadas circunstancias, detalladas en el capítulos 3.2 de las Normas Urbanísticas, puede exigirse la sustitución con mantenimiento de la fachada del edificio anterior.
Obras de reconstrucción: son obras mayores de nueva construcción cuya finalidad es la reposición, en su mismo emplazamiento, de una edificación preexistente total o parcialmente desaparecida.
Se incluyen obras de reconstrucción integral, mediante las que un edificio o parte de él que ha sido demolido se vuelve a construir fidedignamente en todos sus elementos estructurales, tipológicos y decorativos, tanto interiores como exteriores; y obras de reconstrucción esencial, en el caso de que la reedificación sea solo aproximada o sustancialmente igual a la obra desaparecida, reproduciéndose en cualquier caso con exactitud los elementos fundamentales de la fachada y el volumen exterior envolvente.
Obras de ampliación: son obras mayores mediante las que se aumenta la superficie construida en planta o el volumen de un edificio existente. Este aumento se puede obtener mediante sobreelevación o adición de una o mas plantas sobre la altura existente, por construcción de entreplantas interiores ahí donde la distancia entre forjados lo permita, o por edificación de espacios libres anejos a la edificación actual. (art. 1.3.7. de las Normas del PGOU de 2001, TR de 13.12.2002, BOA 3.01.2003).

TIPOLOGIA

Con carácter general son los supuestos contemplados en el art. 1.3.7 del PGOU de 2001 y art. 8.1.2.1 de las Ordenanzas de Edificación y art. 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística.
Como licencia de obra mayor de nueva edificación existen los siguientes tipos:

  •   De nueva planta: Obras de construcción en solares vacantes.
  •   De sustitución: obras de construcción tras derribo de edificación preexistente
  •   De reconstrucción: obras de construcción para reponer edificación preexistente desaparecida
  •   De ampliación: Se incrementa el volumen construido o la mayor ocupación en planta de edificaciones existentes.

Documentación General

Documentación Técnica

  • Dos proyectos t¿cnicos (si la obra se encuentra dentro del Centro Hist¿rico o de otros centros de inter¿s o conjuntos urbanos protegidos tres proyectos) suscritos por t¿cnico competente y debidamente visados por el Colegio Oficial correspondiente.
    En el proyecto b¿sico s¿lo se definen de modo preciso las caracter¿sticas generales de la obra. El proyecto de ejecuci¿n desarrolla el proyecto b¿sico con la determinaci¿n completa de detalles y especificaciones de todos los materiales, elementos, sistemas constructivos y equipos. En ambos proyectos el contenido ser¿ el de la "Gu¿a de Contenidos para Proyecto B¿sico/Ejecuci¿n".
    ¿

  • Hoja Estadística de Edificación y Vivienda (2 ejemplares).

  • Otros documentos:

    - Anexo a la memoria indicando los siguientes datos:

        Si el acceso al estacionamiento es por calle peatonal, malla básica o de acceso restringido, indicación del número de expediente municipal aprobado en la consulta previa.
        Fotografias de las fachadas de los edificios colindantes, en el supuesto de que la parcela se encuentre en el ámbito del Centro Histórico o en los conjuntos urbanos de interes.
        Indicación del numero de viviendas, oficinas, plazas de estacionamientos, y cuartos trasteros previstos en el proyecto.
        Referencia expresa a la clasificación y calificación urbanística del planeamiento de aplicación a la parcela, así como justificación del cumplimiento de los parámetros urbanísticos correspondientes a la zonificación.
        Indicación del cumplimiento de los deberes legales de cesión y urbanización, exigibles en función de afecciones a la parcela por chaflanes, nuevas alineaciones con destino a viales públicos y proyecto de obras ordinarias correspondiente.
        Justificación fehaciente de los servicios urbanísticos existentes en la confrontación de la parcela para su calificación o no como solar.

     - En el Centro Histórico: Certificado de la Diputación General de Aragón sobre libertad de restos arqueológicos del solar y Plano de integración en el entorno.

     - En Montecanal: Informe de la Junta de Compensación.

     - En Valdespartera:

     - Proyecto constructivo de instalación neumática privada de Residuos Sólidos Urbanos.

     - Formulario de solicitud de conexión a la red municipal (Modelo establecido en el Anexo 1 de la Instrucción para la instalación privada de un sistema de recogida neumática de residuos urbanos en Valdespartera)

     - Autorización de servidumbre a favor del Ayuntamiento/Concesionario (Modelo establecido en el Anexo 2 de la Instrucción.

    - En el Zorongo: Informe de la Entidad Urbanística de Conservación.

     - Si el proyecto de ejecución no desarrollase integramente al proyecto básico, sino que se plantease dicho desarrollo a través de fases de distintos proyectos de ejecución, debe aportar programa de predeterminación de fases.

     - Si la edificación es simultánea con la urbanización se cumplirá con lo exigido en los artículos 238 y siguientes de la Ley 3/2009 de Urbanismo de Aragón.

    Además, según el tipo de obra, deberán acompañar la siguiente documentación:

    - Si se trata de obra mayor de nueva planta: Señalamiento de alineaciones y rasantes en obras de nueva planta, ampliación o variación del uso objetivo de los edificios.

    - Si se trata de obras de ampliación:

        Plano de la edificación en la parcela, distinguiendo gráficamente la ampliación, acotando los linderos de la misma y las distancias a los edificios y/o puntos de referencia próximos, así como cotas de relación.
        Planos acotados escala mínima 1:100 relacionando el estado actual de la edificación y la ampliación proyectada.
        Planos de descripción gráfica en alzado que permita observar la adecuación de la ampliación proyectada al edificio existente y su entorno.

  • Plano topográfico de escala mínima 1:1000 de la parcela y de emplazamiento del edificio en la parcela acotando los linderos de la misma, las distancias a los edificios y/o puntos de referencia próximos, y las cotas de nivel de la planta baja con relación a espacios libres exteriores, calles y fincas colindantes, en su caso.