Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

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Asunto
Criterios interpretación normativa del Sector 51.1
Normas afectadas
Plan Parcial del Sector 51/1
Cuestión planteada
Diversas consultas integradas en el texto del Acuerdo (a, b, c y d).
Acuerdo

PRIMERO.- Aprobar criterio interpretativo de la normativa del Plan Parcial del Sector 51/1, como planeamiento recogido del Plan General de 2001, puesta en relación con las Normas Urbanísticas del citado PGOU, a instancia de la consulta formulada por Dª Carmen Minguillón París, Administradora de la entidad mercantil ARAZAS SA, en los siguientes términos:

Consulta:
a) "si de acuerdo con los criterios de interpretación de los documentos del Plan contenidos en el art. 1.1.6 de las Normas Urbanísticas, y en especial el criterio de la realidad social del momento y el lugar en que se apliquen cabe interpretar que la normativa de usos aplicable al Plan Parcial de Ordenación del Sector S-51/1, aprobado definitivamente el 28 de septiembre de 1992 y que figura como planeamiento recogido en el P.G.O.U., es la que corresponde a las zonas A-2 de dicho Plan General".

Consulta:
b) Si de la normativa sobre usos que corresponde a la Zona A-2 del P.G.O.U.l01 debe entenderse que el uso principal en el Sector 51/1 es el de vivienda colectiva y entre los usos compatibles y complementarios está el uso de "oficinas".

Consulta:
c) Si, sentado lo anterior, y habida cuenta de las condiciones dimensionales y de aprovechamiento previstas para la Zona A-2, puede sostenerse que, en este momento, teniendo en cuenta la realidad social en lo relativo a la superficie de una vivienda en emplazamientos como el que se contempla, sería posible, a pesar de lo señalado en el cuadro de aprovechamientos del Plan Parcial, incrementar la superficie edificable de los usos compatibles y complementarios ("oficinas") hasta un 16,66% de la total superficie edificable de la parcela, sin que por ello se alteren las condiciones de aprovechamiento (norma 4.2.5, apartado 2.1.c) del P.G.O.U.l01).

Consulta:
d) Si con arreglo a dicha interpretación, en la parcela residencial n° 16 del Plan Parcial del Sector S-51/1 para una total superficie edificable de 4.846,14 m2 se podría destinar, conforme al art. 4.2.5. de las Normas Urbanísticas del P.G.O.U./01, como edificabilidad máxima de uso residencial la de 4.038,77 m2, debiendo destinarse los 807,36 m2 restantes a usos compatibles y complementarios."

Criterio:
a). En el ámbito del Plan Parcial del Sector 51/1, la normativa de aplicación en cuanto a los usos compatibles es la que corresponde a las zonas A2 del Plan General de Ordenación Urbana de 2001 (Texto Refundido de 2002).

Criterio:
b) En el sector 51/1 del Plan General de Ordenación Urbana el uso principal es el de vivienda colectiva, y entre los usos compatibles se encuentra el de oficinas.

Criterio:
c) De conformidad con lo expuesto en este informe, se considera que la superficie destinada en un principio a usos residenciales, que no se haya consumido con dichos usos, se puede destinar a los que resulten compatibles de acuerdo con la normativa de las zonas A2 del Plan General de Ordenación Urbana de 2001 (Texto Refundido de 2002). En ellas no figura el porcentaje al que podrían llegar estos usos e incluso figura la posibilidad de edificios de usos exclusivos distintos del de vivienda.

Criterio:
d) En concordancia con lo anterior, los 807,36 m2 a los que se hace referencia en este apartado se considera que pueden destinarse a los otros usos compatibles y complementarios de las zonas A2, distintos del de vivienda.

Todo ello, de acuerdo con el informe técnico de la Dirección de Servicios de Planificación y Diseño Urbano, de 3 de septiembre de 2004.

SEGUNDO. Notifíquese el acuerdo a la interesada, adjuntándole copia del informe técnico que contiene el criterio interpretativo

TERCERO.- Comuníquese el presente acuerdo a todos los Servicios de la Gerencia Municipal de Urbanismo para su aplicación, e insértese en la aplicación de la red informática de los criterios interpretativos de la Gerencia de Urbanismo, a través de la Unidad Técnica de Sistemas.
Órgano Resolutorio
Ayuntamiento Pleno
Nº Expediente
1.102.804/2004
Fecha de Aprobación
29/10/2004