Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

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Asunto
Ancho calles. Criterio interpretativo para la aplicación de los arts. 4.1.12 punto 2.2 y 4.1.4.6 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana, sobre la zonificación A1, grado 3, subgrado 2.
Normas afectadas
Arts. 4.1.12 punto 2.2 y 4.1.4.6 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana.
Cuestión planteada
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Acuerdo
PRIMERO.- Adoptar como criterio de interpretación para la aplicación de los arts. 4.1.12 punto 2.2 y 4.1.4.6 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana, sobre la Zonificación A 1, grado 3, subgrado 2, lo siguiente:
"Se considerará a las travesías de Casetas y Santa Isabel como las calles de mayor ancho, a los efectos de aplicar los parámetros establecidos en el cuadro del artículo 4.1.12 para dichas travesías a las fincas calificadas como A1, grado 3, subgrado 2, que tengan confrontación con alguna de las plazas a las que afluyen las citadas travesías, en lo que corresponda a la longitud de fachada que confronte con la plaza. Para el resto de fachadas se aplicará lo que específicamente corresponda según el mismo cuadro."
Todo ello de conformidad con el informe técnico emitido por la Dirección de Servicios de Planificación y Diseño Urbano de fecha 15 de febrero de 2007, puesto en relación con el de 27 de octubre de 2005.

SEGUNDO.- Comuníquese el presente acuerdo a los Servicios de la Gerencia de Urbanismo para su información y conocimiento.
Órgano Resolutorio
Excmo. Ayuntamiento Pleno
Nº Expediente
141116/2007
Fecha de Aprobación
16/02/2007