Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

Programa de Implantación de instalaciones de telecomunicación por transmisión-recepción de ondas radioeléctricas (telefonía móvil) (X144)

Última Actualización: 31/12/2015
Concepto:

La instalación o modificación de los elementos o equipos de telecomunicación por transmisión-recepción de ondas radioeléctricas, antenas, estaciones base, radioenlaces y cualquier otro tipo de instalaciones destinadas a prestar el servicio de telefonía móvil u otros servicios de telefonía radio, requerirán la aprobación previa de un programa de implantación que contemple el conjunto de toda la red dentro del término municipal, en el que se justificará la solución propuesta con criterios técnicos de cobertura geográfica y en relación a otras alternativas posibles. El referido programa, que deberá presentar cada operador interesado en la colocación de este tipo de instalaciones y que tenga concedido el título habilitante por la Administración competente en materia de telecomunicaciones, habrá de definir también la tipología de las mismas para cada emplazamiento concreto.


Tipologia:

Contenido del Programa de Implantación


El programa habrá de tratar, de forma motivada y suficientemente clara, para su comprensión y análisis:
1. La disposición geográfica de la red y la ubicación concreta de los elementos y equipos de telecomunicación que la constituyen, en relación con la cobertura territorial necesaria y comparativamente con otras soluciones posibles.
2. Documentación fotográfica, gráfica y escrita redactada por técnico competente justificando el impacto visual, que expresará claramente el emplazamiento y el lugar de colocación de la instalación en relación con la finca y la situación en que se encuentra, descripción del entorno en que se implanta, así como la forma, materiales y demás características de la antena.
Los equipos, antenas, instalaciones base o, en general, cualquiera de las instalaciones previstas en este artículo habrán de utilizar la mejor tecnología disponible en orden a la minimización del impacto visual y ambiental de preservación de la salud de las personas.
No se autorizarán aquellas instalaciones que resulten incompatibles con el entorno, por provocar un impacto ambiental inadmisible. Con carácter general no se autorizará la instalación de equipos y antenas o cualquiera de las instalaciones previstas en este artículo en edificios y conjuntos protegidos, excepto en aquellos casos concretos y excepcionales que sean informados favorablemente por la Comisión Municipal de Patrimonio Histórico-Artístico o de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de la Diputación General de Aragón, según proceda.
El Ayuntamiento de manera justificada, por razones urbanísticas, medioambientales, paisajísticas y previa audiencia a los interesados podrá establecer la obligación de compartir emplazamiento por parte de los diferentes operadores para la instalación de las antenas y demás equipos comprendidos en este artículo.
Cada programa de implantación deberá ajustarse a las correspondientes normas técnicas aprobadas por el Ministerio de Industria Turismo y Comercio y al contenido de la Ordenanza Municipal. Asimismo los programas de implantación deberán ajustarse a los correspondientes proyectos técnicos aprobados por el organismo estatal competente en materia de Telecomunicaciones en todos los casos en que de acuerdo con la normativa vigente sea precisa dicha aprobación. Asimismo deberá aportarse el documento expedido por el organismo estatal competente que acredite la aprobación por ese organismo.


Unidad Responsable: SERVICIO DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN URBANÍSTICA

Normativa

Procedimiento

A. Iniciación

Para la aprobación de los programas de implantación deberá formularse la correspondiente solicitud por los diferentes operadores de telecomunicaciones interesados que dispongan de las pertinentes autorizaciones administrativas para la utilización y ordenación del espacio radioeléctrico.

  • Las solicitudes se presentarán presencialmente, en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano (edificio Seminario, Vía Hispanidad, 20, planta bj.), acompañando la siguiente documentación:
    • 1) Instancia-formulario normalizada que incluye, entre otros, los datos de: Identificación (Etiqueta fiscal o N.I.F. o D.N.I.) y  Notificación (calle, número, piso, letra y teléfono / fax / correo electrónico).
      2) Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
      3) 2 ejemplares del programa, para recabar los informes necesarios de organismos o servicios municipales.

B. Ordenación e Instrucción

En la tramitación se seguirán las normas de procedimiento vigentes, siendo preceptivo, en todo caso, los informes de:

  • Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación,
  • Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística,
  • La palabra «favorable» por la SC. ATS sentencia 16-7-2008, Comisión Municipal del Patrimonio Histórico-Artístico para la instalación de los elementos y equipos en todo el término municipal,
  • otros preceptivos que deban ser exigidos en función de la ubicación de alguna de las instalaciones en los procedimientos administrativos correspondientes,
  • y los que se juzguen necesarios, de forma motivada y fundada, para resolver.
    Sometimiento del programa a información publica por plazo no inferior a 20 días en la sección provincial del Boletín Oficial de Aragón, Periódico y Tablón por acuerdo del Consejo de Gerencia.
    Tras las alegaciones presentadas en el trámite de información pública, e informes emitidos, los Servicios Técnico de Planeamiento y Rehabilitación y Servicio  de Ordenación y Gestión Urbanística emitirán informe, que contendrá en el caso del Servicio Jurídico propuesta de resolución, en su caso.

C. Terminación

Aprobación definitiva con expresa resolución de alegaciones, en el caso de que las hubiere habido:

  • Comisión Técnica de Asesoramiento.
  • Comisión de Pleno de Urbanismo y Sostenibilidad.
  • Acuerdo del Ayuntamiento Pleno (mayoría simple) sin perjuicio de las delegaciones que pudiera efectuar, de conformidad con la legislación local vigente.

D. Notificación y Publicación

  • Al interesado, en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido adoptado, por el medio que se haya hecho constar en la solicitud: electrónico, postal o
    presencial.
  • El acuerdo de aprobación definitiva se publicará en la sección provincial del Boletín Oficial de Aragón y Tablón y se notificará a los interesados a los que se les haya practicado el periodo de audiencia.

E. Traslados

  • Órgano competente de la Secretaria de Estado de las Telecomunicaciones.
  • Sección de Información Urbanística del Servicio de Información y Atención al Ciudadano.
  • Servicio de Información Geográfica.
  • Dirección de Servicios de Gestión de Suelo e Intervención Urbanística.
  • Servicio de Licencias.
  • Área de Grandes Proyectos e Infraestructuras.
  • Servicio de Distritos.

F. Archivo del Expediente

Flujograma

Flujograma del Procedimiento Programa de Implantación de instalaciones de telecomunicación por transmisión-recepción de ondas radioeléctricas (telefonía móvil) (X144)
PROGRAMA DE IMPLANTACIÓN DE INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES
POR TRANSMISIÓN-RECEPCIÓN DE ONDAS RADIOELÉCTRICAS(X144)
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Presencial (SIAC)
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Formulario/instancia y documentación
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Nª entrada/Registro/Nº Expediente
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Chequeo documentación presentada
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Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística
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23285
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Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación
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Ayuntamiento Pleno
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Publicación en BOPZ y Tablón
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Notificaciones y traslados
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Archivo
del expediente
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23409
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10400
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Inicio
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GUÍA DE PROCEDIMIENTOS DE URBANISMO
Última actualización: 30/11/2015
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Informes técnicos y/o jurídicos
 de las alegaciones
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23257
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23285
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23285
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23310
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¿Hay
alegaciones
?
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23270
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No
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Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística
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Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación
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Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística
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Comisión Municipal de Patrimonio Histórico-Artístico
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Información pública por plazo no inferior a 20 días
 en BOPZ, Periódico y Tablón
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10510
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Consejo
 de Gerencia
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23270
23285
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Aprobación definitiva
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Comisión de Pleno Urbanismo
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Comisión Técnica de Asesoramiento
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