Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

Licencia Urbanistica de Obra Mayor, nueva edificación (X404) -ACTUALIZADO 2012-

Última Actualización: 11/04/2012
Concepto:

Comprende los siguientes supuestos:

 a) Obras de nueva planta: son obras mayores consistentes en la construcción de una nueva edificación sobre un suelo vacante.
b) Obras de sustitución: son obras mayores consistentes en la construcción de una nueva edificación cuando previamente se ha derribado una edificación existente o parte de ella, sin que entre la demolida y la nueva se mantenga, en términos generales, una especial relación de similitud.
En determinadas circunstancias, detalladas en el capítulo 3.2 de las Normas Urbanísticas, puede exigirse la sustitución con mantenimiento de la fachada del edificio anterior.
c) Obras de reconstrucción: son obras mayores de nueva construcción cuya finalidad es la reposición, en su mismo emplazamiento, de una edificación preexistente total o parcialmente desaparecida.
Se incluyen obras de reconstrucción integral, mediante las que un edificio o parte de él que ha sido demolido se vuelve a construir fidedignamente en todos sus elementos estructurales, tipológicos y decorativos, tanto interiores como exteriores; y obras de reconstrucción esencial, en el caso de que la reedificación sea solo aproximada o sustancialmente igual a la obra desaparecida, reproduciéndose en cualquier caso con exactitud los elementos fundamentales de la fachada y el volumen exterior envolvente.
d) Obras de ampliación: son obras mayores mediante las que se aumenta la superficie construida en planta o el volumen de un edificio existente. Este aumento se puede obtener mediante sobre elevación o adición de una o mas plantas sobre la altura existente, por construcción de entreplantas interiores ahí donde la distancia entre forjados lo permita, o por edificación de espacios libres anejos a la edificación actual (art. 1.3.7. de las Normas del Texto Refundido del PGOU de 2007).


Tipologia:

Con carácter general son los supuestos contemplados en el art. 1.3.7. del PGOU de 2001 y art. 1 del Reglamenteo de Disciplina Urbanística.

Como licencia de obra mayor de nueva edificación existen los siguientes tipos:

  • De nueva planta: Obras de construcción en solares vacantes.
  • De sustitución: obras de construcción tras derribo de edificación preexistente
  • De reconstrucción: obras de construcción para reponer edificación preexistente desaparecida
  • De ampliación: Se incrementa el volumen construido o la mayor ocupación en planta de edificaciones existentes.

 


Unidad Responsable: UNIDAD JURIDICA DE PROYECTOS DE EDIFICACION

Normativa

Con carácter general:
  • Planeamiento Específico.
  • Decreto 50/1993 de 19 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las condiciones higiénico sanitarias de las piscinas de uso público.
  • Real Decreto Ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.
  • Decreto 1627/1997, 29 de octubre, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
  • Decreto 15/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón, de medidas urgentes sobre garantías de urbanización en la ejecución urbanística.
  • Normativa específica de carácter sectorial.
  • Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
  • Real Decreto 346/2011 de 11 de marzo, por el que se aprueba el Regalmento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones
  • Real Decreto 1.371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el DB-HR «protección frente al ruido».
  • Real Decreto 47/2007, por el que se aprueba el procedimiento para la certificación de la eficiencia energética de los edificios de nueva construcción.
  • Ordenanza Municipal de ecoeficiencia energética y utilización de energías renovables en los edificios y sus instalaciones (Ayto. Pleno, 24-07-2009, B.O.P. 24-08-2009).

Procedimiento

A. Iniciación

  • Las solicitudes se presentarán por los siguientes medios:
    a) Electrónicamente a través de www.zaragoza.es.
    b) Presencialmente, en el Servicio de Información y Atención al ciudadano (edificio Seminario, Vía Hispanidad, 20), acompañando, en ambos casos, la siguiente documentación:
    • 1) Instancia-formulario normalizada (modelo 450) que incluye, entre otros, los datos de:
      - Identificación: Etiqueta fiscal o N.I.F. o D.N.I.
      - Notificación (calle, número, piso, letra y teléfono / fax / correo electrónico).
      - Actividad y antecedentes en su caso.
    • 2) Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
    • 3) Justificación de pago electrónico o copia de Documento de ingreso de la Autoliquidación.
    • 4) 2 copias de Ficha de determinación de costes de referencia visada por el Colegio Oficial, (Ordenanza Fiscal 10 y 13).
      Además, según el tipo de obra, deberán acompañar la siguiente documentación:
  • Si se trata de obra mayor de nueva planta:
    • 5) Señalamiento de alineaciones y rasantes en obras de nueva planta, ampliación o variación del uso objetivo de los edificios.
    • 6) Hoja Estadística de edificación y vivienda (2 ejemplares).
    • 7) Dos proyectos técnicos (si la obra se encuentra dentro del Centro Histórico o de otros centros de interés o conjuntos urbanos protegidos tres proyectos) suscritos por técnico competente y debidamente visados por el Colegio Oficial correspondiente que incluya como contenido el siguiente (sólo obligatorio en el proyecto de ejecución):
      - Plano topográfico de escala mínima 1:1000 de la parcela y de emplazamiento del edificio en la parcela acotando los linderos de la misma, las distancias a los edificios y/o puntos de referencia próximos, y las cotas del nivel de la planta baja con relación a espacios libres exteriores, calles y fincas colindantes, en su caso.
  • En caso de presentar proyecto básico, en el que sólo se definen de modo preciso las características generales de la obra, aportar lo siguiente:
    - Memoria:
    • Descriptiva:
      Agentes.
      Información previa.
      Descripción del Proyecto.
      Prestaciones del edificio.
    • Constructiva:
      Sustentación del edificio.
    • Cumplimiento del Código Técnico:
      Seguridad en caso de Incendios.
    • Apartado justificativo de cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ordenanza de Ecoeficiencia Energética.
    - Planos:
    • Plano de situación.
    • Plano de emplazamiento.
    • Plano de urbanización.
    • Plantas generales.
    • Planos de cubiertas.
    • Alzados y secciones.

    - Presupuesto aproximado.

    - Anexo de cumplimiento de la Normativa de supresión de barreras arquitectónicas.

    - Anexo de gestión de residuos, de acuerdo al Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava de la Ley de Urbanismo, fianza o garantía para la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición producidos en los actos para los que se solicita la licencia.

    - Si el acceso al estacionamiento es por calle peatonal, malla básica o de acceso restringido, indicación del número de expediente municipal aprobado en la consulta previa.

    - Fotografías de las fachadas de los edificios colindantes, en el supuesto de que la parcela se encuentre en el ámbito del Centro Histórico o en los conjuntos urbanos de interés.

    - Indicación del cumplimiento de los deberes legales de cesión y urbanización, exigibles en función de afecciones a la parcela por chaflanes, nuevas alineaciones con destino a viales públicos y proyecto de obras ordinarias correspondiente.

    - Justificación fehaciente de los servicios urbanísticos existentes en la confrontación de la parcela para su calificación o no como solar.

    -En el Centro Histórico: Certificado de la Diputación General de Aragón sobre libertad de restos arqueológicos del solar y Plano de integración en el entorno.

    - En Montecanal: Informe de la Junta de Compensación.

    - En Valdespartera:
      - Proyecto constructivo de instalación neumática privada de Residuos Sólidos Urbanos.
      - Formulario de solicitud de conexión a la red municipal (Modelo establecido en el Anexo 1 de la Instrucción para la instalación privada de un sistema de recogida neumática de residuos urbanos en Valdespartera)
    - Autorización de servidumbre a favor del Ayuntamiento/Concesionario (Modelo establecido en el Anexo 2 de la Instrucción.

    - En el Zorongo: Informe de la Entidad Urbanística de Conservación.

    • Si el proyecto de ejecución no desarrollase íntegramente al proyecto básico, sino que se plantease dicho desarrollo a través de fases de distintos proyectos de ejecución, debe aportar programa de predeterminación de fases.
    • En caso de proyecto de ejecución, que es la fase que desarrolla el proyecto básico con la determinación completa de detalles y especificaciones de todos los materiales, elementos, sistemas constructivos y equipos, deberá aportarse:

      - Memoria:
              (La memoria descriptiva se ha incluido en el proyecto básico).

    • Constructiva:

    Sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal).
    Sistema envolvente.
    Sistema de compartimentación.
    Sistemas de acabados.
    Sistemas de acondicionamiento e instalaciones, que incluye entre otros el proyecto
    de I.C. de telecomunicaciones.
    Equipamiento.

    • Cumplimiento del Código Técnico:

    Seguridad estructural.
    Seguridad de utilización.
    Salubridad.
    Protección contra el ruido.
    Ahorro de energía.
    Cumplimiento de otras reglamentaciones y disposiciones.

    • Anejos a la memoria:
      Información geotécnica.
      Cálculo de la estructura.
      Protección contra el incendio.
      Instalaciones del edificio.
      Eficiencia energética.
      Estudio de Impacto Ambiental.
      Plan de control de calidad.
      Estudio de Seguridad y salud, o estudio básico en su caso.
      Gestión de residuos.
      Certificado de Eficiencia Energética del proyecto.
      Memoria y Anejo sobre medidas de eficiencia energética y uso de energías renovables y ficha de acuerdo con la Ordenanza suscrita por técnico y visada por Colegio Oficial.
    - Planos:
    • Planos de estructura.
    • Planos de instalaciones.
    • Planos de definición constructiva.
    • Memorias gráficas.
    • Otros.

    - Pliegos de condiciones.

    • Pliego de cláusulas administrativas.
    • Disposiciones generales.
    • Disposiciones facultativas.
    • Disposiciones económicas.
    • Pliego de condiciones técnicas particulares.
    • Prescripciones sobre los materiales.
    • Prescripciones en cuanto a la ejecución por unidades de obra.
    • Prescripciones sobre verificaciones en el edificio terminado.

     

    - Mediciones.
    - Presupuesto detallado.
    - Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición.

  • Si se trata de obras de ampliación, deberá aportar lo siguiente:
    • 5) Plano de la edificación en la parcela, distinguiendo gráficamente la ampliación, acotando los linderos de la misma y las distancias a los edificios y/o puntos de referencia próximos, así como cotas de relación.
    • 6) Planos acotados escala mínima 1:100 relacionando el estado actual de la edificación y la ampliación proyectada.
    • 7) Planos de descripción gráfica en alzado que permita observar la adecuación de la ampliación proyectada al edificio existente y su entorno.
      Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud, se requerirá al interesado para que, en el plazo de quince días (incluye la prórroga legal del art. 71.2 de la Ley 30/1992), subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición, previa Resolución y Notificación (art. 71 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
      Se remite el expediente al Servicio de Licencias Urbanísticas para su tramitación.
  • En el caso de deficiencias de índole jurídica, se remite a la Unidad Jurídica para su informe y citación.

B. Ordenación e Instrucción

Se procede al examen del expediente comprobando si el mismo reúne la documentación mínima exigible por la legislación o normativa urbanística aplicable procediendo a efectuar las actuaciones siguientes:

  • Si la documentación está completa, el expediente entra en la Unidad Técnica y se procede a recabar simultáneamente, con carácter general, los informes que se requieran.

    - Servicio de Movilidad Urbana: En el supuesto de incremento de la dotación obligatoria de plazas superior al 50% de plazas exigibles siendo éste número superior a 40.
    - Bomberos: Establecimientos de pública concurrencia.
    - Servicio de Administración de Suelo y Vivienda: Deberes de cesión
    - Servicio Jurídico de Ordenación y Gestión Urbanística. Deberes de urbanización y normalización de fincas.
    - Servicio de Gestión Tributaria: se remite copia de la solicitud, en su caso, de exención de Tasa de licencia urbanística e Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras para su resolución independiente.

            - Control de Legalidad.

  • Si la documentación está incompleta, se procede a la citación prevista en el art. 71 de la Ley 30/1992 requiriendo la aportación de la documentación mínima de que adolece el proyecto.
  • Informe técnico. Una vez aportada la documentación, se recaba el informe de la Unidad Técnica de Proyectos de Edificación sobre Normativa Urbanística aplicable.
  • Si el informe de la Unidad Técnica es:
    - Favorable, remitir en el supuesto que proceda 1 ejemplar del proyecto con la copia del informe técnico a la Comisión Municipal de Patrimonio, o a la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de la DGA en los casos de entornos BIC, trasladando el expediente a la Unidad Jurídica.
    - Desfavorable, se remite copia del informe técnico por correo electrónico al técnico redactor del proyecto, y simultáneamente se cita mediante audiencia previa del art. 84 de la Ley 30/1992) al promotor.
  • Con la aportación para subsanación de las incidencias, se remite a la Unidad Técnica para su informe.
  • Emisión de informe jurídico y propuesta de resolución del expediente.

C. Terminación

  • Comisión Técnica de Asesoramiento.
  • Consejo de Gerencia Municipal de Urbanismo.

D. Notificación

  • Al interesado, en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido adoptado, por el medio que se haya hecho constar en la solicitud:
    - electrónico, o
    - correo - reparto,
    - presencialmente

E. Traslados

  • Servicio de Movilidad Urbana , en su caso.
  • Unidad de Gestión de Ingresos Urbanísticos, si se trata de un proyecto de ejecución.
  • Servicio de Disciplina Urbanística si se trata de una legalización o de una denegación.
  • Servicio de Prevención de Incendios con una copia del proyecto.
  • Dirección General de Patrimonio Cultural de la Diputación General de Aragón si está en el ámbito del Casco Histórico o Conjuntos urbanos de interés.
  • El específico derivado de una exigencia del planeamiento secundario.

F. Archivo del Expediente

Flujograma