Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

Declaración Responsable de Vallas y andamios y Elementos Auxiliares (X015)

Última Actualización: 05/04/2021
Concepto:

Consulte Trámite

Declaración responsable para colocar vallas, andamios, pies derechos y elementos auxiliares en la vía pública.

 

    Concepto de valla: cerramiento mediante tablas, ladrillos o elementos prefabricados de suficiente estabilidad colocado al frente del solar, inmueble o edificio.

    Concepto de andamio: armazón de tablones o vigas puestos horizontalmente y sostenidos en pies derechos y puentes.

La declaración responsable es el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. Estos requisitos estarán recogidos de manera expresa y clara en la correspondiente declaración responsable.

Las declaraciones responsables producirán los efectos que se determinen en cada caso por la legislación correspondiente y permiten el reconocimiento o ejercicio de un derecho, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.


Tipologia:

-Ocupación de aceras públicas mediante la colocación de vallas en el frente de la casa o solar donde se practiquen obras de nueva construcción o acondicionamiento o reparación, que se cerrarán siempre con una valla de tablas, ladrillos o elementos prefabricados de suficiente estabilidad y estética.

El espacio máximo que podrá ocuparse con la valla de precaución estará en proporción con la anchura de la acera de la calle, pero en ningún caso podrá adelantarse más de 3 metros contados desde la línea de la fachada, ni rebasar los dos tercios de la acera, ni dejar espacio libre de acera inferior a 1,20 metros.

En aquellos casos en que la anchura de la acera no permita dejar espacio libre de 1,20 metros, podrá excepcionalmente autorizarse la instalación de valla bajo las condiciones de garantía que determinen los Servicios técnicos municipales. En estos supuestos y en todos aquellos en que los Servicios técnicos municipales lo estimen oportuno, solamente se permitirá el establecimiento de vallas hasta la realización de la cubierta de la planta baja, en cuyo momento serán sustituidas por un puente volado o paso cubierto.

-Ocupación de aceras públicas mediante la instalación de andamios, que se montarán, mantendrán y desmontarán, conforme a las disposiciones vigentes de seguridad en el trabajo, evitando todo peligro para las personas, garantizando el paso libre y seguro de peatones de 1 metro mínimo, y el acceso de vehículos de emergencia.


Unidad Responsable: SERVICIO INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO

Normativa

Procedimiento


A. Iniciación

  • Las solicitudes se presentarán por los siguientes medios:
    a) Electrónicamente a través de www.zaragoza.es.
    b) Presencialmente, en el Servicio de Información y Atención al ciudadano (edificio Seminario, Vía Hispanidad, 20, planta bj.), acompañando, en ambos casos, la siguiente documentación:
    • 1) Instancia-formulario normalizada que incluye, entre otros, los datos de: Identificación (Etiqueta fiscal o N.I.F. o D.N.I.),  Notificación (calle, número, piso, letra y teléfono / fax / correo electrónico) y Actividad y antecedentes en su caso.
    • 2) Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
    • 3) En su caso, fotocopia del DNI/NIF del representado.
    • 4) Justificación de pago electrónico o copia de documento de ingreso de la autoliquidación de tasa y de la fianza según Ordenanza Fiscal número 25.
    • 5) Plano/croquis acotado que incluya: anchura de la acera, anchura y longitud de la valla, del andamio o del mobiliario urbano y paso libre para peatones.

Documentación específica:

Vallas

6)  En el supuesto de ocupación total de la acera que impida el paso libre y seguro de peatones o paso sea inferior a 1,20 metros (sin incluir alcorques ni mobiliario urbano), deberá aportar copia de la autorización de la Unidad de Dominio Público de Servicios Públicos.

 Andamios

6) Estudio Básico de Seguridad y Salud (visado por Colegio Oficial y redactado por técnico competente).

Elementos auxiliares

6)Certificado de Seguridad (emitido por Técnico competente).

   Certificación de la compañía aseguradora acreditativa de la vigencia de la póliza de seguro.

B. Ordenación e Instrucción

  • Informe Técnico
  • Informe del Servicio de Movilidad Urbana en determinados supuestos

C. Terminación

Resolución del Coordinador General del Área de Urbanismo y Sostenibilidad.

Plazo de resolución:

Las declaraciones responsables producirán los efectos que se determinen en cada caso por la legislación correspondiente y permiten el reconocimiento o ejercicio de un derecho, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.

Las obras menores deberán realizarse en el plazo de seis meses desde la fecha de la comunicación; transcurrido este plazo se entienden caducadas, salvo que el interesado solicite prórroga o aplazamiento para la ejecución de las obras interrumpiendo el cómputo del plazo.

Este procedimiento concluirá con la resolución quedando enterado de la declaración, trasladando al interesado un documento descriptivo de las mismas.

D.  Notificación

  • Al interesado, en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido adoptado, por el medio que se haya hecho constar en la solicitud:
    -electrónico, o
    -correo - reparto,
     -presencialmente.
  • Comunicación telefónica de la concesión de la declaración responsable.
  • Constitución de depósito o fianza y Autoliquidación de la Tasa mensual por ocupación, en la Unidad de Gestión de Ingresos Urbanísticos. Notificación.

E. Traslados

  • Unidad de Gestión de Ingresos Urbanísticos.
  • Otros Servicios afectados.

F. Archivo

BAJAS DE VALLAS Y ANDAMIOS

Desmontado el andamio o retirada la valla, deberá personarse en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano para solicitar la Baja y Devolución del Depósito mediante modelo de instancia normalizado (423).
Deberá presentar, junto con la instancia:

  • Fotocopia de la declaración responsable de Vallas y/o Andamios.
  • Fotocopia del Depósito provisional.
  • Fotocopia de la autoliquidación de la tasa por ocupación.
    El Servicio responsable de su tramitación es Gestión Tributaria.

Flujograma