Ayuntamiento Responde

Esta pregunta está Seleccionada

La pregunta seleccionada será respondida por el equipo de gobierno, con una explicación por escrito y/o un vídeo dirigido a la persona o colectivo proponente; sin obice de que pueda ser acompañado por otro tipo de actos, reuniones personales, exposiciones públicas, etc.
En cada ciclo de elección serán seleccionadas tres preguntas de la sección de candidatas en base al criterio especificado: mayor consenso.

PREGUNTA

PLUSVALIA

Realizada por Arantxa el 10/01/2018, dirigida a Concejalía de Urbanismo y Sostenibilidad

Cuando van a revisar las solicitudes de devolucion de plusvalía en los casos demostrados que no hay ganancias sino perdidas? Nadie me contesta por ningún lado, el caso esta en el justicia de Aragón, porque no me dice nada nadie. Tendré que demandar al ayuntamiento para que lo revisen?.

RESPUESTA DE LA CORPORACIÓN

Respondida el 14/03/2018

El Consejero de Economía y Cultura , Portavoz del Gobierno y Tercer Teniente de Alcalde, Fernando Rivarés responde a la pregunta realizada por Arantxa el 10/01/2018:

Últimos Comentarios Realizados total de COMENTARIOS = 1

Aportación de un ciudadanogloria palacio, el 01-02-2018 00:30, hizo el siguiente comentario:
 
Efectivamente si no hay plusvalías no debería cobrarse un impuesto en base a una valoración catastral hecha en pleno auge de la burbuja que no se corresponde con su valor de mercado actual, ni cuando se trata de una transmisión por compra-venta, ni mucho menos cuando se trata de una transmisión mortis causa de la vivienda habitual en la que tiene que continuar residiendo el cónyuge superviviente y/o alguno de los causahabientes si forman parte de la unidad familiar, porque no se ha generado ningún enriquecimiento del cónyuge viudo ni de los herederos, sino una perdida económica para el cónyuge que deja de percibir una pensión o se le reduce a la mitad, por un lado y, por otro, incrementa los gastos por el pago de impuestos de plusvalías (no generadas) y sucesiones, así como por la necesidad de contratar personal cuidador en el caso de cónyuges viudos que suelen se personas mayores. Vamos que el viudo/a ve reducidos sus ingresos por la pérdida de la pensión o su reducción, reducidos sus ahorros porque tiene que pagar impuesto de sucesiones, plusvalías y gastos de entierro, cementerio, etc. y ampliados gastos porque con la edad hace falta más personal de servicio (cuidadores, etc).
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