Suministro y Equipamiento para la Adecuación de las Instalaciones Eléctricas de los Puestos de Trabajo Necesarios para los Próximos Traslados de Empleados Municipales al Edificio Seminario: Adjudicación definitiva

Expte: 1275218/09

DECRETO DEL SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO VIVIENDA ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE.EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 21 DE DICIEMBRE DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO VIVIENDA ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2007, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado, sin publicidad, ni concurrencia, la contratación del "SUMINISTRO Y EQUIPAMIENTO PARA LA ADECUACIÓN DE LAS INSTALACIONES ELECTRICAS DE LOS PUESTOS DE TRABAJO NECESARIOS PARA LOS PRÓXIMOS TRASLADOS DE EMPLEADOS MUNICIPALES AL EDIFICIO SEMINARIO", iniciado por la Gerencia de Urbanismo, a la empresa UTE SIELZA-MONTISA SEMINARIO con C.I.F U-99090326 y con domicilio en Urbanización Parque Roma , Bloque C, Bajos 50010 ZARAGOZA por la cantidad de 72.709,36 euros (I.V.A. excluido); 84.342,86 euros (I.V.A. incluido) , por ser la empresa encargada de la ejecución y desarrollo de las instalaciones electricas del proyecto de instalaciones del edificio del Seminario .

El contrato se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas que han regido la contratación, según la oferta de la firma adjudicataria y siguiendo las instrucciones cursadas al efecto por el Gerencia de Urbanismo.

SEGUNDO.-El gasto derivado del contrato, para el presente ejercicio, se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 09GUR 1218262500 EQUIPAMIENTO DEPENDENCIAS MUNICIPALES (PLU 2008-10) , RC nº 092646.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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