FEELS Z-10-81.1 Supresión de barreras arquitectónicas en edificio Junta Distrito Las Fuentes y salón de actos (S. Allende) sito en C/ Florentino Ballesteros, s/n Zaragoza 50013: Adjudicación Provisional

Z-10-81.1 155049/2010

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA, ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A VEINTICUATRO DE MARZO DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Consejero del Área de Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado sin publicidad, tramitación urgente, las obras de "SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS EN EDIFICIO JUNTA DISTRITO LAS FUENTES Y SALÓN DE ACTOS (S. ALLENDE)", sito en C/ Florentino Ballesteros, s/n ZARAGOZA 50013, con un presupuesto de ejecución por contrata de 189.890,99 euros (I.V.A. excluido); 220.273,55 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación al haber obtenido la mayor puntuación y que corresponde a la formulada por la empresa URBANCO, S.L. con C.I.F. B-50052596 y con domicilio en C/ Isaac Newton, 36; 50830 Villanueva de Gállego (ZARAGOZA), por la cantidad de 173.560,37 euros (I.V.A. excluido) al que se adicionará la cantidad de 27.769,65 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 201.330,02 euros (I.V.A. incluido), con un plazo de ejecución de las obras de 168 días naturales, un plazo de garantía adicional de 1 año, y las mejoras recogidas en su oferta.

De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución de la obra será de 10, las cuales serán 2 de nuevo empleo proveniente de personas desempleadas de larga duración (40 jornadas para cada persona, lo que supone un total de 80 jornadas), 3 de nuevo empleo proveniente de personas desempleadas (45 jornadas para cada persona, lo que supone un total de 135 jornadas), 5 de mantenimiento de empleo (43 jornadas para cada persona, lo que supone un total de 215 jornadas), y las mejoras recogidas en su oferta.

Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas obrantes en el expediente, oferta de la empresa, incluidas las mejoras propuestas, e instrucciones que curse la Dirección Técnica de las Obras.

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 12 de febrero de 2010.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 8.678,02 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de los gastos para el control y seguimiento de los objetivos exigidos en el F.E.E.S.L. (694,24 euros) y los gastos de difusión y comunicación (347,12 euros) a los que se hace referencia en la cláusula 11 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

CUARTO.- Notificar el presente Decreto a todas las empresas que han intervenido en la licitación y publicar el mismo en el perfil del contratante.

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA,ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE,
Fdo.: Carlos Pérez Anadón.

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