Adecuación local c/ Manuel Lasala para centro de recursos dependencia: Adjudicación Provisional

Z- 10.57.1 153951/2010

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA Y ACCIÓN SOCIAL.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A SIETE DE ABRIL DE DOS MIL DIEZ.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Consejero del Área de Presidencia y Acción Social, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado sin publicidad, tramitación urgente, las obras de "ADECUACIÓN LOCAL C/ MANUEL LASALA PARA CENTRO DE RECURSOS DEPENDENCIA", sito en C/ Manuel Lasala nº 16, ZARAGOZA 50006, cuyo presupuesto de ejecución por contrata es de 152.312,36 euros (I.V.A. excluido); 176.682,34 euros (I.V.A. incluido), y un plazo de ejecución de 120 días, a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación al haber obtenido la mayor puntuación y que corresponde a la formulada por la empresa ARAGONESA DE PROYECTOS Y OBRAS S.L con C.I.F B-50099829 y con domicilio en Plaza Emilio Alfaro Gracia nº 6-dpdo. (local) de Zaragoza, por la cantidad de 129.465,52 euros (I.V.A. excluido) al que se adicionará la cantidad de 20.714,48 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 150.180,00 euros (I.V.A. incluido), con un plazo de ejecución de las obras de 80 días naturales, y las mejoras recogidas en su oferta.

En cuanto al personal para la ejecución del contrato será, de acuerdo con la oferta del adjudicatario de cinco personas para la ejecución del contrato, una de ellas por creación de nuevo empleo proviniente de desempleo de larga duración, siendo el desglose y numero total de jornadas de 80, dos de ellas por creación de nuevo empleo provenientes de desempleo, siendo el desglose de jornadas de 180 y el número total de jornadas correspondientes a estas personas de 160 jornadas, y por último dos de ellas, a ocupar por mantenimiento de empleo, siendo el desglose de jornadas de 80 y el número total de jornadas correspondientes a estas personas de 160, y las mejoras recogidas en su oferta.

Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas obrantes en el expediente, oferta de la empresa, incluidas las mejoras propuestas, e instrucciones que curse la Dirección Técnica de las Obras.

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 12 de febrero de 2010.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 6.473,28 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de los gastos para el control y seguimiento de los objetivos exigidos en el F.E.E.S.L. 517,86 euros y los gastos de difusión y comunicación 258,93 euros a los que se hace referencia en la cláusula 11 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

CUARTO.- Notificar el presente Decreto a todas las empresas que han intervenido en la licitación y publicar el mismo en el perfil del contratante.

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA Y ACCIÓN SOCIAL,

Fdo.: Fernando Gimeno Marín.

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