Contrato administrativo especial para la Gestión del Servicio de bar-cafeteria en el C.D.M. Torrero: Adjudicación Provisional

Expediente: 1.278.767/09

DECRETO AL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE FOMENTO Y DEPORTES.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 24 DE MARZO DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este CONSEJERO DEL ÁREA DE FOMENTO Y DEPORTES, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 20 de diciembre de 2007, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado sin publicidad, el servicio de CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA GESTION DEL SERVICIO DE BAR-CAFETERIA EN EL C.D.M. TORRERO, cuyo presupuesto de licitación es de 4.800,00 euros, a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por MARIA ASUNCION MUÑOZ RODRIGO con C.I.F 17703751F y con domicilio en C/HEROISMO Nº 24 5º F 50002 ZARAGOZA por la cantidad de 7.510,00 euros como canon anual, y las mejoras incluidas en su oferta.

SEGUNDO.- El plazo de vigencia de la adjudicación será de cuatro años naturales, la primera anualidad del año 2010, sera la comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.

Las anualidades restantes seran las comprendidas desde el 1 de enero del año 2011 al 31 de diciembre del año 2013.dicho plazo podrá prorrogarse anualmente por mutuo acuerdo expreso de las tardes, hasta un máximo de dos anualidades.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los QUINCE DÍAS siguientes a la recepción de esta notificación de adjudicación provisional, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de1.502,00 euros , en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación.

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

CONSEJERO DEL ÁREA DE FOMENTO Y DEPORTES
Fdo.: Manuel Lorenzo Blasco Nogués

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