Contratación del servicio de Publicación Hoja Voluntariado: Adjudicación Provisional

Expediente: 1181190/09

DECRETO DE LA CONCEJAL DELEGADA DE JUVENTUD Y DEL VOLUNTARIADO EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 24 DE MARZO DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, esta CONCEJAL DELEGADA DE JUVENTUD Y DEL VOLUNTARIADO, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado con publicidad, el servicio de PUBLICACIÓN HOJA VOLUNTARIADO, cuyo presupuesto de licitación es de 42.307,69 euros (I.V.A. Excluido); 44.000,00 euros (I.V.A.incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa COMETA, S.A. con C.I.F A-50006600 y con domicilio en CTRA. CASTELLÓN, KM.3,400 POL. MONTEMOLÍN, NAVE 21, 50013 ZARAGOZA, por la cantidad de 28.800,00 (I.V.A. excluido); 29.952,00 (I.V.A. incluido) y precio máximo unitario por número de "Hoja de Voluntariado" de 720,00 euros (I.V.A. excluido) 748,80 euros I.V.A. incluido) y un plazo de 4 años de duración del contrato.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado del contrato para el presente ejercicio se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria 10-JUV-234-22671 PROGRAMAS DE VOLUNTARIADO JUVENIL, RC: 100170. La vigencia del contrato para el resto de los ejercicios a los que se extiende la duración del mismo, quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en los presupuestos anuales correspondientes.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los QUINCE DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 1.440,00 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación.

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

LA CONCEJAL DELEGADA DE JUVENTUD Y DEL VOLUNTARIADO
Fdo.: Mª. Isabel López González

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