Servicio de Dirección de Obra Rehabilitación Centro Cívico Delicias: Adjudicación Definitiva

154457/10 Z.10.67.2

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA, ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE. EN LA I.C. DE ZARAGOZA A DIECISIETE DE ABRIL DE DOS MIL DIEZ.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este Consejero de Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, tramitación urgente, el servicio de DIRECCIÓN DE OBRA REHABILITACIÓN CENTRO CÍVICO DELICIAS FEESL-67.2, con un presupuesto de licitación de 179.546,00 euros (I.V.A. excluido); 208.273,36 euros (I.V.A.incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios de valoración recogidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa CERREJÓN ARQUITECTOS, S.L.P. con C.I.F. B-99131096 y con domicilio en C/ Mayor, 28-30, 2º oficina 1ª 50001 ZARAGOZA por la cantidad de 152.614,10 euros (I.V.A. excluido) al que se adicionará la cantidad de 24.418,26 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 177.032,36 euros (I.V.A. incluido), y con un plazo de vigencia que será el de la duración del contrato principal, ampliándose el tiempo necesario para la expedición de la certificación final, una vez formalizada el acta de recepción.

De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución del servicio será de 14 personas, todos los cuales son de mantenimiento de empleo.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente, mejoras ofertadas e instrucciones que curse la Dirección Técnica.

SEGUNDO.- El gasto derivado de la prestación del presente servicio será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho servicio ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 8 de febrero de 2010.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello, debiendo comparecer previamente a su formalización, en el Servicio de Contratación para comunicar los datos de la empresa: microempresa, pequeña empresa, mediana empresa, gran empresa o autónomo y el sector de actividad de la misma.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA,ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE,
Fdo.: Carlos Pérez Anadón.

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