Dirección de obra de Adecuación, Rehabilitación y mejora del Tanatorio de Torrero: Adjudicación Provisional

Z-10-071.2 Expediente: 0154628/10

DECRETO DEL CONCEJAL DELEGADO DE EQUIPAMIENTOS.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A QUINCE DE ABRIL DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este Concejal Delegado de Equipamientos, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado con publicidad, tramitación urgente, el servicio de DIRECCIÓN DE OBRA DE ADECUACION, REHABILITACIÓN Y MEJORA DEL TANATORIO DE TORRERO, FEESL-71.2, cuyo presupuesto de licitación es de 74.600,00 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 11.936,00 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 86.536,00 euros (I.V.A.incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios de valoración recogidos en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la U.T.E. D. FERNANDO BAYO MATA - D. JOSÉ MARÍA CASTEJÓN ESTEBAN, con domicilio en Zaragoza, C/ Coso 79-81, 10 Izqd, 50001 , por la cantidad de 74.500,00 euros (I.V.A. excluido), al que se adicionará la cantidad de 11.920,00 euros en concepto de I.V.A, lo que supone un total de 86.420,00 euros (I.V.A. incluido).

De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución del servicio será de dos personas, las cuales son de mantenimiento de empleo.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica.

SEGUNDO.- El gasto derivado de la prestación del presente servicio será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho servicio ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 8 de febrero de 2010.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 3.725 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de los gastos para el control y seguimiento de los objetivos exigidos en el F.E.E.S.L. 298 euros, a los que se hace referencia en la clausula 11 del Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.

El contratista aportará los datos siguientes:

  • Número de trabajadores de la empresa, especificando si se trata de una micro empresa, pequeña, mediana o gran empresa o autónomo.
  • Sector de la actividad al que pertenece.

Además, deberá presentar escritura pública de constitución de Unión Temporal de Empresas o Unión Temporal de Profesionales.

CUARTO.- Notificar el presente Decreto a todas las empresas que han intervenido en la licitación y publicar el mismo en el perfil del contratante.

QUINTO.- Este Concejal será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL CONCEJAL DELEGADO DE EQUIPAMIENTOS
Fdo.: Florencia García Madrigal

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