FEESL-Z-10-5 Obra de vegetalización riberas urbanas del Ebro, en Paseo Echegaray S/N Zaragoza 50018: Adjudicación Provisional

Expediente: 0152588/10, Z-10-5, 8676

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE CULTURA Y GRANDES PROYECTOS.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 22 DE ABRIL DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Consejero del Área de Cultura y Grandes Proyectos , en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado sin publicidad, tramitación urgente, las obras de FEESL-Z-10-5 OBRA DE VEGETALIZACIÓN RIBERAS URBANAS DEL EBRO, EN PASEO ECHEGARAY S/N ZARAGOZA 50018, cuyo presupuesto de licitación es de 142.241,38 euros (I.V.A. Excluido); al que se adicionará la cantidad de 22.758,62 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 165.000,00 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación al haber obtenido la mayor puntuación y que corresponde a la formulada por la empresa GRUPO RAGA, S.A. con C.I.F: A28317543 y con domicilio en Avda. Cataluña, 19, 1º C por la cantidad de 120.905,16 euros(I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 19.344,83 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 140.249,99 euros (I.V.A. incluido), un plazo de ejecución de las obras de 83 días naturales, un plazo de garantía adicional de dos años y las mejoras recogidas en su oferta.

De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución de la obra será de 21.

El número de personas de nuevo empleo proveniente de personas desempleadas de larga duración es de 2 personas, siendo el número de jornadas de 166.

El número de personas de nuevo empleo proveniente de personas desempleadas será de 8, siendo el número de jornadas de 664.

El número de personas a ocupar por mantenimiento de empleo que formen parte de la empresa será de 11, siendo el número de jornadas de 913.

Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas obrantes en el expediente, oferta de la empresa, incluidas las mejoras propuestas, e instrucciones que curse la Dirección Técnica de las Obras.

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 10 de marzo de 2010.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 6.045,26 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de los gastos para el control y seguimiento de los objetivos exigidos en el F.E.E.S.L. (483,62 euros) y los gastos de difusión y comunicación (241,81 euros) a los que se hace referencia en la clausula 11 del Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.

El contratista aportará los datos siguientes:

  • Número de trabajadores de la empresa, especificando si se trata de una micro empresa, pequeña, mediana o gran empresa o autónomo.
  • Sector de la actividad al que pertenece.

CUARTO.- Notificar el presente Decreto a todas las empresas que han intervenido en la licitación y publicar el mismo en el perfil del contratante.

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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