Colocación y explotación de máquinas de bebidas en instalaciones deportivas municipales: Adjudicación Provisional

Expediente: 1.278.718/09

DECRETO AL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE FOMENTO Y DEPORTES.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 21 DE ABRIL DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe, la propuesta y la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este CONSEJERO DEL ÁREA DE FOMENTO Y DEPORTES, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 20 de diciembre de 2007, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Excluir de la licitación a la empresa SHELF VENDING, S.L. por haber incluido la oferta económica en el sobre "C", asimismo excluir a la empresa MARTEGRA, S.L. por no haber incluido el listado de precios máximos en el sobre "A".

SEGUNDO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento abierto, el servicio de COLOCACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE MAQUINAS DE BEBIDAS EN INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES., cuyo presupuesto de licitación es de 17.000, 00 euros, a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa SERUNION VENDING, S.A. con C.I.F A-60602349 y con domicilio en Ctra de L'Hospitalet, 13 08940 cORNELLA DE LLOBREGAT por la cantidad de 18.505,00 euros como canon anual y las mejoras incluidas en su oferta.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

TERCERO.- El plazo de vigencia de la adjudicación será de cuatro cuatro años naturales, la primera anualidad del año 2010, sera la comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.

Las anualidades restantes serán las comprendidas desde el 1 de enero del año 2011 al 31 de diciembre del año 2013.

Dicho plazo podrá prorrogarse anualmente por mutuo acuerdo expreso de las partes, hasta un máximo de dos anualidades.

CUARTO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los QUINCE DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 3.701,00 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de 413,28 en concepto de pago por la inserción de anuncios en los correspondientes boletines oficiales.

QUINTO.- Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación.

SEXTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEPTIMO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

CONSEJERO DEL ÁREA DE FOMENTO Y DEPORTES
Fdo.: Manuel Lorenzo Blasco Nogués

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