Integración y Conexión del Cabezo Buena Vista con los Pinares de Venecia-Montes de Torrero: Adjudicación Definitiva

139742/10 Z-10.70.1

AL GOBIERNO DE ZARAGOZA:

El Gobierno de Zaragoza, en fecha 9 de abril de 2010, adjudicó provisionalmente por procedimiento abierto, tramitación urgente, las obras de INTEGRACIÓN Y CONEXIÓN DEL CABEZO BUENAVISTA CON LOS PINARES DE VENECIA-MONTE DE TORRERO FEESL Z-10.70.1, cuyo presupuesto de ejecución por contrata es de 2.166.833,05 euros (I.V.A. excluido); 2.513.526,34 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la U.T.E. SUMELZO, S.A.- CONSTRUCCIONES HERMANOS GIL, S.L.- MITRAFOR, S.L. (con domicilio en C/ Joaquín Costa 12, 50060 EJEA DE LOS CABALLEROS), con un presupuesto de 1.841.808,09 euros (I.V.A. excluido) al que se adicionará la cantidad de 294.689,29 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 2.136.497,38 euros (I.V.A. incluido), un plazo de ejecución de las obras de 170 días naturales, un plazo de garantía adicional de 2 años y las mejoras recogidas en su oferta.

Contra dicho acuerdo de adjudicación provisional, la empresa IBERSILVA, S.A.U. ha presentado en tiempo y forma legal un escrito de alegaciones en relación con la valoración contenida en el informe técnico emitido por la Agencia de Medio Ambiente y Sostenibilidad, y en el que en síntesis se manifiesta en una primera alegación que no deberían ser consideradas a efectos de puntuación las empresas que han realizado sus cálculos de jornadas de trabajo por empleado con cifras de 155 y 170 jornadas, puesto que ello implicaría que o no descansarían ni una sola jornada en los 170 días o sólo tendrían una jornada libre por cada 11,33 días trabajados y eso en el mejor de los casos. En una segunda alegación manifiesta la recurrente que todas las proposiciones, excepto una, la presentada por la U.T.E. OBEARAGÓN - VIJARDÍN CALATAYUD, ajustaron de diferentes formas la plantilla total a 37 ó 37,5 trabajadores, considerando que la oferta de esta U.T.E. podría incurrir en el supuesto del apartado 19 del Pliego de cláusulas administrativas particulares, conteniendo por tanto un valor anormal o desproporcionado.

De dichas alegaciones se ha dado traslado a la Agencia de Medio Ambiente y Sostenibilidad, la cual en fecha 28 de abril de 2010 ha emitido informe suscrito por el Jefe de la Unidad de Conservación del Medio Natural y el Jefe de Servicio de Parques y Jardines en el sentido siguiente:

  • A la primera alegación, decir que el número de jornadas no está recogido explícitamente en el apartado 19 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares como criterio para la consideración de que una oferta contiene valores anormales y desproporcionados. Por ello, a la hora de distribuir los puntos se ha aplicado un criterio de homogeneización que impidiese que las empresas que habían ofertado jornadas por trabajador superiores a 5 días de trabajo cada 7 naturales se vieran favorecidas, entendiendo a estos efectos de valoración que cada jornada supone 8 horas de trabajo.
  • A la segunda alegación, decir que puestas en relación la cláusula de los criterios de valoración de Fomento de Empleo y la cláusula para la consideración de valor anormal o desproporcionado, se llega a la conclusión que no opera el límite del 25% para considerar que una oferta contiene valores desproporcionados respecto del criterio de personal de Mantenimiento de Empleo. Por tanto, únicamente opera respecto del criterio de Creación de nuevo empleo.

Por todo ello, procede la desestimación de las alegaciones presentadas por IBERSILVA, S.A.U.

Se hace constar que la adjudicataria ha presentado en el plazo de diez días fianza definitiva así como justificantes del pago de los gastos a los que se hace referencia en la cláusula 11 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

A tenor de lo establecido en la Disposición adicional segunda, apartado 3, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos de Sector Público, las competencias relativas a las contrataciones y concesiones, incluidas las de carácter plurianual, corresponden a la Junta de Gobierno Local, por lo que este Servicio considera que procede someter a aprobación del Gobierno de Zaragoza el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Desestimar las alegaciones presentadas por la empresa IBERSILVA, S.A.U. contra el acuerdo de adjudicación provisional de la obra de INTEGRACIÓN Y CONEXIÓN DEL CABEZO BUENAVISTA CON LOS PINARES DE VENECIA-MONTE DE TORRERO FEESL Z-10.70.1, por las razones y fundamentos que se determinan a continuación:

  • A la primera alegación, decir que el número de jornadas no está recogido explícitamente en el apartado 19 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares como criterio para la consideración de que una oferta contiene valores anormales y desproporcionados. Por ello, a la hora de distribuir los puntos se ha aplicado un criterio de homogeneización que impidiese que las empresas que habían ofertado jornadas por trabajador superiores a 5 días de trabajo cada 7 naturales se vieran favorecidas, entendiendo a estos efectos de valoración que cada jornada supone 8 horas de trabajo.
  • - A la segunda alegación, decir que puestas en relación la cláusula de los criterios de valoración de Fomento de Empleo y la cláusula para la consideración de valor anormal o desproporcionado, se llega a la conclusión que no opera el límite del 25% para considerar que una oferta contiene valores desproporcionados respecto del criterio de personal de Mantenimiento de Empleo. Por tanto, únicamente opera respecto del criterio de Creación de nuevo empleo.

SEGUNDO.- Elevar a definitiva la adjudicación provisional por procedimiento abierto, tramitación urgente, de las obras de INTEGRACIÓN Y CONEXIÓN DEL CABEZO BUENAVISTA CON LOS PINARES DE VENECIA-MONTE DE TORRERO FEESL Z-10.70.1, sito en Pinares de Venecia, s/n ZARAGOZA 50007/50006, cuyo presupuesto de ejecución por contrata es de 2.166.833,05 euros (I.V.A. excluido); 2.513.526,34 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación al haber obtenido la mayor puntuación y que corresponde a la formulada por la U.T.E. SUMELZO, S.A.- CONSTRUCCIONES HERMANOS GIL, S.L.- MITRAFOR, S.L. (U.T.E. "CABEZO BUENAVISTA, UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS, LEY 18/1982"), con C.I.F. U-99279598 y con domicilio en C/ Santa Nunila (Santa Isabel), 31 planta LC 50016-ZARAGOZA, con un presupuesto de 1.841.808,09 euros (I.V.A. excluido) al que se adicionará la cantidad de 294.689,29 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 2.136.497,38 euros (I.V.A. incluido), un plazo de ejecución de las obras de 170 días naturales, un plazo de garantía adicional de 2 años y las mejoras recogidas en su oferta.

De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución de la obra será de 38, de las cuales 2 son desempleados de larga duración, con 310 jornadas, 26 desempleados con 3.952,50 jornadas y 10 de mantenimiento de empleo con 1.550 jornadas.

Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas obrantes en el expediente, oferta de la empresa, incluidas las mejoras propuestas, e instrucciones que curse la Dirección Técnica de las Obras.

TERCERO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 12 de febrero de 2010.

CUARTO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este acuerdo comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello, debiendo comparecer previamente a su formalización, en el Servicio de Contratación para comunicar los datos de la empresa: microempresa, pequeña empresa, mediana empresa, gran empresa o autónomo y el sector de actividad de la misma.

QUINTO.- El contratista adjudicatario deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el plazo de 5 días naturales desde la formalización del contrato.

SEXTO.- Facultar al Sr. Consejero de Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Medio Ambiente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente acuerdo, sin perjuicio de las competencias delegadas por acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de fecha de 12 de enero de 2010, en el Consejero del Área de Hacienda, Economía y Régimen Interior.

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