Dirección de obra de Construcción Escuela Infantil Parque Bruil, FEESL-65-2: Adjudicación Definitiva

Z-10-065.2 Expediente: 0154396/10.

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO VIVIENDA ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE.EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A VEINTIOCHO DE ABRIL DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este Consejero del Área de Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, tramitación urgente, el servicio de ¿DIRECCIÓN OBRA CONSTRUCCION ESCUELA INFANTIL PARQUE BRUIL,FEESL-65.2¿, cuyo presupuesto de licitación es de 177.102,00 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 28.336,32 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 205.438,32 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa IDOM ZARAGOZA, S.A., con C.I.F A-50313014 y con domicilio en C/ Argualas, nº 3, 2º, por la cantidad de 131.940,99 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 21.110,56 euros, en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 153.051,55 euros (I.V.A. incluido) y las mejoras recogidas en su oferta.

De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución del servicio será de 16 personas, las cuales son todas de mantenimiento de empleo.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica.

SEGUNDO.- El gasto derivado de la prestación del presente servicio será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho servicio ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 12 de febrero de 2010.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de esta resolución comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO,VIVIENDA, ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE
Fdo.: Carlos Pérez Anadón

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