FEESL-Z-10-6-2 Servicio de Dirección de Obra Red Wi-Fi. Fase 2, en Plaza del Pilar nº 18, Zaragoza 50.003: Adjudicación Definitiva

Expediente: 0152674/10, Z-10-6-2, 12639

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA Y ACCIÓN SOCIAL. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 4 DE MAYO DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Consejero del Área de Presidencia y Acción Social , en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, tramitación urgente, el servicio de "FEESL-Z-10-6-2 SERVICIO DE DIRECCIÓN DE OBRA RED WI-FI. FASE 2, EN PZA. DEL PILAR Nº 18, ZARAGOZA 50.003", cuyo presupuesto de licitación es de 100.000,00 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 16.000,00 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 116.000,00 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa IDOM ZARAGOZA, S.A. con C.I.F.: A-50313014 y con domicilio en Zaragoza, c/ Argualas, nº 3, 2º, por la cantidad de 90.000,00 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 14.400,00 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 104.400,00 euros (I.V.A. incluido). Al tratarse de un contrato complementario del contrato "FEESL- Z-10-06-1, Obras de Red WiFi Fase II, en Pza. del Pilar nº 18 Zaragoza 50003", el plazo de vigencia del mismo será el de la duración del contrato principal, ampliándose el tiempo necesario para la expedición de la certificación final, una vez finalizada el acta de recepción.

De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución del servicio será de 7, de las cuales las 7 personas forman parte de la empresa.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica.

SEGUNDO.- El gasto derivado de la prestación del presente servicio será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho servicio ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 22 de febrero de 2010.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de esta resolución comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente

GARANTÍA FEHACIENTE DE PUBLICACIÓN

El siguiente contenido ha sido publicado en la fecha abajo indicado y se incluye la información que garantiza de forma fehaciente la publicación de dicho contenido en esta dirección

FECHA DE PUBLICACIÓN

05-05-2010 12:33:29

ZONA DE DESCARGA