FEESL-Z-10-48 Implantación de carril bici en c/ Miguel Servet entre Compromiso de Caspe y Coso: Adjudicación Provisional

Expediente 153657/10, Z-10-48, 8735

El Sr. Consejero del Area de Cultura y Grandes Proyectos, con fecha 22 de abril de 2010, ha dictado el siguiente decreto:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado con publicidad, tramitación urgente, las obras de NUEVA IMPLANTACIÓN DE CARRIL BICI EN C/ MIGUEL SERVET ENTRE COMPROMISO DE CASPE Y COSO, ZARAGOZA 50002- FEESL - Z-10-48- cuyo presupuesto de licitación es de 280.000,00 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 44.800,00 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 324.800,00 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios recogidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación por ser la proposición mas ventajosa desde un punto de vista global de todos los aspectos analizados y que corresponde a la formulada por la empresa ARAGONESA DE CONTRATAS, S.L con C.I.F: B-5006834 y con domicilio en Avda. de Madrid nº 119, 1º -50010 -Zaragoza - por la cantidad de 238.000,00 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 38.080 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 276.080 euros (I.V.A. incluido) , un plazo de ejecución de las obras de 156 días naturales, un plazo de garantía adicional de dos años y las mejoras recogidas en su oferta.

De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución de la obra será de 16, de las cuales 10 personas es personal de nueva contratación proveniente de personas desempleadas con un número total de jornadas de 900 y 6 personas correspondientes a mantenimiento de empleo con un número total de jornadas de 300.

Dichas obras se ejecutarán con sujeción al Proyecto, Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas obrantes en el expediente, oferta de la empresa, incluidas las mejoras propuestas, e instrucciones que curse la Dirección Técnica de las Obras.

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 22 de febrero de 2010.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 11.900,00 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de los gastos para el control y seguimiento de los objetivos exigidos en el F.E.E.S.L. (952 euros) y los gastos de difusión y comunicación (476 euros) a los que se hace referencia en la clausula 11 del Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.

El adjudicatario deberá abonar en el Colegio Oficial de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos la cantidad de 12.147,52 euros, gasto relativo a la elaboración del Proyecto de Obras previsto en la cláusula 11 del citado pliego, debiendo entregar el justificante de su abono en el Servicio de Contratación con carácter previo a la formalización del contrato.

El contratista aportará los datos siguientes:

  • Número de trabajadores de la empresa, especificando si se trata de una micro empresa, pequeña, mediana o gran empresa o autónomo.
  • Sector de la actividad al que pertenece.

CUARTO.- Notificar el presente Decreto a todas las empresas que han intervenido en la licitación y publicar el mismo en el perfil del contratante.

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

De conformidad con lo establecido en el art. 107 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra la presente resolución puede interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al que reciba la misma, entendiéndose desestimado si transcurre otro mes desde su interposición sin que recaiga resolución expresa. Asimismo podrá interponer recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso - Administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al que reciba la notificación de la presente fuere, el plazo será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto, ello de conformidad con lo establecido en el art. 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de Julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime oportuno.

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