FEESL-Z-10-37.1 obra de Remodelación de Edificio, Vestuarios y Eficiencia Energética en C.D.M. Santa Isabel: Adjudicación Provisional

Expte. 153437/10, Z-10-37.1

El Sr. Consejero del Área de Fomento y Deportes, con fecha 21 de abril de 2010, ha dictado el siguiente decreto:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado con publicidad, tramitación urgente, las obras de REMODELACIÓN DE EDIFICIO VESTUARIOS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA EN C.D.M. SANTA ISABEL, SITO EN C/ MAMBLAS S/N - ZARAGOZA 50014 - FEESL - Z-10-37.1, cuyo presupuesto de licitación es de 404.724,00 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 64.755,84 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 469.479,84 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios recogidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación por cuanto es la mejor propuesta técnica que contiene un mejor desarrollo de las partidas que intervienen en la obra así como una considerable mejora en la protección del edificio, y que corresponde a la formulada por la empresa OBRAS CIVILES CODESPORT SAU con C.I.F: A-50 068 782 y con domicilio en Pº de Sagasta nº 14 - 50006 - por la cantidad de 344.015,40 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 55.042,46 en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 399.057,86 euros (I.V.A. incluido) , un plazo de ejecución de las obras de 67 días naturales, un plazo de garantía adicional de dos años, el personal y las mejoras incluidas en su oferta.

De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución de la obra será de 18, de las cuales 1 persona es creación de nuevo empleo proveniente de personas desempleadas de larga duración con un número total de jornadas de 53.

El número de personas por creación de nuevo empleo proveniente de personas desempleadas es de 15, con un número total de jornadas de 795. El número de personas correspondientes a mantenimiento de empleo es de 2 con un número total de jornadas de 106.

Dichas obras se ejecutarán con sujeción al Proyecto, Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas obrantes en el expediente, oferta de la empresa, incluidas las mejoras propuestas, e instrucciones que curse la Dirección Técnica de las Obras.

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 12 de febrero de 2010.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 17.200,77 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de los gastos para el control y seguimiento de los objetivos exigidos en el F.E.E.S.L. (1.376,06 euros) y los gastos de difusión y comunicación (688,03 euros) a los que se hace referencia en la clausula 11 del Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.

El contratista aportará los datos siguientes:

  • Número de trabajadores de la empresa, especificando si se trata de una micro empresa, pequeña, mediana o gran empresa o autónomo.
  • Sector de la actividad al que pertenece.

CUARTO.- Notificar el presente Decreto a todas las empresas que han intervenido en la licitación y publicar el mismo en el perfil del contratante.

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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