FEESL- Z-10-13 Servicio de Promoción, Optimización e Incremento del Uso de los Servicios Electrónicos Basado en Enriquecimiento Semántico de la Información en Vía Hispanidad 20, Zaragoza 50.009: Adjudicación Provisional

Expediente: 0152772/10, Z-10-13, 12615

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA Y ACCIÓN SOCIAL.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 4 DE MAYO DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Consejero del Área de Presidencia y Acción Social, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado con publicidad, tramitación urgente, el servicio de "FEESL - Z-10-13 SERVICIO DE PROMOCIÓN OPTIMIZACIÓN E INCREMENTO DEL USO DE LOS SERVICIOS ELECTRÓNICOS BASADO EN ENRIQUECIMIENTO SEMÁNTICO DE LA INFORMACIÓN EN VÍA HISPANIDAD 20 ZARAGOZA 50009", cuyo presupuesto de licitación es de 70.000,00 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 11.200,00 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 81.200,00 euros (I.V.A. incluido), a la oferta única oferta admitida a la licitación, la cual cumple los requisitos exigidos en los Pliegos y que corresponde a la formulada por la FUNDACIÓN CTIC CENTRO TECNOLÓGICO con C.I.F: G-33906637 y con domicilio en Gijón, C/ Ada Byron, nº 39, Parque Científico y Tecnológico. Edificio Centros Tecnológicos, por la cantidad de 70.000,00 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 11.200,00 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 81.200,00 euros (I.V.A. incluido), un plazo de ejecución del contrato de 185 días naturales, el plazo de garantía previsto en la clausula 33 del Pliego de Clausulas Administrativas Particulares y las mejoras recogidas en su oferta.

De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la prestación del servicio será de 12.

El número de personas a ocupar por mantenimiento de empleo que formen parte de la empresa será de 12, siendo el número de jornadas de 150.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica.

SEGUNDO.- El gasto derivado de la prestación del presente servicio será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho servicio ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 22 de febrero de 2010.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 3.500,00 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de los gastos para el control y seguimiento de los objetivos exigidos en el F.E.E.S.L. (280 euros) a los que se hace referencia en la clausula 11 del Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.

El contratista aportará los datos siguientes:

  • Número de trabajadores de la empresa, especificando si se trata de una micro empresa, pequeña, mediana o gran empresa o autónomo.
  • Sector de la actividad al que pertenece.

CUARTO.- Notificar el presente Decreto a todas las empresas que han intervenido en la licitación y publicar el mismo en el perfil del contratante.

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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