Contratación del servicio de Publicación Hoja Voluntariado: Adjudicación Definitiva
Expediente: 1181190/09.
DECRETO DE LA CONCEJAL DELEGADA DE JUVENTUD Y DEL VOLUNTARIADO.EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 5 DE MAYO DE 2010.
Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, esta CONCEJAL DELEGADA DE JUVENTUD Y DEL VOLUNTARIADO, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado sin publicidad el servicio denominado PUBLICACIÓN HOJA VOLUNTARIADO, cuyo presupuesto de licitación es de 42.307,69 euros (I.V.A. excluido); 44.000,00 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa COMETA, S.A. con C.I.F A-50006600 y con domicilio en CTRA. CASTELLÓN, KM.3,400 POL. MONTEMOLÍN, NAVE 21, 50013 ZARAGOZA, por la cantidad de 28.800,00 (I.V.A. excluido); 29.952,00 (I.V.A. incluido) y precio máximo unitario por número de "Hoja de Voluntariado" de 720,00 euros (I.V.A. excluido) 748,80 euros I.V.A. incluido) y un plazo de 4 años de duración del contrato.
Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.
SEGUNDO.- El gasto derivado del contrato para el presente ejercicio se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 10-JUV-234-22671 PROGRAMAS DE VOLUNTARIADO JUVENIL, RC nº: 100170. La vigencia del contrato para el resto de los ejercicios a los que se extiende la duración del mismo, quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en los presupuestos anuales correspondientes.
TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de esta resolución comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.
CUARTO.- Esta Concejalía será la competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.
QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
LA CONCEJAL DELEGADA DE JUVENTUD Y DEL VOLUNTARIADO
Fdo.: Mª. Isabel López González
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