Acuerdo marco de servicios para la asistencia técnica para el seguimiento y control de los proyectos de inversión del Ayuntamiento de Zaragoza financiables con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local: Adjudicación Provisional Complementaria

Expediente: 0204567/10

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE HACIENDA, ECONOMÍA Y RÉGIMEN INTERIOR.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 17 DE JUNIO DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Consejero del Área de Hacienda, Economía y Régimen Interior en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de diciembre de 2007, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Aprobar los tramites realizados para la contratación, por procedimiento negociado, del servicio relativo a las ACTUACIONES QUE SE DESARROLLARAN EN EL ÁMBITO DEL SEGUIMIENTO DE PLAZOS Y DEL PERSONAL EMPLEADO, incluido en el ACUERDO MARCO DE SERVICIOS PARA LA ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA FINANCIABLES CON CARGO AL FONDO ESTATAL PARA EL EMPLEO Y LA SOSTENIBILIDAD LOCAL aprobado por Decreto del Consejero del Área de Hacienda, Economía y Régimen Interior con fecha 24 de febrero de 2010.

SEGUNDO.- Adjudicar provisionalmente el contrato de referencia a la empresa SERVICIOS ESTRATÉGICOS DE CONSTRUCCIÓN E INMOBILIARIOS, S.L. (SECI, S.L.) con C.I.F B-80278047 y con domicilio en C/ Hermosilla 133, 28.009 Madrid, por un importe de 80.000,00 euros (I.V.A. excluido) al que se adicionará el 16% de I.V.A. lo que supone un total de 92.800,00 euros (I.V.A. incluido).

TERCERO.- El gasto derivado del contrato, para el presente ejercicio, se atenderá con cargo a la partida presupuestaria 2010 HYE 920 22706, "GASTOS ASOCIADOS GESTIÓN FONDO ESTATAL DE INVERSIÓN LOCAL, RC: 101916.

CUARTO.- Comunicar el presente acuerdo a la firma adjudicataria con la advertencia de que en el plazo de QUINCE DÍAS deberá constituir fianza definitiva por un importe de 4.000,00 euros, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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