Contrato Administrativo Especial para la Gestión del Servicio de Bar Cafeteria en el CDM Casetas, CDM Garrapinillos, CDM Monzalbarba, CDM San Juan de Mozarrifar Y CDM Peñaflor: Adjudicación Definitiva

Expediente: 0106213/10.

DECRETO DEL VICEALCALDE- CONSEJERO DEL AREA DE PRESIDENCIA, ECONOMÍA Y HACIENDA , EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA, A TREINTA DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe la propuesta y la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este VICEALCALDE-CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA, ECONOMIA Y HACIENDA, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, y el Decreto de Alcaldia-Presidencia de 19 de enero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento Negociado sin publicidad, el CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA GESTIÓN DEL BAR CAFETERIA EN LOS CDM CASETAS, CDM GARRAPINILLOS, CDM MONZALBARBA, CDM SAN JUAN DE MOZARRIFAR Y CDM PEÑAFLOR., a D.SERGIO MOLINA SOLANS, con NIF 17717452T, y domicilio en C/ Santiago nº 21 del Barrio de Peñaflor (ZARAGOZA) por la cantidad de 1.500, 00 euros como canon anual el CDM Peñaflor; a MARTEGRA, S.L. con CIF B-50355684 y domicilio en c/ Madre Sacramento nº 15 1º A (ZARAGOZA) por la cantidad de 3.085,00 euros como canon anual el CDM Garrapinillos; a Dª MARIA ASCENSION ALONSO DE SANTOCILDES GARCIA con NIF 16533335-S y domicilio en Plaza Bambola nº 2 oficina 46, 50019 ZARAGOZA por la cantidad de 2.049,00 euros como canon anual el CDM Monzalbarba ; a D. LUIS DANIEL BALLESTEROS JORDAN, con NIF 25204813-X y domicilio en c/ Don Pedro de Luna nº 55, 2º (ZARAGOZA) por la cantidad de 2.650,00 euros como canon anual el CDM San Juan de Mozarrifar y a Dª ROSA HERNANDEZ YAGUE con NIF 17713157Y, Dª GEMMA AMADOR AMADOR y Dª Mª JESUS REQUENA ESTAJE y domicilio en Avda Buenos Aires 14 1º B de CASETAS (ZARAGOZA) por la cantidad de 3.125, 00 euros como canon anual el CDM Casetas, y las mejoras incluidas en sus ofertas.

SEGUNDO.- Requerir a los adjudicatarios para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de esta resolución comparezcan para la firma del contrato cuando fuesen requeridos para ello.

TERCERO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

CUARTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL VICEALCALDE- CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA, ECONOMÍA Y HACIENDA
Fdo.: Fernando Gimeno Marín

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