Acuerdo marco de servicios para la asistencia técnica para el seguimiento y control de los proyectos de inversión del Ayuntamiento de Zaragoza financiables con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local: Adjudicación Definitiva Complementaria

Expediente: 0204567/10

DECRETO DEL SR. VICEALCALDE-CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA, ECONOMÍA Y HACIENDA. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 7 DE JULIO DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Vicealcalde-Consejero del Área de Presidencia, Economía y Hacienda en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado, tramitación urgente, el servicio relativo a las ACTUACIONES QUE SE DESARROLLARAN EN EL ÁMBITO DEL SEGUIMIENTO DE PLAZOS Y DEL PERSONAL EMPLEADO a la empresa SERVICIOS ESTRATÉGICOS DE CONSTRUCCIÓN E INMOBILIARIOS, S.L. (SECI, S.L.), con C.I.F B-80278047 y con domicilio en C/ Hermosilla, 133, 28.009 Madrid, por un importe de 80.000,00 euros (I.V.A. excluido) al que se adicionará el I.V.A. vigente del 18 % lo que supone un total de 94.400,00 euros (I.V.A. incluido).

SEGUNDO.- Las condiciones que deben regir la prestación del servicio son las relativas al ACUERDO MARCO DE SERVICIOS PARA LA ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA FINANCIABLES CON CARGO AL FONDO ESTATAL PARA EL EMPLEO Y LA SOSTENIBILIDAD LOCAL aprobado por Decreto del Consejero del Área de Hacienda, Economía y Régimen Interior con fecha 24 de febrero de 2010.

Asimismo, se seguirán las instrucciones cursadas por la Dirección Técnica Municipal.

TERCERO.- El gasto derivado del contrato, para el presente ejercicio, se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 2010 HYE 920 22706, "GASTOS ASOCIADOS GESTIÓN FONDO ESTATAL DE INVERSIÓN LOCAL, RC: 102113.

CUARTO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL VICEALCALDE-CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA, ECONOMÍA Y HACIENDA
Fdo.: Fernando Gimeno Marín

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