Construcción de 1720 columbarios en el cementerio de Torrero: Estimación Alegaciones

Expediente 532610/11

El Sr. Consejero del Área de Urbanismo, Infraestructuras, Equipamientos y Vivienda, con fecha 25 de mayo de 2011, ha dictado el siguiente decreto:

PRIMERO.- Estimar la alegación presentada por D Luis Franco Muñoz representación de la sociedad Dixinox Tecnología y Diseño Urbanos, S.L. (DIXINOX) en el procedimiento de contratación de las obras de "COLUMBARIOS 2010 EN EL CEMENTERIO DE TORRERO", relativa a la partida 01.03.01 COLUMBARIO DE ACERO CORTEN, incluida en el Proyecto de obras municipalmente aprobado y que forma parte del expediente de contratación en el sentido de incluir la denominación o similar, quedando redactado como sigue: "Columbario de acero corten modelo Wand Múltiple o similar, colocado según diseño de proyecto, unidos entre sí......" .El resto queda igual.

SEGUNDO.- Aclarar los Subcapítulos del proyecto municipalmente aprobado y que forma parte del expediente de contratación de las obras de "COLUMBARIOS 2010 EN EL CEMENTERIO DE TORRERO", en el sentido recogido por la Oficina Técnica de Proyectos y que textualmente dice:

Con respecto a las cantidades totales que figuran en los subcapítulos de las mediciones y presupuesto del proyecto, que se ven multiplicas por 1 por 3 o por 20, son debidas a que las mediciones y aplicación de precios, se han realizado bien sobre la totalidad o bien solamente sobre uno de los bloques y la cifra total se halla multiplicada por el coeficiente correspondiente.

Así sobre las partidas generales de los columbarios del cuado C-1, el coeficiente multiplicador es 1, para las partidas de los tres bloques correspondientes a los columbarios del cuadro C-1, el coeficiente multiplicador de 3 y para las partidas de los 20 bloques correspondientes a los columbarios de los cuadros 106-107 el coeficiente multiplicador es 20.

A continuación se relacionan los subcapítulos con su coeficiente multiplicador:

SUBCAPITULO 01.01 ACTUACIONES PREVIAS. Coeficiente multiplicador 3.
SUBCAPITULO 01.02 CIMIENTOS Y ESTRUCTURA. Coeficiente multiplicador 3.
SUBCAPITULO 01.03 COLUMBARIOS. Coeficiente multiplicador 3.
SUBCAPITULO 01.04 URBANIZACION. Coeficiente multiplicador 1.
SUBCAPITULO 02.01 TRABAJOS PREVIOS. Coeficiente multiplicador 20.
SUBCAPITULO 02.02 COLUMBARIOS. Coeficiente multiplicador 20.

CAPITULO 03 SEGURIDAD Y SALUD. Coeficiente multiplicador 1.

TERCERO.- Proceder a una nueva publicación en el Perfil del Contratante estableciéndose un nuevo plazo de presentación de ofertas de quince días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación.

CUARTO.- El Consejero del Area de Urbanismo, Infraestructuras, Equipamientos y Vivienda, o el miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente acuerdo.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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