Mejoras en el Colegio Público Julian Sanz Ibañez: Adjudicación Definitiva

Expediente: 0095075/09

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA, ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 18 DE MARZO DE 2009

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este Consejero del Área de Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado sin publicidad, las obras de "MEJORAS EN EL COLEGIO PUBLICO JULIAN SANZ IBAÑEZ", cuyo presupuesto de licitación es de 194.618,08 euros (I.V.A. excluido); 225.756,97 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios recogidos en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa URVILAR, S.L. con C.I.F: B-50589704 y con domicilio en Ctra. Nacional II, Km. 315,800, Edificio Expo Zaragoza, Oficina, 3, Zaragoza, por la cantidad de 141.331,65 euros (I.V.A. excluido); 163.944,71 euros (I.V.A. incluido) y un plazo de jecución de dos meses y medio. El fomento de empleo y las mejoras ofertadas son.

Personal previsto a ocupar en la ejecución de la obra: 26.

Porcentaje de trabajadores desempleados que supere el mínimo de trabajadores previsto en el Pliego de Clausulas Administrativas: 0%.

Porcentaje de trabajadores propios a emplear en el conjunto de su oferta es del 52%.

Mejoras cuantificables económicamente y de interés municipal: uno por ciento del presupuesto de ejecución material del contrato.

Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 28 de enero de 2009.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA,ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE

Fdo.: Carlos Pérez Anadón

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