Pavimentación de la acera en el Camino de los Silos, entre Avenida, Sta Isabel y Tomás Ostáriz: Adjudicación Definitiva

70.540/09

El Sr. Concejal Delegado de Infraestructuras con fecha 24 de marzo de 2009, ha dictado el siguiente decreto:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado sin publicidad, las obras de "PAVIMENTACIÓN DE LA ACERA EN EL CAMINO DE LOS SILOS, ENTRE AVENIDA, STA ISABEL Y TOMÁS OSTÁRIZ", cuyo presupuesto de licitación es de 124.901,33 euros (I.V.A. excluido); 144.885,54 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa REHABILITACIONES Y ESTRUCTURAS METALICAS S.L. con C.I.F B-50729078 y con domicilio en c/ Sevilla 22, local, 50006 ZARAGOZA por la cantidad de 117.407,26 euros, I.V.A. excluido, a lo que se adicionará la cantidad de 18.705,16 euros en concepto de I.V.A. lo que hace un total de 136.192,42 euros, I.V.A. siendo el plazo de ejecución del contrato de 50 días .El personal previsto es:

Personal previsto a ocupar en la ejecución de la obra según oferta:10

Nº de trabajadores propios que se proponen:6

Numero de trabajadores desempleados que se proponen:4

Dichas obras se ejecutarán con sujeción al Proyecto, a los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Técnicas Particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 27 de enero de 2009.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.-Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.-El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

GARANTÍA FEHACIENTE DE PUBLICACIÓN

El siguiente contenido ha sido publicado en la fecha abajo indicado y se incluye la información que garantiza de forma fehaciente la publicación de dicho contenido en esta dirección

FECHA DE PUBLICACIÓN

01-04-2009 13:54:50

ZONA DE DESCARGA