Pavimentación y renovación de servicios de calle Italia, Bolivia y Sarasate de Zaragoza: Adjudicación Definitiva

0042050/09

El Gobierno de Zaragoza en sesión celebrada el 2 de abril de 2009, acuerda lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, las obras de "PAVIMENTACIÓN Y RENOVACIÓN DE SERVICIOS DE CALLE ITALIA, BOLIVIA, Y SARASATE DE ZARAGOZA", cuyo presupuesto de licitación es de 1.465.508,68 euros (I.V.A. excluido); 1.699.990,07 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa ACCIONA INFRAESTRUCTURAS S.A. C.I.F A81638108 y con domicilio en RONDA CANAL IMPERIAL DE ARAGON 18-20 ED.ESTE 50197 PLA-ZA (ZARAGOZA) por la cantidad de 1.287.889,03 euros (I.V.A. excluido);al que se adicionara la cantidad de 206.062,24 euros en concepto de I.V.A por lo que el importe es de 1.493.951,27 euros (I.V.A. incluido) y un plazo de ejecución de 6 meses y las mejoras incluidas en su oferta.

El número total de personas a ocupar por la adjudicataria en la obra será de 43, de los cuales 17 son trabajadores propios y 26 trabajadores desempleados contratados durante su ejecución.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 27 de enero 2009.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.-El Consejero del Área de Fomento y Deportes será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto, incluida la relativa a Seguridad y Salud.

QUINTO.-El presente acuerdo deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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02-04-2009 12:48:57

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