C.F.M. Parque Oliver construcción edificio modular y remodelación terreno ( pavimento, sistema de riego, y sistema de iluminación ): Adjudicación Definitiva
0079327/09
El Gobierno de Zaragoza en sesión celebrada el 2 de abril de 2009, acuerda lo siguiente:
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, las obras de "C.F.M. PARQUE OLIVER CONSTRUCCIÓN EDIFICIO MODULAR Y REMODELACIÓN TERRENO ( PAVIMENTO, SISTEMA DE RIEGO, Y SISTEMA DE ILUMINACIÓN )", cuyo presupuesto de licitación es de 1.508.620,67 euros (I.V.A. excluido); 1.749.999,98 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa DRAGADOS S.A. C.I.F A15139314 y con domicilio en AVDA. GOMEZ LAGUNA 25 4 A 50009 ZARAGOZA, por la cantidad de 1.282.975,95 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionara la cantidad de 205.279,15 euros en concepto de I.V.A por lo que el importe es de 1.488.252,10 euros (I.V.A. incluido) y un plazo de ejecución de 5 meses y las mejoras incluidas en su oferta.
El número total de personas a ocupar por la adjudicataria en la obra será de 186, de los cuales 96 son trabajadores propios y 90 trabajadores desempleados contratados durante su ejecución.
Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.
SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 27 de enero de 2009.
TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.
CUARTO.-El Consejero del Área de Fomento y Deportes será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto, incluida la relativa a Seguridad y Salud.
QUINTO.-El presente acuerdo deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
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