Pavimentación y renovación de servicios de las calles Pontevedra y Doctor Martínez Vargas: Adjudicación Provisional

Expediente: 0048034/09 (Z-126)

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE INFRAESTRUCTURAS.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 5 DE MAYO DE 2009

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este CONSEJERO DEL ÁREA DE INFRAESTRUCTURAS, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, y acuerdo de 22 de abril de 2009 resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado con publicidad, las obras de "PAVIMENTACIÓN Y RENOVACIÓN DE SERVICIOS DE LAS CALLES PONTEVEDRA Y DOCTOR MARTÍNEZ VARGAS", cuyo presupuesto de licitación es de 689.655,17 euros (I.V.A. Excluido); 800.000,00 euros (I.V.A. incluido), un número mínimo de 18 trabajadores y un plazo de ejecución de 6 meses, a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, cumpliendo los objetivos previstos en el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre de creación del Fondo Estatal de Inversión Local, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa DUBARTI CONSTRUCCIONES S.L con C.I.F B99035677 y con domicilio en MADRE RAFOLS 2, EDIF. AIDA PLANTA 6ª, OFICINA 6 ZARAGOZA ZARAGOZA por la cantidad de 672.655,17 euros (I.V.A. excluido), al que se le adiciona la cantidad de 107.624,82 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un importe de 780.279,99 euros (I.V.A. incluido). En la ejecución de la obra se ocuparán 51 personas (33 trabajadores propios y 18 desempleados), con un plazo de ejecución de 5 meses.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 27 de enero de 2009.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 33.632,76 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio de Contratación justificantes de haber abonado los gastos a los que hace referencia la cláusula 11ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares:

  • Justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de 3.363,28 euros en concepto de gastos de control y seguimiento de los objetivos exigidos en el Fondo Estatal de Inversión Local (por aplicación del coeficiente de 0,005 al importe de adjudicación del contrato sin incluir el I.V.A.).
  • Justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de 1.345,31 euros en concepto de gastos de difusión y comunicación de las obras a ejecutar en aras a minimizar las molestias a los ciudadanos afectados en aquellos contratos, como el presente, cuyo importe de adjudicación sin incluir el IVA sea igual o superior a 500.000 euros, aplicando un coeficiente del 0,002 a dicho importe.
  • Justificante de haber abonado en el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos el importe de 31.552 euros correspondiente a los gastos por elaboración del proyecto, según factura nº 939000011 emitida por la empresa "Agua y Estructuras S.A." que obra en el expediente.

CUARTO.-Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación.

QUINTO.-Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.-El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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