Obras de Pavimentación y renovación de servicios en las calles Tomás Pelayo y Las Misiones, mediante procedimiento negociado con publicidad: Adjudicación Definitiva

Expediente: 612.120/08

DECRETO DEL CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A TRECE DE MAYO DE DOS MIL NUEVE

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado con publicidad, las obras de "ACTUALIZADO DEL DE PAVIMENTACION Y RENOVACIÓN DE SERVICIOS EN LAS CALLES TOMÁS PELAYO Y LAS MISIONES", cuyo presupuesto de licitación es de 529.867,85 euros, IVA excluido; 614.646,71 euros, IVA incluido, a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios recogidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa ESTRUCTURAS ARAGON, S.A.U (EASA) con C.I.F A-01006394 y con domicilio en Avda. Gomez Laguna nº 25 -50009- por la cantidad de 483.763,94 euros IVA excluido al que se adicionará la cantidad de 77.402,23 euros en concepto de IVA, lo que supone un total de 561.166,17 euros IVA incluido y un plazo de ejecución de 5 meses y con las mejoras contenidas en su oferta.

De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución de la obra será de 104 de las cuales 67 son trabajadores propios de la empresa y 37 trabajadores desempleados contratados durante su ejecución.

Dichas obras se ejecutarán con sujeción al Proyecto, a los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal (Servicio de Innovación y Desarrollo de Infraestructuras).

SEGUNDO.-El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 17 de enero de 2009.

TERCERO.-Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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18-05-2009 14:10:04

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