Pavimentacion y renovacion de servicios en la C/ Victor Balaguer entre la c/ Huerta Alta y Avda. Santa Isabel: Adjudicación Definitiva

Expediente: 70.526/09.

DECRETO DEL CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A DIECINUEVE DE MAYO DE DOS MIL NUEVE.

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado con publicidad, las obras de "PAVIMENTACIÓN Y RENOVACIÓN DE SERVICIOS EN C/ VICTOR BALAGUER, ENTRE C/ HUERTA ALTA Y AVDA. SANTA ISABEL", cuyo presupuesto de licitación es de 429.932,87 euros IVA excluido; 498.722,13 euros IVA incluido, a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios recogidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa PROYECTOS Y OBRAS DEL EBRO S.A. con C.I.F: A-50159599 y con domicilio en Juan Pablo II, 72, 4º C - 50009- Zaragoza - por la cantidad de 380.802,80 euros IVA excluido; al que se adicionará la cantidad de 60.928,45 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 441.731,25 euros IVA incluido con un plazo de ejecución de 5 meses y con las mejoras contenidas en su oferta.
De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución de la obra será de 21 de las cuales 10 son trabajadores propios de la empresa y 11 trabajadores desempleados contratados durante su ejecución.
Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal (Servicio de Innovación y Desarrollo de Infraestructuras).

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 27 de enero de 2009.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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21-05-2009 14:20:03

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