Dirección Facultativa de las Obras del Centro de Juventud de San Juán de Mozarrifar: Adjudicación Provisional

Expediente: 0966175/08

DECRETO DEL SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A OCHO DE JULIO DE 2009

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este Consejero de Participación Ciudadana, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009 y Decreto de la Alcaldía de 22 de abril de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Excluir del procedimiento relativo a la contratación del servicio consistente en "DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS DE CENTRO DE JUVENTUD DE SAN JUAN DE MOZARRIFAR", a los licitadores J.M. SÁNCHEZ ABAD & ASOCIADOS, ARQUITECTURA Y DISEÑO, S.L.P. por presentar la documentación relativa a la licitación fuera de plazo; D. ALFREDO MURLANCH ABADÍA por no subsanar la documentación administrativa requerida; D. BENIGNO M. PESTANA GÓMEZ, INTECSA-INARSA, S.A., ESTUDIO KURTZ, S.L., D. VÍCTOR FRANCISCO RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ y U.T.E. DAVID BUJÁN-JORGE VALSECA-ESPERANZA TORRIJOS, por no alcanzar en la documentación técnica la puntuación mínima de 30 puntos, de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas Particulares, y excluir así mismo a IN.GENIUM ARQUITECTURA, S.L.P. por no alcanzar la mencionada puntuación mínima de 30 puntos y por incluir los honorarios en el sobre C.

SEGUNDO.-Adjudicar provisionalmente la contratación del servicio consistente en "DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS DE CENTRO DE JUVENTUD DE SAN JUAN DE MOZARRIFAR" con un presupuesto de licitación de 34.187,02 euros (I.V.A. excluido), a la oferta más ventajosa económicamente de entre los licitadores admitidos al procedimiento y que corresponde a la formulada por la empresa PÉREZ BENEDICTO, S.L., con C.I.F. B-50724327 y con domicilio en C/ Gran Vía 11, esc. B, 4º - 6ª 50006 Zaragoza, por la cantidad de 29.000,00 euros (I.V.A. excluido), al que se adicionará el 16% de I.V.A. (4.640,00 euros), lo que supone un importe total de 33.640,00 euros (I.V.A. incluido), y una baja del 15,17% sobre el presupuesto de contrata.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción al proyecto, pliego de prescripciones técnicas, pliegos de cláusulas administrativas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal (Unidad de Gestión de Proyectos III).

TERCERO.-Dicho gasto se satisfará con aplicación a las partidas presupuestarias:

  • 2009 RUR 51113 60900 "PLAN OBRAS BARRIOS RURALES (AYUNTAMIENTO...)"........20.000,00 euros
  • 2010 RUR 51113 60900 "PLAN OBRAS BARRIOS RURALES (AYUNTAMIENTO...)"........19.656,94 euros

documento contable RC: 090820

CUARTO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los QUINCE DÍAS hábiles siguientes a la publicación del presente Decreto en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares la cantidad de 1.450,00 euros, en concepto de garantía definitiva, debiendo satisfacer en concepto de pago de anuncio en el B.O.A. la cantidad de 523,02 euros, Referencia nº 522 0 00022270 6, que deberá ser abonada en la Tesorería Municipal, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación, mediante la presentación de los pertinentes resguardos.

Así mismo, y con carácter previo a la firma del correspondiente contrato administrativo, para lo cual comparecerá cuando fuese requerido para ello, deberá presentar documento justificativo del pago de la póliza de responsabilidad, de acuerdo a lo indicado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Específicas

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el correspondiente Libro de Resoluciones.

GARANTÍA FEHACIENTE DE PUBLICACIÓN

El siguiente contenido ha sido publicado en la fecha abajo indicado y se incluye la información que garantiza de forma fehaciente la publicación de dicho contenido en esta dirección

FECHA DE PUBLICACIÓN

17-07-2009 12:02:39

ZONA DE DESCARGA