Dirección Facultativa de las Obras de Centro de convivencia de personas mayores en Montañana: Rectificación Adjudicación provisional

DECRETO DEL CONSEJERO DEL ÁREA DE HACIENDA, ECONOMÍA Y RÉGIMEN INTERIOR.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A VEINTICUATRO DE AGOSTO DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Consejero de Hacienda, Economía y Régimen Interior, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 24 de julio de 2009, por el que se le delegó, durante el periodo comprendido entre los días 27 de julio a 31 de agosto de 2009 y para aquellos asuntos urgentes, las competencias de los Consejeros Delegados de las Áreas de Gobierno, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Rectificar el error material producido en el punto segundo del Decreto del Consejero de Participación Ciudadana, de fecha 22 de julio de 2009, en relación al importe de licitación del servicio de "DIRECCIÓN FACULTATIVA OBRAS CENTRO DE CONVIVENCIA DE PERSONAS MAYORES EN MONTAÑANA¿, adjudicada a favor de U.T.E. ZAZ ATELIER DE ARQUITECTURA, S.C.P.-FERNANDO LOZANO PARDO, por un importe de 81.937,71 euros (I.V.A. excluido), quedando redactado dicho punto primero del tenor siguiente:

"Adjudicar provisionalmente la contratación del servicio consistente en "DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS DE CENTRO DE CONVIVENCIA DE PERSONAS MAYORES EN MONTAÑANA" con un presupuesto de licitación de 102.422,14 euros (I.V.A. excluido), a la oferta más ventajosa económicamente de entre los licitadores admitidos al procedimiento y que corresponde a la formulada por la empresa U.T.E. ZAZ ATELIER DE ARQUITECTURA, S.C.P.-FERNANDO LOZANO PARDO, por la cantidad de 81.937,71 euros (I.V.A. excluido), al que se adicionará el 16% de I.V.A. (13.110,03 euros), lo que supone un importe total de 95.047,74 euros (I.V.A. incluido) y una baja del 20,00% sobre el presupuesto de contrata.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción al proyecto, pliego de prescripciones técnicas, pliegos de cláusulas administrativas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal (Unidad de Gestión de Proyectos III)".

SEGUNDO.- Rectificar asimismo, el punto cuarto del citado Decreto queda redactado del tenor siguiente:

"Requerir al adjudicatario para que dentro de los QUINCE DÍAS hábiles siguientes a la publicación del presente Decreto en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares la cantidad de 4.096,88 euros, en concepto de garantía definitiva, debiendo satisfacer en concepto de pago de anuncio en el B.O.A. la cantidad de 568,50 euros, Referencia nº 522 0 00022266 2, que deberá ser abonada en la Tesorería Municipal, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación, mediante la presentación de los pertinentes resguardos.

Así mismo, deberá aportarse escritura pública de constitución de la Unión Temporal de Empresas, y con carácter previo a la firma del correspondiente contrato administrativo, para lo cual comparecerá cuando fuese requerido para ello, deberá presentar documento justificativo del pago de la póliza de responsabilidad, de acuerdo a lo indicado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Específicas".

TERCERO.- Dar traslado del presente Decreto a los interesados y a los Servicios Municipales.

CONSEJERO DEL ÁREA DE HACIENDA,

ECONOMÍA Y RÉGIMEN INTERIOR,

Fdo.: Francisco Catalá Pardo.

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