Gestión y animación de las Casas de Juventud y del Proyecto de Integración de Espacios Escolares (P.I.E.E.) en Centros Públicos de Educación Secundaria: Modificación del lote 5

El Gobierno de Zaragoza, con fecha 10 de mayo de 2019, aprobó el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar la modificación del LOTE Nº 5 del contrato de "GESTIÓN Y ANIMACIÓN DE LAS CASAS DE JUVENTUD Y DEL PROYECTO DE INTEGRACIÓN DE ESPACIOS ESCOLARES (P.I.E.E.) EN CENTRO PÚBLICOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA" que fue adjudicado a la empresa PRIDES Sociedad Cooperativa, con C.I.F. F50867803 y con domicilio en C/ Mariano Baselga 3, 50015, ZARAGOZA, por un importe de 267.200 euros (IVA excluido), 293.920 euros (IVA incluido) para los dos años de duración del contrato, consistente en la incorporación de la gestión del PIEE en el IES El Picarral, por un importe anual de 30.167,60 euros (IVA excluido) y 33.184,36 euros (IVA incluido).

SEGUNDO.- El gasto derivado para afrontar siete meses de ejecución del contrato en el año 2019 correspondiente a los meses de abril, mayo, junio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, se atenderá con cargo a la aplicación presupuestaria 2019-JUV-3372-22799 "PIEE y CASAS DE JUVENTUD" 23.230 euros; RC nº 190778.

TERCERO.- Aprobar el reajuste de la garantía, a ampliar por un importe de 3.016,76 euros, que será aportada en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario el acuerdo de modificación, siendo la garantía definitiva del contrato la cantidad de 16.376,76 euros.

CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación de dicho lote.

QUINTO.- Transcurrido el plazo de quince días hábiles previsto en el artículo 153.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y de conformidad con su Disposición transitoria primera, apartado 4, párrafo 2º, se requerirá al adjudicatario para que, dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción del requerimiento para la formalización del contrato, comparezca para la firma del mismo.

SEXTO.- Facultar a la Sra. Vicealcaldesa y Consejera de Presidencia y Derechos Sociales para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente acuerdo.

SEPTIMO.- El presente Acuerdo deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
 

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