Suministro de sulfato de alumina liquido para la planta potabilizadora: Adjudicación Provisional

Expediente: 0368776/09

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE CULTURA Y GRANDES PROYECTOS. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 21 DE OCTUBRE DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este CONSEJERO DEL ÁREA DE CULTURA Y GRANDES PROYECTOS , en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 febrero de 2009, y Decreto de la Alcaldía de 22 de abril de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- No admitir a la licitación para la contratación del "SUMINISTRO DE SULFATO DE ALÚMINA LIQUIDO PARA LA PLANTA POTABILIZADORA", a la empresa KEMIRA IBÉRICA S.A. por haber presentado su oferta fuera de plazo, siendo este un requisito insubsanable a la vista de los Pliegos de Cláusulas Administrativas.

SEGUNDO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento abierto, la contratación del "SUMINISTRO DE SULFATO DE ALÚMINA LIQUIDO PARA LA PLANTA POTABILIZADORA", con destino al Servicio del Ciclo Integral del Agua, cuyo presupuesto de licitación es de 854.000,00 euros (I.V.A. Excluido); 990.640,00 euros (I.V.A.incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa ACIDEKA con C.I.F A 480093926 y con domicilio en CAPUCHINOS DE BASURTO, 6, 4º 48013 BILBAO con un precio unitario de 121,95 euros/tonelada (IVA excluido); 141,462 euros/tonelada (IVA incluido), para un suministro anual máximo de 7.000 toneladas lo que supone un gasto máximo de 853.650 euros (IVA excluido); 990.234 euros (IVA incluido), con un plazo de entrega de 12 meses.

El contrato se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas que han regido la contratación, según la oferta de la firma adjudicataria y siguiendo las instrucciones cursadas al efecto por el Servicio del Ciclo Integral del Agua.

TERCERO.- El gasto derivado del contrato, para el presente ejercicio, se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 09 INF 4411122190 REACTIVOS PARA POTABILIZACION DEL AGUA. RC:090767.

CUARTO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los QUINCE DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 42.682,50 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de 682,25 euros ( B.O.E) y 534,39 euros (B.O.A), en concepto de pago por la inserción de anuncios en los correspondientes boletines oficiales.

QUINTO.- Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación.

SEXTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SÉPTIMO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL CONSEJERO DEL ÁREA DE CULTURA Y GRANDES PROYECTOS
Fdo.: Jerónimo Blasco Jáuregui

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