Bolsa de Vivienda Joven: Adjudicación Provisional

Expediente: 0560647/09 DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA Y ACCIÓN SOCIAL EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 11 DE NOVIEMBRE DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Consejero del Área de Presidencia y Acción Social, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Excluir de la licitación del servicio de "BOLSA DE VIVIENDA JOVEN" a la empresa INVESTIGACIÓN Y CONTROL DE CALIDAD, S.A. por no estar incluido el objeto del contrato dentro del ámbito de actividad establecido en sus Estatutos.

SEGUNDO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento abierto, el servicio de "BOLSA DE VIVIENDA JOVEN", cuyo presupuesto de licitación es de 258.620,69 euros (I.V.A. excluido); 300.000,00 euros (I.V.A.incluido), a la única oferta admitida a la licitación, la cual cumple los requisitos exigidos en los Pliegos, y que corresponde a la formulada por ANASTASIO HERNÁNDEZ NEBRA con N.I.F 29.098.235-S y con domicilio en C/ Bilbao, 7, 2º Centro, 50.004 Zaragoza, por la cantidad de 258.620,69 euros (I.V.A. excluido); 300.000,00 euros (I.V.A. incluido) para los 4 años de duración del contrato, siendo el importe anual de 75.000,00 (I.V.A. incluido).

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

TERCERO.- El gasto derivado del contrato, para el presente ejercicio, se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 09 JUV 43111 22691 "BOLSA DE ALOJAMIENTO PARA JOVENES", RC:091348. La vigencia del contrato para el resto de los ejercicios a los que se extiende la duración del mismo, quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en los presupuestos anuales correspondientes.

CUARTO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los QUINCE DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 12.931,03euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de 500,28 euros, en concepto de pago por la inserción de anuncios en los correspondientes boletines oficiales.

QUINTO.- Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación.

SEXTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SÉPTIMO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA Y ACCIÓN SOCIAL

Fdo.: Fernando Gimeno Marín

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