Servicio consistente en "Edición y Distribución en Prensa de una Publicación Semanal sobre el Voluntariado de Zaragoza": Adjudicación Definitiva

Expediente: 0954674/09

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA Y ACCIÓN SOCIAL EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 25 DE NOVIEMBRE DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Consejero del Área de Presidencia y Acción Social, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado sin publicidad ni concurrencia, el servicio de "EDICIÓN Y DISTRIBUCIÓN EN PRENSA DE UNA PUBLICACIÓN SEMANAL SOBRE EL VOLUNTARIADO DE ZARAGOZA", a la empresa PRENSA DIARIA ARAGONESA, S.A., con domicilio en Zaragoza, C/ Hernán Cortés, 37 y C.I.F. A-50361641 por un importe de importe del contrato de 51.724,14 euros, al que se adicionará el 16 % de I.V.A. (8.275,86 euros), lo que supone un total de 60.000,00 euros, para los dos años de duración del contrato, al tratarse de un contrato cuyo objeto sólo puede ser encomendado a dicha empresa, al ser la titular de todos los derechos sobre la publicación y cabecera sobre la que se articula el contrato.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado del contrato, para el presente ejercicio, se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 09 ALC 46611 22690 "GASTOS DIVERSOS DE COMUNICACION", RC nº 092502.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA Y ACCIÓN SOCIAL

Fdo.: Fernando Gimeno Marín

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