Microcréditos reintegrables para autónomos y pequeñas empresas afectados por el COVID-19.


INSTRUCCIONES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LA JUSTIFICACIÓN:

Documentación

La documentación podrá ser presentada en:

  • las ventanillas preferentes de microcréditos de la  Casa Consistorial (Plaza del Pilar número 18).
  • a través de registro electrónico municipal con certificado digital. Si elige esta opción deberá adjuntar el documento 'resguardo de presentación telemática'(odt) / (doc) junto con la documentación requerida para la justificación (Anexo IV junto con facturas y comprobantes de pago) EN UN SOLO DOCUMENTO PDF.

NOTA: Si ha sido adjudicatario de ayudas en ambas convocatorias deberá presentar documentación independiente para cada expediente.

  1. DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS

    Una de las dos opciones:

    En el caso de que hayan declarado CESE de actividad en la solicitud, deberán presentar modelo 036 de Hacienda en el que conste la actividad de la empresa y debe estar entre las afectadas por el RD463/2020

    En el caso de que hayan declarado DISMINUCIÓN DE LA FACTURACIÓN en la solicitud, deberán presentar JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL que lo acredite: Declaraciones trimestrales de IVA (303), declaraciones IRPF trimestrales (130), o cualquier documento válido en Derecho para la comprobación de la disminución de la facturación, del segundo trimestre del 2019 y del segundo trimestre del 2020. En su defecto, del semestre anterior o del periodo de actividad efectivo.

    Si no se está obligado a llevar los libros que acreditan el volumen de actividad, se acreditará la reducción de la facturación por cualquier medio de prueba admitido en derecho.

    Para justificar el número de trabajadores de la empresa o que trabajen para el autónomo, se deberá presentar LA RELACIÓN NOMINAL DE TRABAJADORES a fin de verificar el número de trabajadores y la jornada de éstos (la jornada de los trabajadores no podrá ser inferior al 50%) a fecha de la concesión del microcrédito. El número de trabajadores deberá mantenerse hasta la finalización de la amortización.

  2. ANEXO IV

    Según aparece en las bases de las convocatorias es necesario presentar el anexo IV con la relación de justificantes:

    • Primera convocatoria Anexo IV
    • Segunda convocatoria Anexo IV

    Si ha sido adjudicatario de ayudas en ambas convocatorias deberá presentar documentación independiente para cada expediente.

    El anexo IV consta de 2 partes:

    Resumen de los justificantes aportados e importe total. Se indicará en cada uno de los apartados el número de facturas o justificantes de ese bloque según el listado individualizado de las facturas y el importe total de la suma de los gastos en cada apartado, así como los totales. Es el resumen de la relación de facturas.

    Relación de facturas y/o justificantes de gastos. Se realizará un listado pormenorizado donde se indicará en cada línea cada factura o justificante. El importe de justificante no incluirá los impuestos y la suma total de esta columna debe cubrir, como mínimo, el importe total del microcrédito.

  3. ORIGINAL Y COPIA DE LAS FACTURAS REFERENCIADAS EN EL ANEXO IV Y COPIA DE LOS JUSTIFICANTES DE LOS ABONOS

    Han de ser facturas abonadas mediante transferencia, domiciliación bancaria, cheque o tarjeta de crédito. Las facturas referirán gastos generados entre el 15/3 y el 31/12.

    Las facturas justificativas de gastos deberán ajustarse a los requisitos establecidos en el Real Decreto 161912012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación:

    a) Datos de Proveedor e interesado/a: denominación empresa o Nombre y apellidos, CIF, NIF o NIE, dirección postal del interesado/a, Código postal y localidad

    b) Datos de la factura: N.º y fecha de expedición, producto o servicio, importe unitario y total, c) Tipo de IVA aplicado y desglosado en el importe de los distintos productos o servicios. En caso de que la factura esté EXENTA de IVA deberá hacer referencia en la factura el motivo o artículo por el cual está exenta de IVA, reducción u otra circunstancia similar.

    d) Forma de pago: domiciliación, transferencia bancaria a cuenta (no en efectivo).

  4. RESGUARDO DE PRESENTACIÓN Y DILIGENCIA DE COTEJO

    En el momento de presentación de la documentación requerida para la justificación de la ayuda concedida se extenderá resguardo de presentación de la misma y diligencia de cotejo en la que se hace constar que la documentación presentada es copia y fiel reflejo de la documentación original.

    De forma anexa a estas instrucciones pueden descargarse ambos documentos que se solicita se presenten ya rellenados en el momento de la entrega de la documentación.

    INFORMACIÓN ADICIONAL

GASTOS INCLUIDOS

1. Gastos e inversiones por la adaptación de los locales comerciales y de las empresas para hacer frente a la crisis del Covid-19. Ej. Facturas relacionadas a la adaptación de la situación COVID (mamparas, suministrador de gel, líquido de desinfección, obras relacionadas con el COVID, calefactores, máquina de desinfección ozono, planchas, luces ultravioletas, terrazas adaptadas en plazas de aparcamiento, etc..).

2. Gastos estructurales y de funcionamiento en general que tengan carácter corriente que ayuden al mantenimiento en situación de alta en la actividad o bien a su reincorporación al mundo empresarial tras el levantamiento del estado de alarma, al objeto de continuar realizando la actividad profesional o empresarial que se venía desarrollando antes del estado de alarma.

a) Contrato de alquiler en vigor (el arrendatario debe ser el solicitante) + recibos y justificantes de pago desde marzo a diciembre 2020.

b) Recibo de hipoteca y justificante de pago bancario (el deudor hipotecario debe ser el solicitante, aunque puede compartir la hipoteca con otras personas)

c) Compras de mercaderías y aprovisionamientos: solo facturas y justificante de pago de las mismas (NO SIRVE PAGO EN METÁLICO) d) Gastos de suministros referidos al local comercial: luz, gas, agua, teléfono, internet.... Facturas y justificantes de pago cuyo titular sea el solicitante.

e) Gastos de personal: nóminas, recibo bancario de autónomos y justificante de abono de las nóminas, (Recibo de Liquidación de Cotizaciones) y RNT (Relación nominal de trabajadores), etc.

f) Gastos de reparaciones y conservación, transportes, primas de seguros relacionados con el local de negocio o la actividad empresarial. (facturas o recibos de seguros y justificación de abono)

g) Contratación servicios externos: gestoría, limpieza, seguridad, comunicación, publicidad... (solo contratos anuales). Se presentará contrato del servicio y justificante de pago. Se entenderá que existe un contrato (verbal) si se acredita la periodicidad del servicio externo contratado y/o la continuidad del mismo.

GASTOS NO INCLUIDOS

a) Intereses deudores de cuentas bancarias, intereses, recargos, sanciones administrativas y penales ni gastos en procedimientos judiciales.

b) IVA, otros impuestos y tasas.

c) Albaranes, presupuestos, notas de entrega ni facturas proforma

d) Justificantes de pago en metálico